18 septiembre,2017 5:20 am

Ley 701: largo camino en el reconocimiento de los sistemas de justicia comunitarios

La iniciativa entró al Congreso en 2009 y en 2011 se aprobó en medio de la confrontación entre el gobernador saliente Torreblanca y el ya electo Aguirre. La CRAC, a la que está dedicada, no la impulsó y tardó en considerarla como de avanzada. Ha servido para la defensa jurídica de autoridades comunitarias. Falta armonizarla con el sistema jurídico estatal y en este año estuvo en peligro de ser derogada, pero sigue vigente

Lourdes Chávez, Chilpancingo

La aprobación de la polémica Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero ocurrió en medio de la confrontación política del ex priista Ángel Aguirre Rivero, candidato a gobernador por el PRD en la elección de enero de 2011, con el gobernador en funciones, también por el PRD, Zeferino Torreblanca Galindo.

Torreblanca Galindo resolvió promulgar la Ley que dio calidad jurídica a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) —sin tomar en cuenta las contradicciones de los sistemas normativos de justicia indígena con el sistema de justicia penal—, para que el gobierno entrante lidiara con ella, y no por los derechos de los pueblos, aseguró el presidente del Colegio de abogados de Chilpancingo, Rubén Cayetano García.

Dos semanas antes de que Aguirre Rivero tomara protesta al cargo, el 15 de febrero de 2011 se desahogó el dictamen de la iniciativa entregada a comisiones en 2009. Se dispensó la segunda lectura, y sin votos particulares ni discusión en contra, la Ley se aprobó el mismo día por unanimidad, como da cuenta el considerando de la publicación oficial.

Ahora se sabe que la discusión que no se dio en tribuna ocurrió a puerta cerrada entre organizaciones sociales y asesores del gobernador. Finalmente ni la CRAC ni otras organizaciones sociales impulsaron la propuesta debido a desacuerdos con las autoridades, reveló el consejero de la CRAC, Pablo Guzmán Hernández, “nosotros pedíamos más”, dijo.

Pasó tiempo antes de que el sistema comunitario y organizaciones sociales defendieran la 701 como una Ley de avanzada, que ha permitido la anulación de varias órdenes de aprehensión contra los integrantes de la CRAC-PC, a partir de juicios de amparo.

Las sentencias de jueces federales también evidenciaron la ausencia de mecanismos de coordinación y armonización de los sistemas normativos de justicia indígena con el sistema de justicia penal, que operan en constante colisión.

El abogado del Centro de Derechos Humanos de “Tlachinollan”, Vidulfo Rosales Sierra, aclaró que el organismo civil conoció la Ley cuando ya había sido aprobada, y con el equipo que acompaña los procesos legales de la CRAC, supieron que los diputados “no tenían idea de lo que votaron”.

Señaló que la 701 (hoy rezagada por falta de reformas), se usó por primera vez cuando fue detenido el coordinador regional de la Casa de Justicia Comunitaria de San Luis Acatlán, Maximino Tranquilino Santiago, el 28 de agosto de 2012, acusado de privación de la libertad con otros coordinadores y comandantes regionales.

Además del litigio formal, hubo acciones de presión. Vecinos de comunidades de la microrregión Costa-Montaña también exigieron la libertad de su compañero y el desistimiento de las órdenes de aprehensión contra los demás integrantes de la casa de justicia, con la retención de un juez de primera instancia, un secretario de acuerdos, dos agentes titular y auxiliar del Ministerio Público, porque el demandante había sido sometido a reeducación en el sistema comunitario, no fue víctima de delito.

Rosales Sierra recordó que aquella situación permitió la libertad del coordinador y la instalación de mesas de trabajo con el gobierno del estado, para revisar mecanismos de coordinación de la CRAC con agentes del MP y jueces de primera instancia.

El diálogo terminó con la aprehensión masiva de coordinadores, comandantes, policías comunitarios de la Casa de Justicia de El Paraíso, en Ayutla, y de la comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá, Nestora Salgado García, el 21 de agosto de 2013, en dos operaciones coordinadas de policías y militares, y descalificaciones de la 701 por parte funcionarios estatales.

En 2013 hubo una proliferación de grupos de policías comunitarios en la zona Centro y Montaña del estado, bajo la tutela de la Casa de Justicia de El Paraíso, y sucedió la crisis más graves de la CRAC.

La infiltración en sus órganos de dirección, la división y confrontación de corrientes internas, auspiciada por Aguirre Rivero, llevó a académicos e intelectuales a advertir del riesgo de la destrucción de la institución comunitaria, que desde sus inicios tuvo un respaldo amplio de movimientos locales, nacionales e internacionales.

Indígenas aplican una justicia “del siglo XV”: Martínez Garnelo

En la edición de del 5 de septiembre de 2014, en pleno debate sobre la libertad de los presos políticos de la CRAC, El Sur dio cuenta de una comparecencia privada en el Congreso donde el secretario de Gobierno en la administración de Ángel Aguirre Rivero —antes presidente del Tribunal Superior de Justicia—, Jesús Martínez Garnelo, dijo: “la Ley 701 se ha convertido en un caballo de Troya para Guerrero”, y que la procuración de justicia indígena no tiene el esquema de la investigación de un delito, ellos manejan la sospecha… eso se utilizó en el siglo XV, en la época medieval”.

En su turno, el procurador Iñaki Blanco Cabrera, confirmó que la CRAC forma parte del sistema de seguridad pública, si su proceder está apegado a la legislación sustantiva y procesal vigente de la Constitución federal y del estado”. En este tenor añadió que aunque estén amparados por la Ley 701, no constituyen un “régimen de justicia de excepción”, y “no pueden estar excluidos de responsabilidades penales.”

Fueron jueces federales en resoluciones de amparo, quienes determinaron que los integrantes de la Policía Comunitaria, no pueden ser acusados de secuestro por someter a reeducación a personas encontradas responsables de agravios en el sistema comunitario.

Pese a ello, siguen en prisión el promotor de la CRAC, Gonzalo Molina González, el consejero de la Casa de Justicia de El Paraíso, Arturo Campos Herrera, y el policía comunitario de Zitlaltepec, Samuel Ramírez Gálvez.

Interpretación de Poder Judicial de la Federación

La revisión del amparo 29/2016, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, explica con detalle la facultad jurisdiccional indígena para resolver controversias jurídicas con apego a los usos y tradiciones, a partir de la Ley 701.

Advierte la necesidad de armonizar los sistemas normativos indígenas con el sistema positivo, porque acciones de las autoridades comunitarias —como la privación de la libertad o allanamientos—, pueden configurar violaciones a los derechos humanos, por ejemplo, al debido proceso o a la defensa adecuada.

En la sentencia del 2 de junio de 2016, el Tribunal confirmó que los sistemas normativos de los pueblos indígenas son vigentes “y tienen entre otros objetivos abatir la delincuencia, erradicar la impunidad y rehabilitar y la reintegración social de los transgresores, en el marco del respeto a los derechos humanos, las garantías individuales y los derechos de terceros, que marca el derecho punitivo vigente”.

Esta confirmación de la vigencia de la Ley se dio en el análisis de una solicitud de amparo de un comandante de la CRAC, acusado del delito de secuestro en una agencia del MP, por un infractor sometido a la justicia comunitaria por una denuncia de violación.

Sin embargo, indica que la privación de la libertad del presunto violador, debió considerarse ilegal, porque las autoridades actuaron sin una orden de aprehensión y de orden de cateo que debe dictar una autoridad competente, que fundamente y motive la causa legal del procedimiento, como establece la Constitución.

Aunque las autoridades comunitarias están al margen del ordenamiento legal positivo vigente, dijo que “ningún dispositivo de la Ley 701 faculta a las comunidades indígenas a que su sistema de justicia indígena abarque el derecho punitivo”.

No obstante, indicó que la intención de las autoridades comunitarias que ordenaron y ejecutaron la detención del quejoso, era recabar pruebas para averiguar la verdad histórica de los hechos denunciados por los padres de la menor agraviada y, en su oportunidad, castigar al responsable, por tanto, no se acredita el delito de secuestro.

Antecedentes

El ideólogo de la Ley 701, fue el ensayista y asesor parlamentario, formado en las juventudes socialistas, Carlos Reyes Romero, como asesor del diputado Efraín Ramos Ramírez, coordinador de la fracción del Partido Convergencia (hoy Movimiento Ciudadano) en el periodo 2009-2012.

También elaboró los argumentos de la consulta en San Luis Acatlán para que los pueblos originarios definieran la forma en que pueden designar a sus autoridades municipales. Los promotores no lograron su objetivo en San Luis, que mantuvo la elección con el sistema de partidos, pero sí en Ayutla, que en 2017 aprobó que los comicios municipales se resuelvan en asambleas comunitarias. Reyes Romero Falleció el 22 octubre de 2015.

Formalmente, el 4 de junio de 2009, Ramos Ramírez entregó a la 59 Legislatura la iniciativa de Ley de Reconocimiento, Derechos, Cultura y Organización de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, y el 12 de agosto del mismo año se turnó a la Comisión de Asuntos Indígenas.

Un año después, el 15 de junio de 2010, el diputado Javier García González la retomó en una sesión donde se aprobó la socialización de la iniciativa en dos foros de consulta que se realizaron en Tlapa y Chilpancingo.

En la presentación final, de aprobación, Ramos Ramírez señaló que “la modernización del sistema nacional y estatal de seguridad pública e impartición y administración de justicia, tiene una direccionalidad tan coincidente con los sistemas de justicia indígena, que hace posible la concurrencia y el entrelazamiento de esfuerzos de ambos sistemas de justicia”, en referencia a la implementación de los juicios orales en el sistema positivo, que ya eran una realidad en los órganos de justicia comunitaria.

El diputado García González señaló que la 701, que reconoce autonomía, formas de organización interna y la dotación de personalidad jurídica a la CRAC, sería reglamentaria del artículo 10 de la Constitución local.

Como ley reglamentaria, la 701 quedaría desfasada con la promulgación de otra Constitución Política del Estado, el 28 de abril de 2014, que promulgó Aguirre Rivero. En los artículos transitorios se estableció un plazo de dos años para alinear las leyes secundarias con la nueva norma estatal.

Omisiones legislativas

El 25 de enero de 2016, con la actual legislatura, el diputado de Movimiento Ciudadano Ricardo Mejía Berdeja justificó en tribuna que los problemas en el estado impidieron la actualización de las leyes secundarias.

Mencionó el caso Iguala con la desaparición forzada de 43 normalistas Ayotzinapa, que obligó la separación del cargo del gobernador, el nombramiento de un gobernador sustituto, el proceso electoral de 2015, el fin de la LX Legislatura, y el comienzo de una nueva.

Plateó una prórroga de un año para la regularización ocho leyes estatales, incluida la 701, que también se acabó, no obstante que en ese lapso, representantes del PRD, de MC, de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), y el Consejo de Comunidades Damnificadas de la Montaña, llevaron al Congreso, por separado, planteamientos de reforma para evitar la derogación de la Ley.

Las cuatro propuestas fueron reunidas en un proyecto integral que organizaciones sociales entregaron al Congreso, y que los partidos de oposición llevaron al pleno para su análisis en comisiones legislativas, donde se mantienen hasta la fecha.

Aislado de este proceso, el gobernador, Héctor Astudillo Flores, entregó hace dos meses una iniciativa de reforma al artículo 14 de la Constitución del estado, cuya aprobación sería el antecedente de la reforma a la 701 que prepara su administración, para atender una recomendación de la CNDH.

El 3 de marzo de 2016, la CNDH emitió la recomendación 00/2016 sobre violaciones en el proceso penal de la comandante Nestora Salgado, donde indica la ausencia de un marco normativo que regule las formas de armonizar y coordinar el sistema jurídico estatal y los sistemas jurídicos o comunitarios.

Un año más tarde, el 4 de marzo de 2017, el Congreso aprobó un dictamen para que la 701 siga vigente “en tanto se realicen las reformas correspondientes”, aunque la diputada de Morena, María de Jesús Cisneros Martínez, afirmó que ese acuerdo no tienen validez, y no protege la vigencia de la Ley.