31 julio,2018 7:13 pm

Impugnan amparo pro aborto en Veracruz

Mientras se tramita la revisión, que puede tomar varios meses, el Congreso no está obligado a acatar otro amparo concedido por el juez décimo octavo de distrito, José Ezequiel Santos Álvarez.

Texto: Agencia Reforma / Foto: José I. Hernández/ Cuartoscuro
Xalapa, Veracruz, 31 de julio de 2018. El Congreso de Veracruz impugnó la sentencia dictada el 2 de julio por un juez federal de Xalapa, que le ordenó despenalizar el aborto en esa entidad.
El recurso de revisión fue presentado el 19 de julio por el director de Servicios Jurídicos de la Sexagésima Cuarta Legislatura de Veracruz, y turnado a un tribunal colegiado de circuito.
Mientras se tramita la revisión, lo que puede tomar varios meses, el Congreso no está obligado a acatar el amparo concedido por el juez décimo octavo de distrito, José Ezequiel Santos Álvarez, quien dio a los legisladores hasta hoy, 31 de julio, para reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal estatal.
La sentencia dictada por Santos no tiene precedente en la historia del juicio de amparo, pues por esta vía, la justicia federal nunca había pretendido ordenar a un Congreso local que reforme alguna de sus leyes, con efectos generales para toda la población y no sólo para quienes promovieron la demanda.
El único antecedente de un amparo en el que se ordenó legislar fue dictado en noviembre de 2017 por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuando se le dio al Congreso de la Unión hasta abril de 2018 para expedir la ley reglamentaria en materia de comunicación social.
En ese caso, la Corte concedió el amparo a una organización no gubernamental porque, desde 2014, el Congreso había ignorado un artículo transitorio de la Constitución, que le ordenaba expedir la ley reglamentaria.
En el caso de Veracruz, el fundamento del juez Santos para conceder el amparo, también promovido por diversas ONG, fueron recomendaciones y observaciones de comités de Naciones Unidas.
Además, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en Veracruz contra las Mujeres por Agravio Comparado, emitida en 2017 por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
El juez también mencionó criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)sobre libre desarrollo de la personalidad, y precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El tribunal colegiado que revise el caso tendrá que aclarar si el Congreso de Veracruz ha incurrido en omisión legislativa por no adherirse a estos criterios y recomendaciones, o si la Legislatura mantiene su soberanía para decidir cuándo reformar las leyes locales.
Este amparo fue promovido luego de que, en septiembre de 2017, tres comisiones del Congreso dictaminaron improcedente una iniciativa de despenalización.
La única disidente fue Tanya Viveros, de Morena, partido que será mayoritario en el Congreso estatal a partir de noviembre.
En la actualidad, la sanción penal para la mujer que cometa aborto voluntario en Veracruz es tratamiento en libertad con medidas educativas y de salud, pero sí están previstos hasta dos años de cárcel para quien practique el aborto, salvo en casos en que se permite, como violación y peligro de muerte para la madre.