
El presidente celebra el fallo de la SCJN sobre su decisión de clasificar como “seguridad nacional” los proyectos prioritarios del sexenio. Asegura que el acuerdo sigue vigente: “no era un asunto de transparencia sino para poder avanzar y simplificar los trámites”. También destaca la resolución de la Corte sobre la consulta de revocación de mandato
Ciudad de México, 16 de diciembre de 2021. El presidente Andrés Manuel López Obrador se congratuló ayer de las determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto del acuerdo presidencial que clasifica como “seguridad nacional” las obras prioritarias del gobierno de la Cuarta Transformación, así como sobre la consulta de revocación de mandato.
En el caso del primero, destacó el hecho de que la Suprema Corte no haya suspendido todo el acuerdo para agilizar obras como el aeropuerto de Santa Lucía y el Tren Maya, sino sólo la parte relativa a la transparencia, pues el propósito de ese instrumento no es ocultar información, sino evitar que las obras prioritarias se detengan por burocratismos.
“La Corte también resuelve de que es válido el acuerdo que emití, que di a conocer y que solamente tengo que, o tenemos, como gobierno, que presentar los informes para que haya transparencia, que siempre dijimos que se iba a hacer así, que no era un asunto de transparencia, no era ocultar información, sino era para poder avanzar, simplificar los trámites.
“Fueron muy buenas decisiones de la Corte del día de ayer, porque queda el acuerdo vigente para no detenernos en trámites, incluso trámites impuestos por las mismas dependencias del gobierno, porque este acuerdo lo firmé para que camine el elefante y que no nos detengamos”, indicó.
“Entonces, los adversarios primero plantearon que lo que queríamos era ocultar información y eso no es cierto, es mentira, nunca fue ese el propósito”, aseveró.
Respecto de la resolución que vincula a la revocación de mandato, la Corte determinó no conceder una suspensión provisional al Instituto Nacional Electoral al considerar que la realización del ejercicio aún es incierta, por lo que es prematura la controversia del órgano electoral.
“El INE acudió a la Corte planteando que no tenía presupuesto para hacer la consulta y la Corte resolvió de que tiene que llevar a cabo la consulta con el presupuesto que cuenta el INE, que no puede ser ese un motivo o una excusa, un pretexto para no llevar a cabo lo que es un mandato constitucional. Entonces, es muy buena, muy buena noticia”, señaló.
El Inai califica de “alentadora” la decisión del máximo tribunal
Con la suspensión provisional otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el acuerdo del presidente López Obrador que cataloga de “seguridad nacional” las obras prioritarias, ningún sujeto obligado podrá reservar información con base en ese documento, advirtieron comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Al pronunciarse sobre la determinación del máximo tribunal, que admitió a trámite la controversia constitucional y concedió una suspensión provisional en lo referente a garantizar el derecho de acceso a la información, los comisionados consideraron que se trata de una decisión alentadora.
“Ya el ministro (Juan Luis Alcántara) estableció la suspensión provisional, entonces, hasta que se resuelva (el fondo del asunto) este decreto no va a ser utilizado por ninguno de los sujetos obligados federales, que son más de 800, para reserva de la información por seguridad nacional o interés público, salvo que se lleve a cabo un procedimiento tal como lo establece la Constitución, la Ley General de Transparencia y la Ley Federal de Transparencia”, indicó la comisionada Josefina Román.
Durante una reunión con reporteros, los comisionados indicaron que el Inai no podía permanecer omiso ante el acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre en el cual, entre otras cosas, se establece que las obras del Gobierno son consideradas de seguridad nacional y de interés público.
Bajo esta denominación, explicaron Francisco Javier Acuña y Óscar Guerra Ford, se abría la posibilidad para que las dependencias de Gobierno reservaran información que debe ser pública.
Blanca Lilia Ibarra, presidenta del Instituto, indicó que la suspensión concedida por la Corte es una señal alentadora permite seguir trabajando en defensa del ciudadano que tiene pocos mecanismos de defensa.
Resuelven en la SCJN que el Inai carece de interés para bloquear por completo el acuerdo
El Inai carece de legitimación para pretender bloquear por completo el Acuerdo Presidencial del pasado 22 de noviembre, que redujo al mínimo los trámites para todos los proyectos de infraestructura federales y los clasificó como de seguridad nacional.
Así lo estableció Juan Luis González Alcántara, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al negar este martes la petición del Inai para ordenar a las autoridades del Ejecutivo federal que se abstengan de acatar instrucciones u órdenes derivadas del Acuerdo.
“En relación con la solicitud (del Inai) en el sentido de que se suspenda el acatamiento de las instrucciones administrativas determinadas en el Acuerdo impugnado para la consecución de los proyectos, obras y aquellos considerados estratégicos por el Gobierno de México, no se advierte, ni siquiera de manera indiciaria, el interés suspensional que tiene el Instituto actor con dicha medida cautelar”, explicó el ministro, cuya resolución publicó este miércoles la Corte.
Texto: Agencia Reforma y Redacción


