15 diciembre,2017 6:00 am

Valida el TEE lineamientos del IEPC sobre género en candidaturas

Falla el Trife a favor de Morena en el caso de nepotismo en el IEPC

Texto: Lourdes Chávez
Foto: Archivo del TEPJF (Trife)

Chilpancingo, Guerrero. Con cuatro votos a favor y uno en contra, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) validó los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación de candidaturas en el proceso electoral de diputaciones locales y ayuntamientos, que impugnaron el PRI, PRD y Movimiento Ciudadano.

Antes, el miércoles, se desechó un proyecto del magistrado Emiliano Lozano Cruz, que consideró fundadas las quejas de los partidos y modificaba los lineamientos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), porque estimó que los consejeros estatales modificaron sustancialmente la normatividad electoral.

Sin consenso en ese acuerdo, el magistrado Ramón Ramos Piedra retomó las observaciones y presentó una nueva ponencia que se aprobó ayer por mayoría, sin discusión.

En entrevista, Ramos Piedra reconoció que puede haber dos interpretaciones del caso, y la mayoría de los integrantes del tribunal pugnó porque se maximice el derecho de las mujeres de acceder a un cargo de elección popular en condiciones de igualdad con los hombres.

Estimó que los consejeros electorales no se extralimitaron, sino clarificaron el procedimiento de postulación de candidaturas para hombres y mujeres que abona a la certeza y permitirá a los juzgadores resolver las controversias. No obstante, añadió que los partidos pueden apelar la resolución en un Tribunal regional.

Indicó que los partidos alegaron imposición en la fórmula de postulación, que los obliga a colocar hombres y mujeres de manera intercalada en ayuntamientos y distritos electorales con menor votación de la elección anterior.

También denunciaron que el IEPC alteró la norma electoral estatal y que no vinculó la paridad de candidaturas (50 por ciento para hombres y mujeres) en partidos y coaliciones.

Ramos Piedra opinó que los consejeros estatales “se quedaron cortos”, y que lineamientos similares ya fueron confirmados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en un juicio de la Sala regional de Xalapa en 2015.

Indicó que la sala calificó necesarias las medidas afirmativas para revertir toda la situación de desventajas que históricamente han enfrentado las mujeres, por lo que no es sólo obligación de los partidos políticos la observancia del cumplimiento de paridad de género, también recaen en las autoridades electorales las medidas adicionales que garanticen de manera eficaz este derecho.

 

Falla el Trife a favor de Morena queja
por el caso de nepotismo en el IEPC

Texto: Daniel Velázquez
Ciudad de México. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe revisar el nombramiento de la directora Jurídica, Norma Liliana Ramírez Eugenio, sobrina de la consejera Alma Delia Eugenio Alcaraz, por promoción indebida.

Este asunto está en proceso desde el 2 de marzo de este año, cuando el representante de Morena ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Sergio Montes Carrillo, presentó en el INE un recurso de remoción de los consejeros Alma Delia Eugenio Alcaraz y de la entonces presidenta del IEPC Maricela Reyes Reyes, a quienes acusó de nepotismo y omisión.

La queja de Morena fue porque Eugenio Alcaraz nombró a su sobrina Norma Liliana Ramírez Eugenio como directora Jurídica, y Reyes Reyes nombró a su esposo Margarito Cortez Ramírez como encargado de Oficialía Electoral del IEPC.

El 24 de octubre el Consejo General del INE declaró infundados los alegatos de Morena y sobreseyó el caso. El 27 de octubre Morena recurrió al Trife para apelar la resolución INE/CG471/2017 emitida por el Consejo General del INE, que declaró infundado el procedimiento de remoción de consejeros electorales UT/SCG/PRCE/MORENA/CG/5/2017, formado con motivo de la denuncia presentada por Morena contra los consejeros del IEPC, por la supuesta contratación de familiares en órganos de dicho Instituto.

Ayer el Tribunal resolvió revocar la resolución del Consejo General del INE y declaró fundados los agravios esgrimidos por Morena.

Argumentó que la resolución del INE no cumplió con el mandamiento de que los funcionarios electorales no deben tener relación con los partidos políticos para garantizar la imparcialidad e independencia de estos en sus actuaciones.

Vía telefónica, Sergio Montes indicó que la sentencia del Trife abre la posibilidad de que se revoque el nombramiento de la consejera Alma Delia Eugenio por “promoción indebida” por avalar el nombramiento a su sobrina, pues fue suplente de la candidata del PAN a diputada federal Irma Lilia Garzón Bernal en el 2012 y fue nombrada en 2014 como parte del IEPC como titular de la Unidad Técnica Legislativa de la Consultoría electoral y después directora jurídica, cuando la ley establece que debe dejar pasar cuatro años para poder ser funcionaria del Instituto.

Criticó que en el proceso ante el INE el IEPC fue “ayudado” para encuadrar las fechas y sostener a Norma Liliana Ramírez como funcionaria en el Instituto, pero la sentencia del Tribunal ordena al INE volver el caso a la Unidad Técnica del Contencioso Electoral.

Agregó que “en términos políticos existe la posibilidad de que se le revoque el cargo de consejera electoral a Alma Delia Eugenio Alcaraz”.

Agregó que lo relevante de la sentencia del Trife es que no deja maniobras a la Unidad Técnica del Contencioso Electoral, pues señala que se debe considerar julio de 2012 a la fecha en que fue contratada en el IEPC, lo que muestra que no han transcurrido los cuatro años que marca la ley.

El fallo del Tribunal dejó en firme que los consejeros Rosio Calleja Niño y Jorge Valdez Méndez, por no tener estar vinculados con la promoción de algún familiar, no están dentro de la controversia impulsada por Morena.

Lea toda la información en su edición de este viernes 15 de diciembre:

Páginas 3 y 4