
Ciudad de México, 24 de abril de 2025.- El INE investigará si candidatos al Poder Judicial son prófugos de la justicia, están suspendidos de sus derechos políticos o tienen sentencias firmes por ser violentadores o deudores alimentarios.
Por 8 votos a favor y 3 en contra, el Consejo General aprobó que no se investiguen a los 3 mil 400 candidatos, sólo se dará seguimiento a los señalamientos que hagan ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil.
Para ello, se abre un micrositio para que, a partir de este viernes, se presenten denuncias, además de que las oficinas del Instituto, en todo el País, recibirán las quejas físicamente.
La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, votó en contra al considerar que los comités de evaluación de los tres Poderes ya hicieron esa revisión, y estarían deslegitimando los listados que entregó el Senado al organismo.
Advirtió que la reforma dejó fuera al Instituto para revisar los perfiles, además de que están entregando una carga adicional a los candidatos al obligarlos a dar a más tardar el 12 de mayo, una declaratoria en la que prometen no estar dentro de los preceptos establecidos en el 38 constitucional.
“Esta revisión ya fue practicada por los comités de evaluación, como se observa en cada convocatoria en la que se entregó el mismo escrito que ahora se pretende de nuevo requerir.
“No comparto la propuesta, pues atenta contra la presunción de validez con la que el Senado de la República remitió los listados, además de que infringe el principio de mínima intervención del Estado en los actos de molestia a particulares al vulnerar el principio de presunción de inocencia”, argumentó.
Sin embargo, la mayoría de sus compañeros coincidieron en que esto es consecuencia de dejar fuera al INE de la revisión de los perfiles, pues los comités no revisaron si incumplían con estos supuestos constitucionales.
También advirtieron que los ciudadanos deben tener garantía de que quienes se convertirán en juzgadores deben de tener ética y una reputación intachable.
“En el contexto de la elección de los cargos del Poder Judicial, cuya legitimidad se sostiene precisamente en la imparcialidad, la ética, el cumplimiento irrestricto a la ley y el respeto a los derechos humanos, esta verificación cobra aún mucho más sentido.
“Lamentablemente, a pesar de la importancia de esta revisión, los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión no establecieron un mecanismo de verificación efectivo respecto a estos supuestos de inelegibilidad; en su lugar se limitaron a solicitar declaraciones bajo protesta de decir verdad sin prever una medida para corroborar la veracidad de dichas informaciones”, recriminó la consejera Dania Ravel.
La consejera Carla Humphrey recordó que en la elección del 2024 se detectaron 274 casos de violentadores.
“Lo vimos el año pasado, cuando un candidato con el delito de lesiones, sentencia firme por el delito de lesiones, en 2021 y no se le retiró la candidatura u otros tres casos que yo con algunas colegas más votamos por retirarles el registro por estar en un registro, por ser deudores alimentarios morosos y a la postre la Sala Superior le retiró este registro”, relató.
El artículo 38 de la Constitución establece que no podrán ser candidatos quienes estén en estos supuestos:
-Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal
-Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión de derechos políticos
-Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
-Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa
Texto: Agencia Reforma/Foto: Archivo


