18 febrero,2026 6:23 am

Libera magistrada a sentenciados por el feminicidio de la niña Ayelín; culpa a la Fiscalía

Indalecia Pacheco señala que la FGE nunca se propuso acreditar la responsabilidad de los imputados, y la jueza de primera instancia, para condenarlos, avaló un escrito que la Policía Ministerial obtuvo de manera ilegal. Se inconforma la mamá y analiza con sus abogados solicitar un amparo

Chilpancingo, Guerrero, 18 de febrero de 2026. La magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Indalecia Pacheco León decretó hace nueve días la libertad de cuatro sentenciados por el feminicidio de la niña Ayelin Itzcae Gutiérrez Marcelo, desaparecida en Tixtla el 15 de octubre de 2020 y sus restos, destrozados por animales, localizados cuatro días después.

En consulta, Pacheco León denunció que la Fiscalía General del Estado (FGE) nunca se propuso acreditar la responsabilidad de los imputados, y la jueza de primera instancia, para condenarlos, avaló un escrito que la Policía Investigadora Ministerial (PIM) obtuvo de manera ilegal.

Precisó que el escrito ni siquiera fue presentado por el MP de la Fiscalía Especializada de Feminicidio como prueba de cargo, fue la defensa quien llamó a la firmante como testigo al juicio, quien rechazó haber hecho tal declaración, y sí firmó un documento para ayudar en la búsqueda de la niña desaparecida.

Abordada al salir del TSJ, dijo que el MP de la Fiscalía Especializada en Feminicidios tampoco agotó las líneas de investigación, ya que en las pruebas periciales, hay registros de semen de un quinto perfil genético en el cuerpo de la víctima que no corresponden a ninguno de los cuatro imputados, lo cual implica que otra persona violó y asesinó a la víctima.

Aclaró que el delito de feminicidio está acreditado, lo que no está probado es que los detenidos fueron responsables de la violación y del asesinato, como señaló la FGE en la imputación del caso.

“Ni siquiera obtuvo muestras del cuerpo de la víctima, ni las buscó, si en las uñas, en las manos o cualquier parte del cuerpo, hubiera alguna huella y las hubieran comparado con los acusados. Así no se investiga un feminicidio”, recriminó.

Dejó sin efectos la condena de 40 años que dictó la jueza Mariela Soraya Alfaro Zapata del 23 de septiembre de 2025, donde El Sur señaló que en la misma audiencia de lectura de sentencia la impartidora de justicia subsano las deficiencias de la Fiscalía, no obstante que señaló además inconsistencias de la investigación, entre éstas, de contradicciones de testigos, la falta de documentación de las diligencias y de las cadenas de custodias, que el MP sólo presentó folios y no los registros de la averiguación previa, el expediente de la investigación.

La niña Ayelín fue reportada desaparecida el 15 de octubre de 2020 en Tixtla, y sus restos destrozados por animales de la zona fueron localizados el 19 en la barranca Chichipico, a unos 400 metros de su vivienda, en la colonia Candelaria. Un caso de alto impacto estatal y nacional.

El mismo mes fueron detenidos y vinculados a proceso como probables responsables de feminicidio Juan Pablo, Eliecer, Aurelio y Hugo, quiene impugnaron la condena.

En consulta telefónica, la mamá de la víctima, Flora Marcelo Rojas informó que revisará la exoneración con sus asesoras del Instituto Federal de la Defensoría Pública del Consejo de la Judicatura federal, para promover un amparo contra la resolución, en un plazo de 15 días hábiles, que se vencen el 2 de marzo.

Lamentó la liberación de los detenidos, porque de nada sirvió haberse presentado en el juicio a revivir la pérdida de su hija, recriminó.

El MP no garantizó el derecho a la justicia, dice la magistrada

Pacheco León explicó que una sentencia debe acreditar la responsabilidad penal con pruebas contundentes, para garantizar que la persona acusada sea realmente responsable, y las víctimas sientan que no se les hizo justicia.

Los juzgadores deben garantizar a cada presunto responsable, que no va a ser imputado injustamente, puntualizó.

“Sí, es abominable el hecho y considero el dolor de la parte ofendida pero no somos nosotros los que vamos a darles culpables al pueblo, si no, ¿dónde quedan las garantías”, resaltó.

En la sentencia señaló que el MP volvió a faltar a su obligación de investigar con perspectiva de género y bajo el protocolo de investigación del feminicidio, “porque nunca se propuso investigar el delito”.

Recalcó que en el proceso penal acusatorio no todo lo que impute el MP es procedente. Todo está sujeto a prueba y en el Poder Judicial son los garantes de analizar si las pruebas son legales obtenidos lícitamente o no, si se acreditan, si hay lógica y congruencia.

En este caso señaló como ejemplo el testimonio de una trabajadora de la radio que se dijo sorprendida ante la jueza de primera instancia cuando la presentaron el escrito en un registro de entrevista, donde aparece su firma, de lo que no sabía nada.

Aclaró que policías vestidos de civil le pidieron a ella y a otras personas colaborar con la búsqueda, luego los trasladaron a Chilpancingo sin decirles a dónde se dirigían, tiempo después supo que era la FGE, donde le pidieron su firma. Nunca dijo que vio a los señalados tirando “cosas” en una costalilla, en la barranca donde se encontró el cuerpo, como indica el documento.

Aunque la jueza de primera instancia lo consideró una retractación, Pacheco León señaló que desde el punto de vista técnico el testimonio es ilegal.

La magistrada Pacheco León también resolvió en segunda instancia el caso de la nutrióloga Magdalena Aguilar Romero, asesinada el 13 de enero de 2018 en la casa de su exesposo, César, en el Barrio en Taxco, donde fue desmembrada y cocinada con la intención de desaparecerla”.

Lourdes Chávez/ Foto: Archivo