
Ciudad de México, 27 de agosto de 2026.- La empresa de apuestas y sorteos Sabia Corporation se desistió del juicio de amparo contra las restricciones que el ex presidente Andrés Manuel López Obrador impuso a los casinos en 2023, por lo que evitó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutiera y aprobara un proyecto que declaraba constitucional el decreto.
Al inicio de la sesión de hoy, se informó que en el amparo en revisión 257/2025 la parte quejosa se desistió del amparo ganado el 8 de enero de 2025 y que había sido recurrido por el Poder Ejecutivo, la Secretaría de Gobernación y la Dirección General de Juegos, por lo que se sobreseía.
El asunto estaba a cargo del Presidente de la Corte, el Ministro Hugo Aguilar Ortiz, quien planteaba validar constitucionalmente todas las restricciones impuestas en la reforma al Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, como la prohibición de instalar nuevas máquinas tragamonedas, la eliminación de la figura de operadores (asociaciones con terceros), la prohibición de juegos de cartas, dados o ruletas, y la eliminación de las prórrogas de los permisos.
Las reformas decretadas por López Obrador han sido declaradas inconstitucionales por varios tribunales colegiados, quienes otorgaron amparos que no sólo exentan a las empresas de la prohibición de las tragamonedas, sino que también les permiten ofrecer juegos de naipes, dados y ruleta.
Con el desistimiento de la empresa, se evita que la Corte avale de manera general la reforma de López Obrador contra la que muchas empresas ya tienen ganados amparos que el Alto Tribunal no puede revocar, aunque un criterio suyo podría servirle al gobierno para impulsar en el Congreso una reforma legal. Sabia Corporation, sin embargo, ha aceptado sujetarse al nuevo reglamento.
Aguilar Ortiz sostenía en su proyecto que el ex Presidente no excedió sus atribuciones, sino que garantizar el derecho a la salud y prevenir la ludopatía, especialmente en niños, adolescentes y adultos mayores, y desestimaba los argumentos de la empresa respecto a la violación al principio de irretroactividad de la ley.
“El Decreto reclamado viola seguridad jurídica, porque sin la debida fundamentación y motivación se impone una variación en los términos y condiciones y generalidades de las autorizaciones otorgadas a la quejosa, provocando que el régimen bajo el cual determinó su plan de negocios como permisionaria ya no sea aplicable”, expuso Sabia Corporation.
Agencia Reforma


