24 noviembre,2020 10:19 am

Amonesta el TEE al alcalde de Teloloapan por violencia política contra la síndica

La sanción incluye al secretario general del Ayuntamiento y al Tesorero, quienes obstaculizaron las labores de Eleazar Marín Quebrado

Chilpancingo, Guerrero, 24 de noviembre de 2020. El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) amonestó de manera pública al alcalde perredista de Teloloapan, Efrén Romero Sotelo, así como al secretario general y al tesorero, por violencia política contra la síndica procuradora Eleazar Marín Quebrado, por obstrucción parcial de sus funciones, pero rechazó  la acusación de que hubo violencia política por razón de género.

En la Vigésima Sesión Pública de Resolución de este martes la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol propuso amonestar de manera pública al alcalde de Teloloapan, al secretario general Gerardo Rendón Juárez y a Fernando Javier Cuevas Ortiz, lo que fue apoyado por unanimidad por los magistrados y magistradas, al desahogar el expediente TEE/PES/005/2020.

En la resolución se establece que los tres ediles obstaculizaron el trabajo de la síndica, y no le han hecho llegar información que ha solicitado sobre la cuenta pública de los años 2018, 2019 y lo que va del 2020. El alcalde no le respondió seis solicitudes, el secretario general uno, y tesorero 11, y eso sí constituye una obstrucción parcial de su cargo como síndica.

Además de que en redes sociales se ha denostado su imagen que su firma ha sido falsificada y no ser convocada a las sesiones de cabildos.

De la falta de información de las cuentas públicas se indicó que la propia agraviada informó a la Auditoría Superior del Estado y se tiene conocimiento de la situación, además de que inició un proceso legal por la falsificación de su firma en las cuentas públicas entregadas a la Auditoría y que no reconoce.

En la resolución se establece que “de los hechos atribuidos a los funcionarios denunciados, se advierte del caudal probatorio que no se desprende una conducta planificada, orientada o sistematizada en contra de la denunciante bajo concepciones basadas en prejuicios o estereotipos, como tampoco se observa un impacto diferenciado, ni una afectación por su condición de mujer”, y por eso no se podía calificar como violencia política en razón de género.

En la sesión la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz apoyó el argumento y señaló que el acto cometido de acuerdo al análisis que ella realizó no tenía elementos para ser considerados como violencia política en razón de género, y dijo que hay una práctica común que debe de erradicarse de problemas y bloqueos entre los alcalde y síndicos, pero que sí veía violencia política.

Agregó que votaba a favor de la resolución porque tenía una sanción contra los tres señalados, este mismo razonamiento fue apoyado por la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito. En la sesión estuvo ausente por motivos de salud el magistrado Ramón Ramos Piedra.

En la misma sesión fue desechado un juicio electoral ciudadano presentado por los ciudadanos Gustavo García Dorantes, Aquileo Evangelista Hernández y Eucario Evangelista Romero, contra el Ayuntamiento de Acapulco bajo el argumento de que no les ha respondido las solicitudes para emitir la convocaría a comisarios municipales pero de acuerdo a los documentos que presentó el Ayuntamiento se establece que sí han dado respuesta a los interesados, quedando sin sustento la demanda.

Texto: Jacob Morales / Fotograma