17 julio,2018 2:50 pm

Aprueban uso de informantes contra trata de personas

Texto: Agencia Reforma/ Foto: EFE

Procuradurías y Fiscalías estatales alistan la aplicación de nuevos lineamientos para la colaboración de informantes en contra de la trata.

Ciudad de México, 17 d julio de 2018. Las Procuradurías y Fiscalías estatales alistan la aplicación de los nuevos lineamientos mínimos para la colaboración de informantes en tareas de prevención, sanción y erradicación de delitos en materia de trata de personas.
El documento, que contempla beneficios procesales e incluso económicos para los informantes, fue aprobado por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia el pasado 19 de junio, por lo que sólo falta su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Estos lineamientos reglamentan la facultad del Ministerio Público de autorizar la colaboración de informantes conforme a las disposiciones de la legislación aplicable en la investigación del fenómeno de la trata.
En el instrumento, el informante es definido como toda persona que de forma directa o indirecta tiene conocimiento de la comisión de ilícitos y, por la situación o actividad que realiza, provee información útil y eficaz al Ministerio Público o a policías para la investigación de delitos.
“O aportando los datos o medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sancionar a otros sujetos, así como para la localización de la víctima o su paradero”, se lee en los lineamientos mínimos.
En función de la información otorgada a la PGR o a las Fiscalías estatales, así como la utilidad y eficacia de la misma, el informante podrá acceder a “criterios de oportunidad” previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, o bien, a apoyo económico.
El Código establece que el Ministerio Público ponderará el ejercicio de la acción penal de un inculpado sobre la base de criterios de oportunidad; uno de los supuestos es cuando aporte información esencial para la persecución de un delito más grave del que se le imputa.
En el caso del apoyo económico, podrá otorgársele al informante en una o varias ocasiones de acuerdo con la periodicidad con la que rinda información de utilidad para los fines de investigación de ilícitos en materia de trata de personas.
“La PGR y las Procuradurías Generales de justicia, o Fiscalías Generales de las entidades, podrán disponer de recursos para otorgar apoyos económicos a los informantes y para ofrecer recompensas”, indica el documento.
“El ofrecimiento de una recompensa se constituye en una herramienta disuasiva y preventiva que tiene como base la colaboración de la sociedad para lograr una efectiva y eficaz procuración de justicia que concluya con la aprehensión de los delincuentes o lograr la localización o paradero de las víctimas”.
No procederá el pago de recompensas a quienes ocupen o hayan ocupado un empleo, cargo o comisión en materia de seguridad pública o procuración de justicia, durante el periodo de tres años previos a la fecha del ofrecimiento de la información.
Según los lineamientos aprobados, el informante además podrá solicitar medidas precautorias o cautelares para su seguridad, incluyendo la “debida protección” o asistencia en los lugares adecuados para garantizar su integridad.