Prevé la Suprema Corte negar a TV Azteca amparo para no ceder tiempo de trasmisión al Estado
Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé negar a Televisión Azteca los amparos con los que busca librarse de la obligación de transmitir 30 minutos diarios de programas determinados por la Secretaría de Gobernación (Segob).
Siete de los 11 ministros se pronunciaron por negar el amparo promovido en 2011 por Televisora del Valle de México (TVM), filial de TV Azteca, para impugnar los oficios mediante los cuales Segob ordenó someterse a la norma de los 30 minutos, prevista en la Ley Federal de Radio y Televisión, así como en el Reglamento en Materias de Concesiones, Permisos y Contenidos expedido en 2002 por Vicente Fox para aclarar el tema de los tiempos de Estado.
Como estrategia para impugnar esta obligación, TV Azteca alegó que los artículos legales y reglamentarios que la contemplan quedaron derogados “tácitamente” por la reforma Constitucional sobre derechos humanos de junio de 2011, uno de cuyos artículos transitorios señala que quedan derogadas todas las normas que se le opongan.
De hecho, en este amparo, TVM no cuestionó específicamente la Constitucionalidad de los artículos 59 de la ley y 15 y 16 del Reglamento, sino que solo alegó que quedaron derogados por ser contrarios al derecho humano de libertad de trabajo, y por tanto no se le deben aplicar.
Este enfoque provocó división entre los ministros, pues los siete coincidieron en que se debe negar el amparo, cuatro sostuvieron que la razón es que una autoridad administrativa como la Secretaría de Gobernación no tiene facultades para decidir si una ley o un reglamento son contrario a la Constitución, ni mucho menos para darlos por derogados.




