Es un “triunfo histórico” la reforma del fuero militar, consideran organizaciones civiles
La reforma al Código de Justicia Militar para acotar el fuero castrense es “un triunfo histórico” que responde a la “añeja exigencia” de las víctimas y los protectores de derechos humanos, afirmaron los centros de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y Miguel Agustín Pro Juárez, el Centro de Análisis e Investigación Fundar y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia.
Consideraron que la reforma es una obligación internacional del Estado mexicano y una deuda persistente con las víctimas y familiares de víctimas de abuso militar, como Tita Radilla, Valentina Rosendo, Inés Fernández, Rodolfo Montiel, Teodoro Cabrera, Reynalda Morales, Daniel Téllez y los familiares de Bonfilio Rubio y Jethro Ramés, quienes además vivieron directamente la impunidad porque las violaciones de sus derechos no fueron investigadas ni procesadas en la jurisdicción debida, y buscando justicia sus procesos llegaron hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“El acotamiento de la jurisdicción militar adquiere innegable trascendencia para las víctimas de violaciones a derechos humanos, que no es menor; más aún, la reforma es un triunfo histórico de las víctimas que hicieron frente a la violencia institucional castrense”, sostuvieron, y subrayaron la aprobación por unanimidad, “cuando hasta hace muy poco legisladores, jueces y secretarios de Estado rechazaban la necesidad de reformar la jurisdicción militar y cuestionaban las denuncias de las organizaciones”, sostiene.
En un boletín de prensa enviado el miércoles tras la aprobación del fuero militar acotado en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República el jueves de la semana pasada, consideraron que las modificaciones son un avance para que el Estado mexicano cumpla con sus obligaciones internacionales, que es atinada la restricción de la jurisdicción castrense en aquellos casos donde la persona del bien jurídico tutelado o puesto en peligro sea civil, y en casos que involucren a menores, y que con ello se logra que “nunca más una violación a los derechos humanos de una persona civil podrá ser investigada o juzgada por las instancias castrenses”.
Los organismos señalaron que la reforma responde a “una añeja exigencia de las víctimas de abusos castrenses, de la sociedad civil y de los mecanismos internacionales de protección a los derechos humanos”, y recordaron que la CIDH ordenó al Estado mexicano reformar el código en cuatro sentencias derivadas de casos en los que se comprobó que las instancias castrenses extendieron su jurisdicción sobre víctimas civiles, y que la misma SCJN consideró que las normas del mismo eran inconstitucionales.
Sin embargo, señalaron que quedaron pendientes que también han sido señalados por organizaciones internacionales, en específico “genera preocupación que, en sintonía con las posiciones esgrimidas por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Marina (Semar), no se haya restringido la extensión de la jurisdicción militar sobre casos de violaciones a derechos humanos de militares cometidas por sus pares”.
Agregaron que “la reticencia de los mandos castrenses a instaurar un verdadero régimen de respeto a los derechos humanos al interior de la propia institución armada, mantendrá al Ejército y a la Marina bajo el escrutinio internacional”, y que mandos medios y tropa deben reflexionar profundamente sobre las condiciones que prevalecen al interior. (Redacción).




