Desecha el TEE queja de Huicochea; el alcalde de Alpoyeca desacata orden de magistrados
Jesús Saavedra
Chilpancingo
La sala de segunda instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) desechó el juicio electoral ciudadano que promovió el precandidato del PRI por eldistrito 02 de esta capital, Heriberto Huicochea Vázquez, luego de que la Comisión Estatal de Justicia Partidaria resolvió el recurso interno de impugnación.
El TEE desahogó el recurso TEE/SSI/JEC/023/2012 que interpuso Huicochea en contra de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, a la que acusó de omisión porque no ha dado respuesta a la solicitud de registro que presentó como candidato a diputado local por el distrito 02.
Dicho juicio fue desechado al quedar sin materia, pues el órgano del PRI dio a conocer al TEE que el 31 de marzo resolvió el recurso de queja deHuicochea, con lo cual quedó colmada su petición.
Ante ello, y para dar cumplimiento a la garantía de acceso a la justicia, los magistrados determinaron adjuntar a la sentencia copia certificada de la resolución que dictó el órgano priista.
Cuando le sea notificada personalmente a Huicochea la resolución, a partir de ello correrá el término de cuatro días para que determine si impugna o no el fallo que emitió la CEPI.
En otro asunto, el TEE amonestó públicamente al alcalde priista de Alpoyeca, Roberto Almora Méndez, por incumplir la sentencia del 6 de marzo, en la que le ordenaron el pago de salarios a la regidora María de los Ángeles García Cruz, con la advertencia de que si reincide en el desacato se le impondrá una multa de 500 salarios mínimos vigentes en Chilpancingo, sin perjuicio de las responsabilidades oficiales en que pueda incurrir.
Los magistrados resolvieron el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/008/2012, que promovió la regidora García Cruz, en el cual se quejó porque el presidente municipal mantiene retenidos sus salarios desde la primera quincena de julio del año pasado.
En la sentencia dictada el 6 de marzo, relativa al juicio electoral ciudadano, los magistrados dieron cinco días hábiles al ayuntamiento, a partir de la notificación del fallo, para que pagara los salarios a la regidora, pero el alcalde incumplió la determinación.
Ante esto, la regidora promovió un incidente de inejecución de sentencia que fue declarado procedente, por lo que el TEE dio un nuevo plazo de tres días al ayuntamiento para que la cumpla.
En otro asunto, el TEE se declaró incompetente para conocer y resolver el recurso de apelación TEE/SSI/RAP/006/2012 que presentó el PT, relativo a la asignación de tiempos oficiales en radio y televisión.
Lo anterior obedece a que las facultades relacionadas con la administración, asignación y determinación de tiempos en medios electrónicos de comunicación, así como las de vigilancia y de aplicación de sanciones por la infracción de reglas vinculadas al tema, corresponde ejercerlas en forma exclusiva al IFE.
Ante esas consideraciones, los magistrados determinaron que corresponde a la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conocer el recurso promovido por el PT.
El TEE también resolvió el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/030/2012 que promovieron las precandidatas del PRD a diputadas por el distrito 05 de Acapulco, María del Rosario Martínez Mandujano y Jacqueline Alicia Zepeda Quiroz, en el que se quejan de la omisión de la Comisión Nacional Electoral del PRD para dar trámite a un recurso de inconformidad que presentaron el 4 de abril, y por la omisión en que también ha incurrido la Comisión Nacional de Garantías para dictar sentencia o resolución.
En este asunto, Garantías del PRD argumentó que no ha resuelto la inconformidad porque la Comisión Nacional Electoral del PRD no le ha remitido el expediente correspondiente, no obstante habérselo requerido.
Y los magistrados le ordenaron que requiera de inmediato las constancias del recurso de inconformidad que hicieron valer las actoras a la Comisión Nacional Electoral, y que resuelva en un plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación del fallo.
También le ordenaron que una vez resuelto el recurso de inconformidad, en 24 horas lo notifique a las actoras, y en las 24 horas subsecuentes informe al TEE su cumplimiento.
Además, los magistrados también resolvieron el juicio ciudadano TEE/SSI/JEC/025/2012 que promovió el perredista Abraham Rivera Delgado en contra de la resolución del primero de abril, que dictó Garantías del PRD, mediante la cual resolvieron un recurso de inconformidad, en el que demanda la nulidad de la elección de consejeros estatales.
En la sentencia, los magistrados dejaron sin efecto la resolución del órgano del PRD, toda vez que no atendió los agravios y le ordenaron resolver el caso en un término de 3 días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia.




