Rechaza el PJF juicio de amparo promovido por Hugo Vázquez
* Los actos que reclama el quejoso no representan actos de autoridad atacables a través del juicio de amparo, señala el juez Rafael González
Hugo Pacheco León, corresponsal, Chilpancingo * El pasado jueves 24, el juez primero de distrito en el estado del Poder Judicial de la Federación, Rafael González Castillo resolvió declarar sobreseído el juicio de amparo promovido por el rector Hugo Vázquez Mendoza contra los actos que la UAG pretendiera realizar en su contra.
Desde el pasado 25 de febrero del 2000, el 15 de junio del 2001, el 26 de octubre del 2001 y 4 de junio del 2002, hubo informes y dictámenes de la Comisión de Honor y Justicia, de la Comisión Financiera y Patrimonio del Consejo Universitario sobre las irregularidades en la administración del rector Hugo Vázquez Mendoza que nunca fue sometido al pleno del Consejo para su aprobación y sanción correspondiente.
En ese sentido, el ex rector solicitó el pasado 26 de diciembre del 2002, un amparo al Poder Judicial de la Federación en el que argumentó: “De todas y cada una de las autoridades señaladas como responsables, reclamo el ilegal, infundado e inconstitucional procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, así como las correspondientes resoluciones y dictámenes…”.
Apenas el pasado 15 de julio el Consejo Universitario aprobó por mayoría, expulsar al ex rector Hugo Vázquez por las irregularidades financieras ocurridas en su administración.
En su argumentación el juez primero, Rafael González Castillo expuso en su dictamen que sobresee la solicitud de amparo de Hugo Vázquez Mendoza: “Es indiscutible que la capacidad de decisión que conlleva esa autonomía (de la UAG) está supeditada a los principios constitucionales que rigen la actuación de cualquier órgano del estado, pero en el caso, como se dijo los actos que reclama el quejoso, no representan actos de autoridad, atacables a través del juicio de amparo, en el entendido que dichos actos son encaminados al esclarecimiento de las actividades financieras que pudo desempeñar el impetrante de amparo en el ejercicio de su encargo como rector, mismas que tienen que ver con el patrimonio de la UAG”.
Agrega: “en tratándose del cuidado de su patrimonio tiene la atribución de autogobierno inherente a su autonomía a través de la cual se le confiere independencia académica y patrimonial para determinar, todo lo relativo a la forma, cuidado y manejo de su patrimonio, pues sólo a ésta le compete administrarlo a través de los funcionarios de dicha institución, lo que hace patente que dichos actos no revisten las características o peculiaridades que deben distinguir a todo acto de autoridad para efectos del juicio de amparo”.
Así el juez primero declaró sobreseído el juicio de amparo promovido por el ex rector Hugo Vázquez Mendoza.




