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Recomienda la CNDH la libertad de un preso por la Policía Comunitaria

 * Plantea el caso de un detenido y sentenciado por la Coordinadora de Autoridades Indígenas, y señala que ésta no es una autoridad legalmente establecida

 La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) envió una recomendación al gobernador René Juárez Cisneros para que sea liberado un detenido por la Policía Comunitaria de San Luis Acatlán, que fue juzjado y sentenciado en el año 2001 por la Coordinadora de Autoridades Indígenas de la Costa Chica y Montaña de Guerrero que, dice, “no es una autoridad legalmente establecida”.

En un boletín de prensa, la CNDH informa que envió la recomendación 14/2003 al gobernador Juárez Cisneros, porque la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) no ha intervenido en el caso de la violación a los derechos a la libertad, legalidad, seguridad jurídica y un debido proceso legal de Silvino Encarnación Gabino, que desde mediados de 2001 está recluido.

En un boletín de prensa, la CNDH reprocha que la PGJE no haya intervenido para la liberación de Encarnación Gabino pues desde el 10 de julio de 2001 que fue detenido por la Policía Comunitaria de San Luis Acatlán, juzgado por la Coordinadora de Autoridades Indígenas de la Montaña y Costa Chica de Guerrero y sentenciado a prisión por 2 meses con diez días, sigue encarcelado. La CNDH no informa los delitos por los que fue enjuiciado el indígena.

“Al estar involucradas costumbres de pueblos indígenas, y ante la importancia de que cese la privación del derecho de libertad del afectado, que trasciende el interés de la entidad federativa”, el 28 de noviembre de 2002 el caso fue atraído por la CNDH quien determinó que la PGJE se limitó a la integración y consignación de averiguaciones previas pero no puso fin a la privación ilegal de la libertad, “lo que es contrario al mandamiento constitucional de investigar y perseguir” dicho delito.

El documento informa que el 10 de julio de 2001 Encarnación Gabino y su esposa Constantina Morán Ramírez fueron detenidos por la Policía Comunitaria por órdenes de la Coordinadora de Autoridades Indígenas “para enjuiciarlos bajos los usos y costumbres con que se rigen los indígenas”.

Morán Ramírez fue liberada luego del proceso y su esposo encarcelado.

Pasado el tiempo de la sentencia, el 24 de septiembre de 2001, Morán Ramírez pidió la intervención de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del estado (Codehum) y dos meses después, el 6 de diciembre del mismo año logró que la PGJE iniciara una averiguación previa por los delitos de allanamiento de morada, privación ilegal de la libertad y lo que resulte, por lo que en febrero de 2002 el juez libró las órdenes de aprehensión contra los dirigentes de la Policía Comunitaria, Leandro Calleja Natividad, Celestino Bravo Carvajal, Efrén Cortez Clemente, Valente Laureano Arrellano y Alfonso Bello Gómez.

Los presuntos responsables fueron puestos a disposición del Juzgado Mixto de Primera Instancia el 11 de febrero, un día después les dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar “con las reservas de ley”.

El 2 de mayo la Codehum concluyó el expediente por no competencia pues se trataba de un asunto entre particulares, pero como la privación ilegal de la libertad continuaba, a instancia del organismo de derechos humanos estatal, la PGJE inició una segunda averiguación previa en contra de los hermanos del Ercarnación Gabino, Leobardo y José Luis de los mismos apellidos, así como la señora María Bartola Gabino “por su presunta participación” en el delito contra Silvino. Un mes después la autoridad libró las órdenes de aprehensión pero lograron su libertad tras el pago de una fianza.

La CNDH considera que aún cuando fue juzgado por la autoridad indígena “que no es una autoridad legalmente establecida”, Encarnación Gabino sigue preso sin disfrutar de su derecho a la administración de justicia por tribunales lo que “viola su derecho a la libertad, legalidad, al debido proceso legal y seguridad jurídica”.

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