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CARTAS (No es facultad del síndico Marcial entregar permisos de autoconstrucción, dicen)

Señor director:

Con relación a la controversia que ha suscitado la entrega de licencias para autoconstrucción otorgadas por el doctor en derecho Marcial Rodríguez Saldaña, primer síndico municipal de Acapulco, al respecto nos permitimos expresar lo siguiente:

En la Ley Orgánica del Municipio Libre y del Estado de Guerrero, el artículo 77, que contiene las facultades y obligaciones de los síndicos procuradores, no se incluye como facultad de estos funcionarios, la de entregar licencias para autoconstrucción de viviendas.

Esta facultad, la de otorgar, negar o retirar permisos y licencias para construcción, corresponde, según la fracción IV, del artículo 63 del ordenamiento legal antes citado, al ayuntamiento y que, por lógica y mandato legal debe entenderse que se den a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.

Quisiéramos oír del doctor en derecho, Marcial Rodríguez Saldaña, el fundamento legal de sus afirmaciones cuando dice que sí es facultad de él como síndico otorgar esos permisos para evitar suspicacias, y no sólo referencias de que como Gloria Sierra, anterior síndica municipal los otorgó, él también los proporciona.

 Atentamente:
Porfirio Daza Rodríguez y Benigno Molina Domínguez.

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