Resolver a favor de la cuota de género, exigen mujeres al Tribunal Electoral
Jesús Saavedra
Chilpancingo
Integrantes de la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses advirtieron que el Tribunal Electoral del Estado (TEE) incurrirá en discriminación contra las mujeres si desecha los juicios de impugnación que interpusieron por la designación de candidatos y afirmaron que llegarán hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) si es necesario.
Las integrantes de la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses dieron a conocer que interpusieron diez juicios electorales ciudadanos, en los cuales impugnan el acuerdo 070/SO/02-06-2012 mediante el cual el Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG) dio por procedentes y válidas las listas de candidaturas a diputaciones de representación proporcional presentadas por los partidos políticos ante dicho órgano electoral, ya que el mismo omitió observar que tres partidos no cumplen a cabalidad con registrar la paridad de género en orden alternado.
La presidenta de la Red, Muriel Salinas Díaz, explicó que presentaron los juicios ante el IEEG porque a pesar de que el PVEM, PT y Nueva Alianza no cumplieron con registrar la paridad de género en orden alternado, el órgano electoral dio por válidas y procedentes las listas de candidaturas a diputaciones locales plurinominales, “con lo que se violan los derechos políticos de las mujeres, consagrados en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución Política mexicana y en la legislación electoral”.
Salinas Díaz aseveró que es probable que el TEE “deseche los juicios por considerar que no se acredita el interés jurídico, ya que las demandantes no son necesariamente las candidatas afectadas, sino ciudadanas que consideran que este incumplimiento viola los derechos humanos de las mujeres”.
La militante del PT, Alma Juárez Altamirano, quien aparece en la tercera posición como candidata a diputada plurinominal de ese partido, dijo que “es grave que el órgano electoral competente haya omitido el incumplimiento de mi partido de registrar en orden alternado su lista de candidatos, pues las dos primeras posiciones son ocupadas por hombres, lo que vulnera la paridad de género ya que de esa forma se simula la paridad, sin que en realidad se garantice el acceso equitativo de mujeres y hombres a los cargos de representación popular”.
La militante del PRI, Rosaura Rodríguez Carrillo, explicó que aun cuando algunas de las demandantes no son militantes de los partidos políticos que incumplieron, “lo que se está defendiendo es que se respeten y hagan valer los derechos humanos de las mujeres en lo relativo a la participación política y la paridad de género en el registro de candidaturas”.
Puntualizó que el pasado mes de junio de 2011 se realizó una importante reforma al artículo 1 de la Constitución Política mexicana en la que se incluyen los compromisos internacionales de derechos humanos firmados por nuestro país en la Carta Magna, “por lo que la violación al derecho de las mujeres a participar paritariamente como candidatas a cargos electivos incurre en una violación a los derechos humanos consagrados”.
Reyna Ramírez Santana, del PRD, explicó que el criterio que establece el registro de la paridad en orden alternado se encuentra estipulado en diversas sentencias emitidas por el propio TEE relacionadas con juicios electorales ciudadanos anteriores, entre los que se encuentra el juicio que favoreció a Irma Lilia Garzón para que fuera diputada local en esta legislatura.
Dijo que el TEEG incurriría en una violación a los derechos humanos de las mujeres en caso de desechar los juicios, ya que estaría incurriendo en un acto consumado de discriminación hacia las mujeres, claramente consagrado en la Convención contra Todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer (CEDAW), que es considerada la Carta Magna de las Mujeres a nivel internacional por su carácter vinculante.
Dijo que por ello, en caso de que el TEEG deseche los juicios alegando que no se acredita el interés jurídico, acudirán primero al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y que si es necesario también a la Corte Internacional de Derechos Humanos de la ONU.
Por su parte, Muriel Salinas explicó que el criterio de registrar la paridad de género en orden alternado no aparece en el artículo 192 de la ley electoral del estado, sino que está estipulado en diversas sentencias emitidas por el propio TEE relacionadas con juicios electorales ciudadanos que se fallaron a favor de registrar con paridad de género en procesos electorales anteriores.
Por ello, dijo que si el TEE desecha los juicios que han presentado, incurriría también en una irregularidad y estaría contrariando los criterios y disposiciones que ese mismo órgano ha establecido.
Explicó que es de suma relevancia para este proceso electoral que los órganos electorales den una muestra clara de que están en sintonía con la política del Trife de garantizar que los partidos políticos cumplan a cabalidad con la paridad de género en este proceso electoral.
“Sería muy lamentable que los órganos electorales locales dieran la espalda a estos juicios electorales presentados por ciudadanas guerrerenses, pues consumarían un acto de discriminación contra las mujeres, que pondrá en tela de duda su imparcialidad y transparencia”, declaró.
Agregó que “si el TEE desechara los juicios que presentamos, acudiremos al Trife y también a la Corte Internacional de Derechos Humanos, porque los derechos humanos de las mujeres no son enunciativos, no son un adorno legislativo y las instituciones mexicanas están obligadas a garantizarlos”.
Rosaura Rodríguez Carrillo explicó que el hecho de que quienes hayan interpuesto los juicios sean ciudadanas comunes y no necesariamente las propias candidatas afectadas, salvo el caso de Alma Juárez, sienta un precedente importante en Guerrero, de que las mujeres están ejerciendo su ciudadanía y exigiendo a los partidos y los órganos electorales que cumplan con garantizar los derechos políticos de las mujeres establecidos en la legislación electoral y los criterios que el propio TEE ha establecido en diversas sentencias.




