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Proponen universitarios para el 5º Congreso que se establezca una sola reelección de rector de la UAG

*Ramón Reyes Carreto presenta ante el Consejo Universitario un avance de lo que la Coordinación del 5º Congreso General Universitario someterá a análisis y aprobación, el cual se podría realizar en octubre o noviembre

Alina Navarrete Fernández

Chilpancingo

Durante la sesión extraordinaria del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAG), que se llevó a cabo el viernes en el auditorio de la Rectoría, el profesor Ramón Reyes Carreto expuso las propuestas que se analizarán en el 5º Congreso General Universitario, para el cual aún no se define fecha.
Dentro de las propuestas, se estableció que el rector de la máxima casa de estudios será electo cada cuatro años y podría reelegirse una sola vez, de manera inmediata o en periodos posteriores, aunque las especificaciones están sujetas a modificación.
Reyes Carreto presentó ante el Consejo Universitario un avance de lo que la Coordinación del 5º Congreso General Universitario someterá a análisis y aprobación, el cual de manera tentativa se dijo que podría realizarse en octubre o noviembre de este año.
Los objetivos principales de la reforma a la ley universitaria son reducir el número de procesos electorales y “por lo tanto, los desencuentros y problemas electorales, así como los postelectorales”, lograr estabilidad política y gobernanza para el desarrollo de la UAG, eliminar la legislación de los colegios y redes “que nunca funcionaron”, entre otros.
De acuerdo con la ley actual, quienes gobiernan la UAG son el Consejo Universitario, el rector y funcionarios de administración, los consejos académicos colegiales, directores de colegios, consejos de unidades académicas y directores de las unidades académicas.
La propuesta es que la UAG se gobierne a través del Consejo Universitario, el rector y funcionarios de administración, consejos académicos de las facultades, escuelas, institutos y centros, así como sus respectivos directores, elimando así a los colegios.
El Consejo Universitario lo conformarían por ex oficio, el rector y los directores de las facultades, escuelas, institutos y centros, por elección, un profesor y un estudiante por escuela, dos representantes, un alumno y un profesor, de posgrados por cada consejo de área que eligirán sus pares, seis miembros de la Federación Estudiantil Universitaria Guerrerense (FEUG), dos de cada sindicato y dos de parte de la administración.
La ley actual establece que para ser consejero, los profesores deberán ser de base y tener como mínimo un año de antigüedad en la UAG, sin embargo, la propuesta es que se modifique a cinco años de antigüedad, ser “distinguido en el desempeño de sus funciones y contar con méritos”. Para los estudiantes no habrá cambios.
Los profesores consejeros, ya sea universitarios o académicos, durarán cuatro años en su cargo, y pueden ser reelectos; por su parte, los estudiantes durarán dos años y no podrán reelegirse, debido a su corta permanencia en la UAG.

De la reelección del rector, su perfil y sus ausencias

En cuanto al rector, cargo que en la actualidad desempeña Javier Saldaña Almazán, quien fuera candidato único en el periodo de elecciones de 2013, Reyes Carreto informó que el artículo 20 de la ley actual de la UAG, establece “muy claro” que “por ningún motivo” podrá volver a desempeñar el cargo quien ya haya sido electo como rector, pero a los directores y consejeros se les puede reelegir.
Antes, el rector podía reelegirse un sinnúmero de veces, siempre y cuando no fuera de manera consecutiva, de esa forma el profesor Rosalío Wences Reza desempeñó el cargo en tres ocasiones, el primer periodo fue 1972-1975, el segundo 1978-1981 y el último, 1984-1987.
Hay dos propuesta para el cargo, la primera es que el artículo 20 continúe de la misma forma y la segunda, que se modifique, para que el rector pueda reelegirse una sola vez, “pero tampoco se va a reelegir interminablemente”.
Reyes Carreto señaló que hay 21 universidades públicas que tienen un proceso de reelección de manera inmediata y otras en periodos posteriores.
Esta misma propuesta se hizo para el caso de los directores, no así para los consejeros, debido a que hay unidades académicas con un número reducido de docentes que podrían quedarse sin representación escolar, si no se permitiera la reelección.
En cuanto a los requisitos para ser rector, el artículo 21 actual establece que el candidato debe ser mayor de 28 años de edad y menor de 60 en el momento de la elección, así como contar con un mínimo de cinco años de ejercicio profesional.
Según la modificación, se solicitará que el candidato a rector sea mayor de 35 años de edad y menor de 60 al momento de la elección, acreditar por lo menos tres años de experiencia en la administración universitaria, con antigüedad mínima de diez años al servicio de la UAG y contar con producción académica acreditada.
Reyes Carreto expuso que en años anteriores, la ausencia del rector le causó problemas a la UAG, en el artículo 22 actual se establece que el secretario general, cargo que desempeña José Romero Olea, quien fue nombrado luego de que Rogelio Ortega Martínez dejara la universidad para convertirse en gobernador sustito el año pasado, cubrirá al rector en ausencias no mayores a dos meses.
En caso de que se exceda el límite de dos meses, el Consejo Universitario designará al secretario general como rector y éste deberá convocar a elecciones en un plazo máximo de tres meses.
La propuesta es que cuando el rector se ausente por causa justificada, hasta por 90 días ininterrumpidos o acumulables, el secretario general ocupará el cargo. Si la ausencia es mayor o definitiva debido a enfermedad, renuncia, deceso o remoción, el secretario o rector encargado convocará en un periodo no mayor a un mes a una reunión extraordinaria del Consejo Universitario, para nombrar a un sustituto, quien completará el periodo de gestión.

Se propone la creación de un tribunal universitario

En cuanto a los órganos de fiscalización y cumplimiento de la normatividad, según la ley vigente, la responsabilidad recae en la Contraloría General, quien depende del Consejo Universitario, el cual le asigna su propio presupuesto.
La propuesta es que la Contraloría se encargue de la fiscalización y vigilancia en el origen, asignación y aplicación de los recursos materiales, humanos, financieros, técnicos, científicos y culturales, en general, del control, evaluación y desarrollo de los procesos administrativos de la UAG.
Para ser contralor, se requerirá ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos, poseer título de licenciatura y grado de maestría o de doctorado, debidamente legalizados en el área contable, tener al menos cinco años de experiencia profesional en auditoría, fiscalización y responsabilidad contables, ser de honorabilidad reconocida y no haber causado daños a la UAG, no tener antecedentes penales por delitos dolosos y no haber sido inhabilitado por cualquier autoridad.
En la rendición de cuentas, se especificó que los directores y funcionarios no presentan su informe, además de que los órganos colegiados no funcionan como instancias de rendición de cuentas, por lo que se propone que todas las autoridades unipersonales de la UAG informen, expliquen y justifiquen los resultados obtenidos, de manera obligatoria, cada año.
En la UAG las instancias para la resolución de controversias son la Comisión de Honor y Justicia, que “sólo atiende asuntos cuando son turnados al Consejo Universitario, pero no está definido una instancia y tampoco tiene carácter profesional”, la dirección de Asuntos Jurídicos y la Defensoría de Derechos Humanos y Universitarios.
El problema, según la Coordinación del 5 Congreso General Universitario, es que “no existe en la legislación actual, una instancia u órgano que investigue y resuelva las controversias suscitadas entre universitarios e impartición de justicia, que aplique la legislación interna”.
Por lo que se propone la creación de un tribunal universitario, que integre un presidente y un secretario profesionalizados, además de tres maestros eméritos elegidos mediante insaculación, con duración de dos años.
El tribunal universitario tendrá competencia para conocer y resolver los conflictos que se susciten entre los miembros de la comunidad universitaria, con motivo de infracciones a la ley, estatuto, reglamentos y acuerdos de los consejos académicos y universitarios.
Sin embargo, este fue un primer informe de la Coordinación del 5 Congreso General Universitario, que podría modificarse en lo posterior antes de la realización del congreso, para el cual aún no se define fecha.

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