Miguel Ángel Granados Chapa
PLAZA PÚBLICA
El Papa, el Presidente, el obispo y el ministro
Aunque dedicaron cuatro sesiones a discutir dos acciones de inconstitucionalidad, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no hicieron formalmente nada. Vivieron días sin huella. Por más que siste miembros del máximo tribunal tuvieran como contrarios a la Constitución federal sendos artículos de las constituciones locales de Baja California y San Luis Potosí, sus votos fueron insuficientes para que dejen de tener vigor. Se requerían ocho. Y a pesar de que se colocó en la posición contraria sólo una minoría de cuatro, fueron bastantes para que las acciones de inconstitucionalidad fueran desestimadas, y enviadas al limbo judicial.
“El que se desestime una acción de inconstitucionalidad implica que no exista un precedente del Alto Tribunal”, explicó este mismo órgano, “puesto que la consecuencia de la desestimación equivale a que el asunto no cuenta con una resolución en ningún sentido”. O sea que entre el lunes 26 y el jueves 29 no pasó nada, aunque hubiera pasado mucho. Me preguntó si ante esa ausencia de decisión jurídica, los ministros que anunciaron sus votos particulares lo harán, y aun si será necesario que el ponente Fernando Franco realice el engrose de su posición incluyendo las observaciones de quienes se inclinaron por su posición de declarar inconstitucionales textos básicos de Baja California y San Luis Potosí, pero difirieron de algunos de sus planteamientos. El peculiar desenlace de los debates no permite que sean citados. Serán más que archivados. No han existido.
La materia detrás de la discusión judicial formal, sin embargo, se puso en ebullición ante el debate en la Corte. Aunque no se planteó formalmente ningún texto penal referido a la interrupción legal del embarazo, lo cierto es que se trataba de determinar conforme a la ley constitucional si es verdad o no que los vida comienza a partir de la concepción y es por ello, o no, objeto de protección jurídica. La importancia política del debate había sido evidenciada por las presiones que se ejercieron públicamente sobre la Corte, y por la reacción ante el no-resultado del debate. Un numeroso grupo de organizaciones y personas contrarias al aborto, dieron a la ministra Margarita Luna Ramos, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Jorge Mario Pardo Rebolledo “gracias por su representación y congruencia”. Agradecieron también su argumentación, en virtud de la cual “se ha reconocido la libertad que tienen los estados para proteger en sus constituciones el derecho a la vida desde el momento de la concepción, lo cual no se contrapone ni restringe en forma alguna los derechos que tenemos las mujeres, sino que los fortalece”
En sentido contrario, un número aun mayor de grupos civiles y activistas celebraron “que siete de los once ministros… se hayan pronunciado a favor de los derechos humanos de las mujeres al considerar que las reformas que protegen de forma absoluta la vida en gestación…son inconstitucionales por no respetar los derechos a la vida, salud, integridad y privacidad de las mujeres…
“Festejamos que el máximo tribunal de justicia del país tenga una voz mayoritaria con argumentos jurídicos que garantizan el respeto de los derechos humanos de las mujeres y son propios de un estado laico y democrático. En ese sentido, aplaudimos el proyecto del ministro Franco así como a la ministra Sánchez Cordero, así como a los ministros Zaldívar Lelo de Larrea, Silva Meza, Cossío Díaz, Valls Hernández y Aguilar Morales, uienes optaron por salvaguardar la vida y la salud de las mujeres”.
El voto clave en el debate correspondió al ministro Pardo Rebolledo, apenas hace unos meses miembro del pleno. Propuesto por el presidente Calderón, fue sujeto a un interrogatorio por la bancada panista en el Senado, en que se abordó su posición ante el aborto. Tal vez su respuesta fue determinante para el apoyo que le ofreció la fracción blanquiazul. Y ahora se comprobó la razón. De haber votado por la inconstitucionalidad en debate se habría formado la mayoría calificada y habría habido un desenlace diferente del que corrientes encontradas festejan.
Como si fuera parte del debate judicial, el obispo de Mexicali, José Isidro Guerrero Macías, explicó lo ocurrido el miércoles pasado, tercer día del debate sobre la constitucional bajacaliforniana: “casi perdíamos… pero una llamada del Papa, no se a quién, no me pregunten, cambio todo. Más que satisfecho con lo ocurrido en el DF, el prelado que gobierna la diócesis capitalina de aquella entidad se ufanó de que en el proceso “el Papa participó, el gobernador participó, el Presidente participó”.
Como es natural, la Corte negó inmediatamente haber recibido llamada alguna en cualquier sentido. El Vaticano, nunca se sabe si por guardar cara o por respeto a la verdad, desmintió también al obispo que anteayer viernes se desdijo sin mayores explicaciones. Pero lo dicho dicho estaba.
(El obispo Guerrero Macías fue rector del seminario de Culiacán antes de ser ungido tercer obispo de Mexicali, que comprende no sólo la capital de Baja California sino la porción occidental de Sonora. No tiene en política carta aborrecida. Lo mismo se solidariza con el gobierno panista, a cuyo titular coloca como uno de los motores del proceso ante la Corte, que expresa su cercanía con Jorge Hank Rohn. En junio pasado, cuando el casinero estaba preso, le envió una carta que el destinatario hizo pública por convenir así a sus intereses. Como quien se dirige a un hijo fiel de la Iglesia, el obispo le notificó: “Lo pongo a usted en mis oraciones como siempre, lo mismo que a su apreciable señora esposa y familia, para que el Señor Dios lo fortalezca en su esperanza y lo llene de su paz… Aun cuando las palabras en estos momentos no transmiten todo lo que pueden expresar, sepa que junto a su servidor hay muchas personas que lo conocen y aprecian por lo que es usted como persona y amigo”).
Quien participó de modo público, y desafiante, como si pretendiera influir en el ánimo de los ministros, fue el presidente de la República. El lunes envió una extraña, por lo menos inoportuna solicitud al Senado de la república. Propuso retirar una reserva con que México firmó en 1981 la Convención americana de derechos humanos. El artículo cuarto de ese instrumento internacional, muy en boga y uso ahora en México, pero prácticamente desconocido durante años, se refiere al derecho a la vida, una formula que el gobierno y el Senado resolvieron no aceptar entonces y por eso la dejaron a un lado (a eso equivalen las reservas).
Ahora Calderón busca que el Senado elimine la reserva y México acepte plenamente el artículo cuarto de la mencionada Convención. Dado el estado actual de los derechos en México sería por lo menos conveniente abrir esa posición a debate. Pero el Presidente presentó su iniciativa con el ánimo de reforzar su política en esta materia, conservadota si las hay y que está regida por su afiliación a la Iglesia católica. Debe recordarse que en 2007, cuando la propia Corte, en sentido diferente a lo ocurrido esta semana resolvió que era conforme a la Constitución federal la reforma legal capitalina que estableció como lícita la interrupción del embarazo en las primeras doce semanas, el presidente no permaneció impasible. Dispuso que el procurador general de la república iniciara una acción de inconstitucionalidad para abatir ese avance en las libertades públicas. No lo consiguió pero tampoco se cruzó de brazos. Junto con su partido y el Episcopado emprendió la vasta labor política y jurídica de enmendar las constituciones de todos los estados para impedir que sus códigos penales pudieran en algún momento ser reformados en el sentido en que lo hizo la Asamblea legislativa del Distrito Federal.
La tarea ha sido cumplida en 18 entidades. No está excluido que el programa conservador busque colocar en la misma posición al resto de las legislaturas El propósito será alentado por lo ocurrido en la Corte esta semana, Por lo pronto, la fracción dirigida por José González Morfín tiene la misión de sacar adelante la promoción presidencial. Se supondría que es una tarea imposible, en pleno fragor electoral. Pero como es difícil discernir entre un conservador priísta y uno panista, tal vez resulte eliminada la reserva que hace treinta años presentó el digno canciller don Jorge Álvarez de la Rosa.
El pasado presente. Dos de octubre no se olvida. Es imposible no tener presente lo ocurrido un día como hoy en la Plaza de las tres culturas, en Tlatelolco. Allí, en 1968, el gobierno del presidente Díaz Ordaz (en particular el propio ejecutivo y su jefe de estado mayor) , perpetró una doble infamia. Por su lado, disparó contra una multitud que demanda respeto a sus derechos civiles, y de ese modo asesino y lesionó a muchos de los manifestantes, que se reunían conforme a la ley. Y en una aberración de enorme gravedad, arrestó allí a cientos de personas a las que convirtió de víctimas en verdugos, para juzgarlos por los hechos que se habían planeado en su contra.
Para recordar esta doble infamia, reproduciré parte del alegato presentado en su defensa por el gran escritor José Revueltas, detenido sin causa legal, y únicamente por su participación en la movilización social:
“Respetables señores que integran el organismo que nos juzga y ante el cual comparecemos:
Han de excusarme porque me dirija a ustedes sin darles el título que corresponde a su investidura. Por más esfuerzo que ha hecho por encontrar la definición, no he podido dar con ella racionalmente, ni me puedo explicar nada de cuanto sucede, qué es y a qué obedece. Creo que el derecho a la duda lo he conquistado en el lapso de casi dos años que llevo preso y en que, después del acto de formal prisión, no se me ha llamado a ninguna diligencia, a ninguna audiencia, y hasta ahora he tenido el honor de conocer en persona al licenciado Eduardo Ferrer McGregor, nuestro juez, o que aparece como juez de algo o de alguien. Lo único claro que hemos visto aquí ha sido la actuación del cuerpo de la defensa, abogados que se han portado con rectitud, con honradez, con integridad. Aprovecho la oportunidad para esclarecer por qué al principio de la audiencia, hice la revocación de mis defensores. Lo hice porque cometí un error de interpretación al examinar el código de procedimientos penales y creí que eran excluyentes el derecho al alegato final de la defensa y el asumir uno mismo su autofensa. Yo defendí mi derecho de hablar aquó y hasta ahora me doy cuenta de que podían hacerlo tanto el abogado como el acusado. No revoqué, pues, a mis defensores, porque dudara en lo más mínimo de su solvencia. Aprovecho la oportunidad para referirme al señor Abogado de oficio cuyo nombre, por desgracia, inoro, que ha hecho aquí con toda honradez y lealtad la defensa de nuestros compañeros .La actitud de ese abogado, aquó, restituye en su dignidad al cuerpo de defensores de oficio. Séame permitido saludarlo y felicitarlo.
Y ahora repito: estamos ante una ficción incomprensible que no se puede calificar con exactitud. Pido que me acompañen en los razonamientos que me he visto en la necesidad de desenvolver para llegar a algunas definiciones.
Lo primero, entonces, que ha de plantearse aquí, es la naturaleza de este acto, pues todos necesitamos saber en qué consiste, quiénes lo componemos y en condición de qué; cuáles son los deberes y obligaciones de unos, en qué residen las circunstancias de otros. Claro que el código nos ilustra con suficiente autoridad al respecto, y aun hay otras fuentes pródigas y abundantes para informarnos: el derecho penal, los conceptos de juridicidad, la filosofía del derecho. Fuentes no sólo abundantes sino de las que con fundada sospecha , casi tenemos la seguridad de que hayan bebido en ellas su sabiduría nuestros acusadores. Ojalá no nos equivoquemos. Sin embargo, ninguno de estos instrumentos basta a satisfacer nuestra perplejidad. El código penal, el de procedimientos, los conceptos de derecho, su filosofía, nada de todo eso nos proporciona la respuesta que intentamos obtener acerca de lo que significa, lo que contiene, y la razón en que se fúndale acto, a todas luces extraordinario, que aquí nos reúne. Porque el texto de los instrumentos jurídicos, la letra de la ley, el articulado del código, establecen cierto número de definiciones y categorías, pero curiosamente en ninguna de ellas cabe lo que está sucediendo.¿Qué es lo que ocurre entonces?
Ni la imaginación ni la fantasía pueden ayudarnos en este caso, por mucho que todo nos parezca fantástico e irreal.
¡Vaya!, ni la imaginación ni la fantasía del ministerio público podrían sernos útiles, pese a que nos ha mostrado que las posee en alto grado, durante su intervención en la audiencia. Y aun su lógicas, que corre pareja con aquellas. Pero habrá que detenernos un momento en la naturaleza de la lógica que pone en uso aquí el ministerio público y sus representantes. Es una lógica basada en un sistema de extrapolaciones de las cuales deriva, entonces un encadenamiento que le resulta así muy fácil. Nos acusa, en el capítulo del delito de daño en propiedad ajena, de todos los perjuicios y destrozos ocasionados por las demostraciones callejeras”, algo imposible de probar.




