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Ningún Registro Civil puede negarse a efectuar bodas gay: Huerta Pegueros

Anarsis Pacheco Pólito

Chilpancingo

La coordinadora técnica del Registro Civil Estatal, María Inés Huerta Pegueros, enfatizó que en todo el país no puede haber ningún juez u oficial del Registro Civil que se niegue a efectuar una boda entre personas del mismo sexo.
“Ahora ya no hay nada que lo impida, de tal manera que lo único que faltaría y que tampoco es impedimento, pero si es el camino a seguir, es necesario que se armonice el Código Civil”, puntualizó.
Consultada vía telefónica explicó que en la última adición al capítulo primero de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos sobre el establecimiento de la prohibición expresa a toda forma de discriminación relacionada con la preferencia sexual de las personas, al convalidar esto quiere decir que “en todo el país no puede haber ningún juez u oficial del Registro Civil que se niegue a efectuar una boda entre personas del mismo sexo”.
Explicó que se estarían violando sus derechos porque además las estarían discriminando por su preferencia sexual, por lo que recordó que el 22 de junio fue aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Explicó que en la Secretaría General de gobierno ya está la propuesta para que procedan las adiciones al Código Civil, para que se presente en el Congreso Local.
Ante esto dijo que a pesar de que aún no se han entregado al Congreso, no hay impedimento legal para celebrar la boda colectiva.
“La boda colectiva gratuita entre personas del mismo sexo no hay nada que lo impida; lo vamos a hacer”, agregó.
Dijo que para celebrar las bodas este próximo 10 de julio se envió al Registro Nacional de Población y de Identificación Personal el formato de matrimonio entre personas del mismo sexo.
Enfatizó que las modificaciones que se realizarán al Código Civil del estado “son mínimas”, porque no tienen nada legal que impida que se celebre el matrimonio.
Explicó que se tendrían que modificar los artículos 411 y 412 del Código Civil para que el más importante, el 411, quede: “matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida en donde ambos procuraran respeto igualdad y ayuda mutua”.
“Cualquier ley que se tenga enfrente, no puede estar por encima de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la nación, este es un paso necesario armonizar los códigos”, agregó.
Enfatizó que la falta de las modificaciones no le impiden a ella poder celebrar la boda masiva, ni le prohíbe reunir a todos los oficiales de registro para capacitarlos y conminarlos a observar fielmente lo que dice la Constitución y la nueva jurisprudencia.

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