Plantean ministros juicios paralelos a militares que violen derechos humanos
Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Ciudad de México
Ministros de la Suprema Corte de Justicia plantearon ayer la posibilidad de que militares acusados por delitos contra civiles sean juzgados tanto en el fuero de guerra como en el fuero ordinario, para que no se dejen de sancionar conductas que agravian a las Fuerzas Armadas.
“En vez de acumular, debiéramos propiciar la separación de los procesos, porque para la justicia militar es muy importante tener el control de sus miembros, para efectos de jerarquías, disciplinas y responsabilidades militares, si les quitamos eso y lo pasamos al fuero común, ahora va a resultar que los delitos militares quedarían sin sanción”, propuso el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, a quien secundó José Ramón Cossío.
En el segundo día de debates sobre límites de la justicia militar, el pleno de la Corte no logró encontrar un punto sobre el cual emitir alguna votación, pero ya se perfila claramente una mayoría que se pronunciará por enviar el caso del Coronel José Guadalupe Arias Agredano a un juez civil, ya sea federal o local.
Arias está acusado de encubrir el homicidio el joven Jehtro Ramsés Sánchez en Cuernavaca, en mayo de 2011, cuyo caso es el primero de 30 expedientes que la Corte deberá resolver para aclarar cuáles son los tribunales que deben procesar a soldados acusados de todo tipo de crímenes.
Cinco ministros ya expresaron que el caso debe salir del fuero de guerra -lo que confirmaría el criterio del juez militar que declinó llevarlo desde el año pasado-, pero también prevalecen múltiples diferencias sobre la forma de abordar el asunto y los criterios de fondo.
Mientras Ortiz y Cossío afirmaron que es posible llevar juicios por separado en ambos fueros por los mismos hechos, Luis María Aguilar consideró que sólo es posible el juicio en el fuero civil, pero que no hay impedimento para que los jueces ordinarios apliquen de ser necesario el Código de Justicia Militar.
“Para mí el hecho de que un juez del orden común conozca y resuelva respecto de la tipificación del un delito contenido en el Código de Justicia Militar no impide que se alcancen los fines que busca el Código de Justicia Militar”, explicó Aguilar, “lo que exige la Constitución es que no sea juzgado por un juez del fuero militar, sino que sea juzgado por un juez del fuero ordinario”.
Asimismo, mientras un bloque de ministros parece dar por hecho que los delitos que involucren a civiles nunca deberán ser procesados por tribunales militares, como afirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Rosendo Radilla y la propia Suprema Corte el año pasado, sus colegas Margarita Luna Ramos y Salvador Aguirre se pronunciaron categóricos en favor de que el Coronel Arias sea juzgado en el fuero de guerra.
“El fuero militar no es un privilegio, el fuero militar para mí es una competencia que se da a tribunales específicos en función de la razón de ser y de la existencia del Ejército mexicano en nuestro país”, afirmó Luna, quien en 2011 no participó en las discusiones sobre la sentencia de la CIDH en el caso Radilla.
“La jurisdicción militar sólo debe juzgar a militares por la comisión de delitos o faltas que por su naturaleza, su propia naturaleza, atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar; esto es, que atenten contra los ejes rectores de la disciplina militar, como puede ser el deber de servicio, la disciplina y la obediencia”, replicó Olga Sánchez.
Y mientras la Corte discute un proyecto de sentencia que sugiere enviar el caso a un juez local penal de Morelos porque el Coronel estaba franco y no usaba uniforme el día de los hechos, Fernando Franco y varios ministros más sostuvieron que el militar sí estaba en activo, y por tanto, al ser un servidor público federal en funciones, debe procesarlo un juez federal.
“La circunstancia de que (Arias) no tuviera asignada ninguna función ese día concreto, que hubieran establecido ese día como franco para los elementos del Ejército, no quiere decir que esta persona no guardara el estatus y las facultades que le concede su propio rango dentro de la Fuerzas Armadas”, expuso Jorge Pardo.
De hecho, la calidad del Coronel Arias como militar en activo el día del homicidio de Sánchez fue uno de los pocos puntos en que casi todos los Ministros estuvieron de acuerdo, dado que pese a estar en un día de asueto, Arias habría dado órdenes a los autores del crimen para ocultar el cadáver.
En cambio, generó desacuerdos la mención del artículo 13 de la Constitución de que los delitos en que “esté complicado un paisano” no deben ir al fuero militar.
Para Aguilar eso incluye a las víctimas, pero para Aguirre y Luna, por ejemplo, sólo abarca casos en que el civil sea cómplice.
“El hecho de que se involucre a un paisano, dice el artículo 13, yo no lo entiendo relacionado con la víctima, sino que lo entiendo relacionado con un coparticipe”, explicó la ministra.
La discusión continuará el jueves.




