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Se perfila la Corte a ampliar las restricciones al fuero de guerra en delitos que cometen militares

Víctor Fuentes / Agencia Reforma

Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia no alcanzó, por el momento, votación suficiente para extender la restricción al fuero de guerra a delitos cometidos por militares donde no hay víctimas civiles identificables, aunque está muy cerca de llegar a esa conclusión.
Por 8 votos contra 2, el pleno resolvió ayer que un juez federal de Morelia debe hacerse cargo del proceso contra tres militares que en 2011 sembraron mariguana en un vehículo para inculpar a un civil y posteriormente fueron acusados de falsedad en declaraciones y fabricación de pruebas.
Sin embargo, solo cinco ministros fueron categóricos en afirmar que la razón para enviar el expediente al fuero ordinario es que los delitos no afectan a la disciplina o los bienes castrenses, con independencia de si hay víctimas civiles o no.
Luis María Aguilar y Jorge Pardo, si bien votaron con los resolutivos, aclararon que a su juicio las acciones de los militares sí involucraron a civiles y afectaron sus derechos humanos, aunque técnicamente no califiquen como víctimas de los delitos imputados a los soldados, y por esa razón debe conocerlos un juez federal.
Por su parte, José Ramón Cossío, que también integró la mayoría, detalló que el caso no es militar porque los hechos no ocurrieron dentro de un cuartel o guarnición y porque se reconoció a los civiles el carácter de coadyuvantes en la indagatoria contra los soldados, a grado de que aportaron un video que probó que se había sembrado la droga.
Fernando Franco estuvo ausente de la sesión y aún no está claro si del expediente votado ayer podrán derivar tesis aplicables en casos futuros.
La Corte aún tiene pendiente revisar al menos siete amparos promovidos por soldados acusados de delitos contra la salud y colaboración con la delincuencia organizada, que podrían permitirle aclarar si este tipo de crímenes sin víctima civil también deben salir de los tribunales militares.
“Si se comete un delito del orden militar por un militar y no afecta a civiles, pues este caso es el único en que hay jurisdicción militar; pero si se comete cualquier otro tipo de delito que no es del orden militar aunque no haya víctimas civiles no debe ser conocido por un juez militar”, afirmó Arturo Zaldívar en el grupo mayoritario.
Juan Silva y Olga Sánchez Cordero recordaron la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Rosendo Radilla, cuyo párrafo 274 sostiene que si los actos imputados a un militar no afectan bienes jurídicos de la esfera castrense dicha persona debe ser siempre juzgada por tribunales ordinarios.
Cossío replicó que la expresión “bienes de la esfera castrense” es desafortunada por su vaguedad y obligará a la Corte a cumplir una tarea que corresponde al Congreso, que también está obligado a cumplir con las sentencias de la CIDH.
“Estaremos discutiendo interminablemente si el delito daña o no un bien castrense, sin poder definir claramente este tema”, advirtió.
En el caso analizado, tanto el juez militar como el federal habían rechazado tener competencia, por lo que ni siquiera se ha librado la orden de aprehensión contra los involucrados, que son el teniente Clemente Hernández Jiménez, el sargento segundo Antonio Martínez Morales y el cabo Aníbal González Rangel.

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