Impugna el Ejército fallo que ordena juzgar a un militar en tribunales civiles por el asesinato de un indígena
Impugna el Ejército el amparo contra el fuero
militar que ganó la familia de un indígena ejecutado
Zacarías Cervantes
Chilpancingo
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) impugnó la sentencia que concedió el amparo contra la extensión del fuero castrense a los familiares del indígena nahua, Bonfilio Rubio Villegas, ejecutado por militares en un retén instalado cerca de Huamuxtitlán en 2009.
El Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan manifestó ayer que con ello el Ejército “se opone a una sentencia histórica en materia de derechos humanos, y que la presentación de dicho recurso de impugnación evidencia que el gobierno federal sigue defendiendo la extensión del fuero militar sobre casos de violaciones a derechos humanos.
El organismo civil de defensa de los derechos humanos informó ayer que la Sedena, en representación del presidente de la República, Felipe Calderón, impugnó mediante la presentación de un recurso de revisión la “histórica” sentencia del 2 de diciembre de 2011.
Con esa sentencia los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, quien en el 2009 fue asesinado por elementos del Ejército mexicano, obtuvieron el amparo de la justicia federal en un juicio donde impugnaron la extensión del fuero militar sobre la investigación y el juzgamiento de dicha ejecución.
Tlachinollan recuerda que la demanda de amparo la presentaron al saber que la ejecución del indígena Rubio Villegas estaba siendo investigada en el fuero militar, por lo que impugnaron tanto la declinación de competencia por parte de las instancias civiles, como la asunción de competencia de las instituciones castrenses.
Resultado de ello, en lo que Tlachinollan calificó como un “fallo histórico”, fue concedido el amparo a los familiares de Bonfilio Rubio, “lo que significó que por primera ocasión se protegió a las víctimas civiles de la inconstitucional expansión del fuero militar”.
Sin embargo, Tlachinollan informó ayer que los familiares de Rubio Villegas han sido notificados recientemente que la Sedena, por medio de la Procuraduría de Justicia Militar, actuando en representación legal del presidente de la República, ha interpuesto el recurso de revisión en contra de la “inédita sentencia”.
“La Sedena esgrime argumentos como que a la fecha no existe ninguna norma jurídica que establezca […] que cuando un militar cometa un delito en perjuicio de un civil la competencia para conocer del asunto radique en una autoridad judicial del orden común”, informó el organismo de derechos humanos.
Las autoridades castrenses también argumentan, según Tlachinollan, que “es también totalmente falso que la sentencia que se dictó por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Radilla Pacheco contra el Estado mexicano, sea jurisprudencia de dicha Corte, toda vez que se trata única y exclusivamente de una sentencia dictada en un caso específico enfocado a resarcir a los ofendidos en dicho juicio”.
En este sentido agrega que: “la Sedena considera ilegal lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Máximo Tribunal del país, respecto del valor que le reconoce a la determinación de la SCJN en el asunto Varios 912/2010 relativo al caso Radilla”, puesto que en su recurso de impugnación, afirma, “el mismo es ilegal, porque no derivó de un expediente en revisión que hubiere llegado al más alto Tribunal del país por un conflicto competencial, por lo que el mismo carece de validez, máxime que ninguna norma jurídica faculta al pleno de la SCJN, para que en un expediente de naturaleza administrativa y no jurisdiccional, haga pronunciamientos de este tipo, a más de que tampoco constituye jurisprudencia ni es tesis de jurisprudencia por lo que su observancia, no es obligatoria”.
Tlachinollan denuncia que con esos argumentos la Sedena “da claras muestras de no variar su defensa a ultranza del fuero militar y, además de incumplir con las obligaciones jurídicas emanadas del orden constitucional vigente, muestra que el Ejército no se sujeta ni se sujetará al control civil en tanto no se reforme el Código de Justicia Militar”.
Añade que dada la trascendencia del fallo, el propio Consejo de la Judicatura Federal difundió en su momento la nota informativa 48/2011. “Mientras que los familiares de Bonfilio Rubio Villegas y sus representantes, a través de un boletín difundido el 12 de diciembre de 2011, calificaron el fallo como un hito sin precedentes e instaron a la Sedena a acatarlo”, recordó el organismo civil.
Sin embargo, manifiestó que la impugnación de la sentencia, “muestra que no sólo no se han explorado los mecanismos, sino que incluso en aquellos casos donde existe una orden judicial sobre la remisión de un expediente del fuero civil, el cumplimiento de tales sentencias es eludido por la Sedena, con la aprobación de la Presidencia de la República”.
Tlachinollan agregó que, además, en su recurso la Sedena sostiene que la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas “no constituye una violación a derechos humanos refiriendo que: no se trató de una violación a los derechos humanos, toda vez que en ningún momento el Estado ordenó directamente al tercero perjudicado Valentín Alejo Hilario, que privara de la vida al indígena nahua”.
“Ante ello, para el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y el Monitor Civil de la Policía en La Montaña de Guerrero (Mocipol), con la presentación de este recurso queda en evidencia que la Sedena no está dispuesta a tolerar la limitación del fuero militar ni en razón de las sentencias de la Corte Interamericana; ni en virtud de la resolución de la SCJN en el Caso Radilla”.
En este contexto los dos organismos expresan la urgente necesidad de que se reforme el Código de Justicia Militar conforme a lo ordenado por la Corte Interamericana en los casos Rosendo Radilla Pacheco, Inés Fernández Ortega, Valentina Rosendo Cantú; así como Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabera García.
Tlachinollan informó que actualmente el recurso de revisión se encuentra radicado en el Segundo Tribunal Colegiado especializado en las materias Penal y Administrativa, del Vigésimo Primer Circuito Judicial, con sede en Acapulco, Guerrero, bajo el Número 39/2012, donde en breve dicho órgano judicial deberá pronunciarse sobre su admisibilidad y, en su caso, sobre la remisión del expediente a la SCJN.
El organismo concluye que, en este sentido, el caso de Bonfilio Rubio Villegas “pondrá a prueba la aplicación, por parte del Poder Judicial, de la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos”.




