Octavio Klimek Alcaraz
Hacer realidad el derecho al agua
Una de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es de un gran valor, es la del derecho al agua de las personas. Finalmente nadie puede vivir sin agua, así de simple es nuestra vida humana. Dicha reforma constitucional entró en vigor el 9 de febrero del año 2012. Se trata de la adición de un párrafo sexto al artículo 4 de la Constitución, que dice de manera textual lo siguiente:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
De la lectura del nuevo párrafo sexto del artículo 4 constitucional, se desprende que el Estado mexicano debe otorgar a las personas de este país agua para su consumo personal y doméstico, así como su saneamiento. El agua debe ser suficiente en cantidad, salubre y aceptable, o sea de buena calidad en términos de salud y ambientales, y accesible en el más amplio sentido, de manera física o económica. Ojo no se trata de otorgar agua gratis, no dice eso la Constitución, pero si obliga al Estado a garantizar el derecho al agua a las personas con una serie de criterios muy claros.
Señala además la reforma que el Estado a través de una ley debe establecer las bases, apoyos y modalidades para su acceso y uso equitativo, muy contrario a la actual inequidad en donde una concesión otorgada a través de la Comisión Nacional del Agua puede dar más agua a una industria o a un regadío, que el de satisfacer el consumo humano, y debe ser sustentable, es decir, satisfacer las necesidades actuales de las personas, sin comprometer las de las personas en el futuro.
Además, en dicha ley se mandata que se debe claramente definir la participación de la federación, estados y municipios, así como la participación de la ciudadanía para lograr sus fines.
Por ello, para concretar el derecho al agua de las personas se adiciona un artículo tercero transitorio en el decreto de la reforma constitucional, que mandata al Congreso de la Unión a emitir una Ley General de Aguas.
Lo anterior debía ser cumplido en los primeros días de febrero de este año. Infortunadamente, esto no se ha cumplido, principalmente porque la anterior legislatura después de lograr esta reforma olvidó este mandato clave y recién entró una nueva legislatura en el Congreso de la Unión.
El texto del artículo tercero transitorio dice:
Tercero.- El Congreso de la Unión, contará con un plazo de 360 días para emitir una Ley General de Aguas.
Impulsar una nueva Ley General de Aguas en nuestra opinión no solo debe ser reglamentaria del artículo 4, también debe reglamentar el artículo 27, que se refiere a la propiedad de la nación de las aguas superficiales y subterráneas, y el artículo 115, que deben prestar el servicio público de abastecimiento de agua potable y realizar su saneamiento.
Cuando se señala reglamentar en la Ley General de Aguas el artículo 27 constitucional, lo que queremos decir es que hay que abrogar la actual Ley de Aguas Nacionales, que a través de un sistema ineficiente de concesiones pretende basar la gestión del agua en México, hay que revisar la regulación a fondo de ese sistema de concesiones para otorgar el agua primero que nada a las personas. Cuando se habla de reglamentar también en la Ley General de Aguas el artículo 115 constitucional, se trata de descartar la iniciativa de impulsar una Ley de Agua y Saneamiento, que en distintos momentos se ha tratado de presentar en el Congreso de la Unión, y que busca de manera fragmentada primordialmente gestionar el agua en bloque que reciben los municipios, con cuestionables y provocadores criterios de eficiencia económica para impulsar la inversión privada en el sector del agua potable y saneamiento del país, sin entender que debe considerar la complejidad del ciclo hidrológico en su conjunto.
Nuestros argumentos parten de que la nueva Ley General de Aguas debe ser integradora, con un nuevo modelo en el que se asuma un enfoque ecosistémico, como fundamento primordial de la gestión de las aguas del país. En el que para lograr cumplir el mandato del derecho al agua de las personas de manera sustentable se tenga como objetivo precisamente recuperar y conservar el buen estado ecológico de los ecosistemas hídricos. Lo anterior contrasta de manera contundente con la política hidráulica tradicional, que hasta ahora ha dominado en México, en donde se considera de manera reduccionista y sectorial al agua como un recurso que puede ser usado para diversos usos humanos, sin entender que forma parte del ecosistema natural. La consecuencia de dicha política hidráulica tradicional es que su orientación principal es la de ofrecer agua para el uso de diversas actividades humanas, aplicando esto a través de una fuerte intervención en el ciclo hidrológico con la construcción de grandes infraestructuras como represas y trasvases, en muchos casos con impactos adversos en los ecosistemas, sin considerar por tanto un funcionamiento equilibrado en las distintas fases del ciclo hidrológico. Los resultados del fracaso de esta política hidráulica tradicional se observan a lo largo y ancho del país.
Nosotros proponemos por el contrario mayores incentivos para la reducción del uso inadecuado del agua, así como promover la restauración de los ecosistemas acuáticos, esto sin olvidar un adecuado mantenimiento de las infraestructuras ya existentes. Pero sobre todo impulsar un cambio en el estilo de la gestión del agua, hoy profundamente tecnocrático y centralista, para hacerlo más democrático y participativo, con mayor control y vigilancia en su regulación.
Con una nueva Ley General de Aguas con estas características, la ciudadanía, así como las instituciones relacionadas al tema, como la Comisión Nacional de Aguas y demás instituciones públicas del agua en las entidades federativas y los municipios deben comprender de inmediato las oportunidades que se abren en un país con una delicada situación en su política del agua. Se precisa realizar una reingeniería a fondo del actual modelo tradicional de la política hidráulica en México.




