Propone el IEEG que candidatos independientes tengan los derechos de los partidos con registro
Rosalba Ramírez García
Chilpancingo
En el proceso electoral de 2015, los ciudadanos que deseen participar en la elección para ocupar cargos de representación popular en ayuntamientos, así como diputaciones locales o gobernador, podrán hacerlo de manera independiente sin tener que participar en representación de un partido político.
Desde el 9 de agosto de 2012 se aprobaron las candidaturas independientes en todo el país. En el caso de Guerrero, los diputados locales tienen de plazo hasta el 9 de agosto próximo para legislar y que la ley local se empate con la federal.
Esto, para efecto de que en 2015 en el estado los ciudadanos guerrerenses que cuenten con respaldo ciudadano puedan participar en las elecciones constitucionales. En estados como Zacatecas y Quintana Roo ya participaron candidatos independientes en los procesos electorales.
En Zacatecas, en las elecciones del 7 de julio pasado, en el municipio Enrique Estrada, ubicado entre Fresnillo y Zacatecas, ganó la alcaldía el candidato independiente Raúl de Luna Tovar, con mil 378 votos contra 921 de la alianza PRD-PAN, y 431 del PRI.
El jueves, el Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG) entregó al Congreso local sus propuestas para la reforma y adiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero. Las propuestas fueron entregadas por los consejeros José Guadalupe Salgado Román y Jesús Villanueva Vega, presidente del IEEG y de la comisión para la reforma electoral, respectivamente.
Entre las propuestas se propone la modificación al artículo 17, en el que se planearía el derecho de cualquier ciudadano a solicitar el registro ante el órgano electoral, para postularse a cargos de representación popular sin someterse al sistema de partidos.
En la propuesta que entregaron a los diputados, se aclara que ninguno de los candidatos en la modalidad independiente podrá ser registrado a más de un cargo de elección popular en el mismo proceso electoral.
Se plantean los mismos derechos para los candidatos independientes y los que representen a partidos políticos, como el acceso a los tiempos en radio y televisión, y a los espacios en los medios de comunicación impresos, en forma proporcional a los otros candidatos.
Estarán obligados a no usar la violencia, y a utilizar las prerrogativas y el financiamiento exclusivamente para los gastos de campaña; además de sujetarse al tope de campaña fijado por el Consejo General del IEEG y retirar la propaganda que hubiesen fijado o pintado dentro de los 30 días siguientes a la jornada electoral en que participen. Las obligaciones de los candidatos independientes son las mismas que las de los de partidos políticos.
Los ciudadanos que deseen participar como candidatos ciudadanos tendrán que cumplir con los requisitos que establecerá la convocatoria del Consejo General del IEEG, y someterse al proceso de selección de candidatos independientes.
Deberán presentar la identificación de sus colores y, en su caso, el emblema que pretendan utilizar en la propaganda para obtener el apoyo ciudadano, los cuales no podrán ser iguales o semejantes a los utilizados por los partidos políticos con registro, y cumplir con todo lo establecido en la convocatoria para iniciar la etapa de obtención del respaldo ciudadano. Para gobernador el plazo será del 6 al 26 de febrero del año de la elección, para una fórmula de diputados y planilla de ayuntamientos, del 6 al 26 de marzo.
En los actos que realicen los aspirantes a candidatos independientes para obtener el apoyo de la ciudadanía, utilizarán financiamiento privado, consistente en aportaciones o donativos, en dinero o en especie, sin pasar los gastos de precampaña.
Los candidatos independientes registrados designarán a un representante ante los órganos electorales competentes, y un responsable de la administración de los recursos financieros y de la presentación de los informes de campaña.
Licitud de los recursos de campaña
También se aclara que las candidaturas serán negadas si no logran determinar la licitud de los recursos erogados en la etapa de obtención de respaldo ciudadano, o cuando a partir del mismo se concluya que el tope de gastos para tal efecto, o el límite de aportaciones individuales, fuera rebasado o no se haya satisfecho cualquiera de los requisitos.
Los candidatos independientes tendrán acceso en forma equitativa y gratuita, durante la campaña electoral, a los medios de comunicación social, al financiamiento público para sus actividades de campaña que determinará el Consejo General, las modalidades, formas, plazos y requisitos que deberán satisfacerse para el ejercicio de las prerrogativas.
Tiempos en radio y televisión
Tendrán derecho, en su conjunto, a tiempos en radio y televisión, como si se tratare de un solo partido político de nuevo registro, pero en forma proporcional al tipo de elección de que se trate. Únicamente en la etapa de las campañas electorales, estos participarán solamente en la distribución del 30 por ciento del tiempo disponible para los partidos políticos y coaliciones.
Los mensajes de los candidatos independientes serán transmitidos en las estaciones de radio y canales de televisión con cobertura en el estado, de acuerdo con el catálogo aprobado por el Instituto Federal Electoral (IFE).
En las propuestas también se establece que tendrán derecho al financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto, pero las erogaciones estarán sujetas al tope de gastos de campaña para la elección de que se trate (ayuntamientos, diputaciones o gubernatura), las cuotas voluntarias y personales que los candidatos aporten exclusivamente para sus campañas, estarán incluidas dentro de los topes establecidos para el financiamiento privado de los partidos políticos.
Financiamiento público y privado
Los candidatos independientes no podrán recibir como donaciones bienes inmuebles, sino únicamente el derecho al uso y goce de los mismos de manera temporal, durante el periodo de campaña electoral. También recibirán financiamiento público y podrán recibir financiamiento privado.
El candidato independiente al cargo de gobernador tendrá derecho a recibir, como financiamiento público, un monto equivalente al que corresponda a un partido político de nueva creación. Y a ayuntamientos tendrán en conjunto, derecho a recibir financiamiento público en una cantidad igual a la otorgada al candidato independiente a gobernador.
La comisión de Fiscalización y Financiamiento Público será la encargada de la revisión de los informes sobre el origen y destino de los recursos de campaña de los candidatos independientes; así como de la vigilancia del manejo y destino de sus recursos.
Pero la falta de presentación del informe financiero será causa suficiente para que el Consjeo General del IEEG inicie de oficio el procedimiento administrativo sancionador correspondiente, que podría ser negar o revoca el registro y declarar inelegible al candidato.
Para la fiscalización de los recursos de los candidatos independientes, se seguirá el procedimiento de fiscalización y revisión de cuentas, como a cualquier partido político o coalición, se lee en el documento que el IEEG entregó al Congreso local.
Los informes los deberán presentar ante la comisión de Fiscalización y Financiamiento, en los que expliquen el origen y monto de los ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como de su empleo y aplicación.
Si a partir del procedimiento de fiscalización, se comprueba la existencia de remanentes del total del financiamiento recibido por los candidatos independientes, deberán ser ingresados a la cuenta que determine el Consejo General, con objeto de que se reintegren al erario público.




