Ordena el IFAI a Semar revelar cifras sobre droga incinerada
La Secretaría de Marina (Semar) deberá informar sobre la cantidad de droga incinerada por elementos de esa dependencia entre mayo de 2012 y mayo de 2013, instruyó el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
A solicitud de un particular, la Semar respondió inicialmente que, según el Código Federal de Procedimientos Penales (CFPP), los indicios, huellas, vestigios del hecho delictuoso, instrumentos, objetos o productos del delito, asegurados por personal naval, son puestos a disposición de Agentes del Ministerio Público Federal, quienes están facultados para acordar y vigilar la destrucción de los estupefacientes o psicotrópicos asegurados, previa inspección de las sustancias, para determinar sus características, entre ellas su peso.
Por ello, argumentó, correspondería realizar la solicitud a la Procuraduría General de la República.
Ante esto, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, donde manifestó que la dependencia no turnó su solicitud a las unidades administrativas competentes.
También mencionó que el artículo 181 del CFPP señala que si bien el MP realiza los aseguramientos, autoridades auxiliares se encargan de la destrucción de las sustancias.
“En alegatos, la Semar a través de la Subjefatura Operativa del Estado Mayor General de la Armada, reiteró su respuesta inicial consistente en la incompetencia para conocer de la información requerida, misma que fue confirmada por su Comité de Información”, informó el IFAI en un comunicado.
El asunto se turnó a la comisionada Jacqueline Peschard, quien al elaborar el análisis jurídico encontró reportes periodísticos que dan cuenta de la participación de personal naval en las incineraciones y que en el Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2006-2012 la Semar dio a conocer la cantidad, por kilogramo, de estupefacientes que ha destruido como resultado de las operaciones realizadas contra el narcotráfico.
Además, los responsables del proceso están obligados a levantar un acta con los datos del área de cultivo y la cantidad o volumen de la sustancia correspondiente, explicó Peschard.
“Del análisis de la normatividad analizada se advirtió que el Estado Mayor General de la Armada y los sectores navales de la Semar son las unidades administrativas competentes para conocer de la solicitud de mérito”, apuntó el Instituto.
Por ello, a propuesta de la comisionada, se instruyó a la Marina a realizar la búsqueda de la información e incluir en la revisión los archivos del Estado Mayor General de la Armada y los sectores navales bajo su adscripción.
En su petición, el particular también solicitó información sobre las emisiones que produce la incineración de la droga, así como si éstas están permitidas por las autoridades ambientales. (Agencia Reforma / Ciudad de México).




