Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Tomás Tenorio Galindo

OTRO PAÍS

*Zorrilla en su casa al margen de la ley

La liberación de José Antonio Zorrilla Pérez, consumada la noche del pasado martes, fue concedida otra vez en condiciones ilegales. Al contrario de la liberación anticipada que en febrero de 2009 le regaló el gobierno de Marcelo Ebrard, en esta ocasión fue la jueza de ejecución de sanciones del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Belén Bolaños Martínez, quien resolvió que el responsable del asesinato del periodista Manuel Buendía termine su condena en la comodidad de su domicilio.
Zorrilla Pérez ha estado en prisión 24 años, y le faltan cinco más de los 29 años, cuatro meses y 15 días a los que finalmente fue sentenciado por el homicidio de Buendía, ocurrido el 30 de mayo de 1984. En 2009 el gobierno de Ebrard tuvo que dar marcha atrás a la decisión de otorgarle a Zorrilla el beneficio de la liberación anticipada, pues no reunía los requisitos legales para ello y la determinación fue producto de una interpretación sesgada de una sentencia de amparo, por la que se ordenaba a las autoridades del Distrito Federal cancelar una negativa a la solicitud de liberación anticipada y emitir una nueva resolución. Sin embargo, pese a que el juez no ordenaba liberar a Zorrilla, el gobierno de la ciudad de México quiso entenderlo así y lo sacó de la cárcel. La presión de la opinión pública obligó a las autoridades capitalinas a revocar la decisión y recapturar a Zorrilla en junio de 2009, después de pasar cuatro meses en libertad, en los que habría permanecido en un rancho de su propiedad en Atotonilco el Grande, estado de Hidalgo, de donde es originario.
La noche misma del martes en que Zorrilla abandonó el Reclusorio Oriente, el secretario general de Gobierno del Distrito Federal, Héctor Serrano, informó que “el caso ya está siendo analizado jurídicamente, por lo que la PGJDF podría apelar la decisión de la juez”. No tiene el gobierno de Miguel Ángel Mancera otra opción más que apelar la resolución de la jueza Bolaños Martínez, pues su fallo pasa por alto ostensiblemente varias disposiciones de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal.
De acuerdo con la escueta información que proporcionó el secretario de Gobierno del DF, el fallo de la juez obedeció al “precario estado de salud del interno”, pero no precisó cuál es la enfermedad que padece el ex titular de la desaparecida Dirección Federal de Seguridad.
Sin embargo, aun cuando efectivamente la ley prevé ese como un motivo para el otorgamiento de la reclusión domiciliaria “mediante monitoreo electrónico a distancia”, el artículo 32 establece categóricamente que a ese beneficio no pueden acceder quienes hayan sido sentenciados por homicidio. El artículo 31 impone otros requisitos que deben cumplir los aspirantes a la reclusión domiciliaria, algunos de los cuales tampoco cumple Zorrilla. Por ejemplo, ser primodelincuente, lo que el ex jefe policiaco no podría acreditar porque fue procesado y sentenciado por varios delitos antes de recibir la condena por el asesinato de Buendía, y “que la pena privativa de la libertad sea mayor a cinco años y menor de diez años de prisión”.
La ley impide a un juez conceder el beneficio de la pena domiciliaria sólo por causa de enfermedad, pues de ser así se vaciarían las prisiones. Zorrilla Pérez tiene 69 años de edad y está lejos de la senilidad. Y por si hiciera falta recordarlo, tampoco es un homicida común. Ordenó el asesinato de Buendía cuando dirigía el organismo policiaco más poderoso y temible del país, y para ello utilizó a los comandantes y agentes que estaban bajo sus órdenes. Después fue encubierto por el gobierno del presidente Miguel de la Madrid, que en lugar de encarcelarlo pretendió hacerlo diputado federal. Se mantuvo en la impunidad cinco años. Una vez en la cárcel, le fue permitido conservar la cuantiosa fortuna y numerosas propiedades que acumuló por medios ilícitos al amparo de su cargo, pues no fue procesado por el delito de enriquecimiento inexplicable. Esa fortuna es la que le ha facilitado durante 24 años obtener ventajas inaccesibles a los presos ordinarios. Aun persiste la sospecha de que hace cuatro años pudo estar libre cuatro meses gracias al abundante dinero del que dispone, que tiene su origen en la corrupción y en los vínculos que Zorrilla cultivó con narcotraficantes como Rafael Caro Quintero. Es por esa razón que Zorrilla ha mostrado una capacidad extraordinaria para litigar e interponer toda clase de recursos legales, que han reducido su condena (primero eran 35 años) o mitigado el rigor de la prisión. Entre los más recientes, hace un año, un tribunal federal le negó un amparo en el que Zorrilla solicitaba la anulación de la condena mediante el argumento de que había sido juzgado por un juez del fuero común, cuando era funcionario federal en el momento en el que cometió los delitos.
Dada la obsequiosidad con la que procedió la jueza Bolaños Martínez pese a la evidente improcedencia de la petición de Zorrilla, es pertinente preguntarse por la limpieza del procedimiento que condujo a su reclusión domiciliaria, que en la práctica equivale a una liberación. Jurídicamente era irrelevante la clase o gravedad de las dolencias que pudiera efectivamente padecer Zorrilla –o alegar que tiene–, por lo que el fallo debe ser fuertemente impugnado. Al enviar en esas condiciones a su casa y a la calle a un homicida de tal peligrosidad, la jueza se colocó por encima de la ley.

[email protected]

468 ad