Octavio Klimek Alcaraz
Impuestos al carbono
Octavio Klimek Alcaraz
El pasado 8 de septiembre fue presentado el Paquete Económico 2014 por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Uno de los proyectos de dicho paquete es la reforma para incluir impuesto a los combustibles fósiles en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
En la exposición de motivos se indica que su objetivo es la “reducción gradual de emisiones a la atmósfera de bióxido de carbono, principal gas de efecto invernadero”.
Para ello, se propone un impuesto a la enajenación e importación de combustibles fósiles de acuerdo con su contenido de carbono, y que a través de su aprovechamiento para la producción de energía en diversas formas, causan las emisiones de gases de efecto invernadero.
Se indica además, que al menos 33 países y 18 gobiernos sub-nacionales utilizan sistemas de precios para el carbono, tanto impuestos o sistemas de comercio de emisiones. En países como Australia, Canadá, Dinamarca, Eslovenia, Gran Bretaña, Holanda, Irlanda, Italia, Noruega y Suecia se han aplicado impuestos directos al contenido de carbono en los combustibles fósiles. Esto es importante comunicar, son muchos países que ya están trabajando en esta dirección para promover una economía libre de carbono.
También, se cita en la exposición de motivos, que con datos observados de octubre de 2012 a junio de 2013 por el Centro Mario Molina, se obtuvo un precio promedio de 5.70 dólares americanos por tonelada de carbono.
El impuesto al carbono se aplicará a las enajenaciones e importaciones que se realicen de los combustibles fósiles. Para delimitar los combustibles objeto del gravamen, se propone establecer cuotas específicas por tipo de combustible. En dicho sentido, se consideran las toneladas de bióxido de carbono por unidad de volumen, conforme a la siguiente tabla:
Conforme a la propuesta del Ejecutivo Federal, los contribuyentes del impuesto serán los fabricantes, productores e importadores por la enajenación o importación que realicen de los combustibles fósiles, siendo éstos los únicos sujetos del mismo, por lo que se propone establecer que las enajenaciones que realicen personas diferentes de los fabricantes, productores o importadores estarán exentas del impuesto, no considerándose a estas personas contribuyentes del impuesto por dichas enajenaciones.
Se entiende con ello que empresas públicas como PEMEX y CFE, así como industrias que enajenan o importan combustibles fósiles serían quienes pagarían de manera directa el impuesto (p. ej. la industria del acero). Interesante será conocer a mayor detalle, cómo impacta este impuesto en las empresas públicas y privadas. Las primeras reacciones han sido de las empresas de la industria del acero, que usan carbón mineral, sus representantes han declarado en diversos medios de información su inconformidad con el nuevo impuesto.
Como es un impuesto que pretende modificar conductas para reducir el consumo de combustibles fósiles, entendemos que va a estar incluido en los precios finales a los consumidores de los hidrocarburos fósiles. Esto significaría en principio un incentivo para reducir el consumo de los mismos. Es decir, por ejemplo, un litro de gasolina tendría un gravamen adicional de 16.21 centavos; 10 litros de 1 peso con 62 centavos, y así sucesivamente,
Aunque no se explicita el modelo para el cálculo, en el proyecto de la Ley de Ingresos 2014, se estiman que con este impuesto se generarían ingresos por aproximadamente 20 mil 441.7 millones de pesos. Si el precio promedio estimado de la tonelada de dióxido de carbono equivalente emitida está fijado en 70.68 pesos, significaría que se estarían gravando 289 millones 214 mil 770.8 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente.
Como referencia se debe indicar que conforme al Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero del año 2010, realizado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, se emitieron a la atmósfera gases de efecto invernadero que corresponden a 748 millones de toneladas dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq). Del total de estas emisiones, el sector de la energía representa el 67.3 por ciento (503.8 MtCO2eq); agricultura 12.3 por ciento (92.1 MtCO2eq); procesos industriales 8.2 por ciento (61.2 MtCO2eq); uso de suelo, cambio de uso de suelo y silvicultura 6.3 por ciento (46.8 MtCO2eq), y desechos 5.9 por ciento (44.1 MtCO2eq).
Las emisiones en la categoría de energía se desglosan de la siguiente manera: transporte 33.0 por ciento (166.4 MtCO2eq); industria de la energía 32.3 por ciento (162.9 MtCO2eq); emisiones fugitivas 16.5 por ciento (83.1 MtCO2eq); manufactura e industria de la construcción 11.3 por ciento (56.7 MtCO2eq), y otros sectores (residencial, comercial y agropecuario) 6.9 por ciento (34.5 MtCO2eq).
Dado que el uso de los combustibles fósiles se realiza en el sector de la energía, se puede considerar que el estimado del gravamen es conservador, ya que sólo las emisiones por transporte e industria de la energía equivalen a 329 MtCO2eq –esto si se considera el estimado de gravar 289 MtCO2eq-. Habrá que esperar su impacto para conocer en cuánto contribuye este impuesto a reducir el consumo de combustibles fósiles y nos hace ser más prudentes y eficientes en su uso.
Más allá de incentivar que se reduzca el uso de combustibles fósiles en el país, es conveniente analizar además la posibilidad de que los recursos del impuesto se orienten a promover proyectos de inversión para ir disminuyendo el uso de combustibles fósiles, como sería por ejemplo fomentar el transporte público, el aprovechamiento de fuentes de energía renovable, así como la ciencia y tecnología en materia de cambio climático, entre otros. Esto lograría generar un círculo virtuoso en beneficio de la gente que menos tiene y del ambiente. Por ello, se debe valorar que los recursos del impuesto sean etiquetados en el Fondo para el Cambio Climático, que fue creado en la Ley General de Cambio Climático, y que hasta ahora carece de recursos para su operación.




