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Impugna la PGR el amparo a Gordillo y coacusados; busca evitar su excarcelación

La Procuraduría General de la República (PGR) impugnó el amparo que el juez cuarto de Distrito en Materia de Amparo con sede en el Distrito Federal, Francisco Javier Sarabia Ascencio, concedió a la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo, el pasado 24 de septiembre.
De acuerdo con el escrito presentado por la dependencia que encabeza Jesús Murillo Karam, los argumentos que utilizó el juzgador para conceder el amparo a Gordillo y sus presuntos operadores financieros, José Manuel Díaz Flores e Isaías Gallardo Chávez, son “endebles” y “sin consistencia jurídica”.
La subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la institución, Mariana Benítez, precisó que el recurso de revisión, con el que la PGR pretende revertir el fallo y evitar que la maestra sea excarcelada, se presentó el jueves 3 ante el juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, que lo turnará a un Tribunal Colegiado para su análisis.
El pasado 24 de septiembre, la ex lideresa magisterial y sus coacusados lograron el amparo de la justicia federal para solventar diversos errores de forma en los juicios penales que los mantienen en prisión.
La PGR cuestionó la actuación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por defender públicamente la primera victoria jurídica de Gor-dillo, detenida el 26 de febrero.
Y es que el juez cuarto de Distrito en Materia de Amparo con sede en el Distrito Federal le ordenó a la dependencia federal precisar las acusaciones y corregir violaciones al debido proceso seguido en contra de Gordillo y sus coacusados.
La petición a la PGR es resultado de tres amparos concedidos por Sarabia a los imputados, a quienes la PGR consignó en febrero bajo las acusaciones de de-lincuencia organizada y lavado de dinero por mil 978 millones de pesos del SNTE.
De acuerdo con el juez, el auto de formal prisión dictado por Ale-jandro Caballero Vertiz contra los acusados incumplió “los requisitos de forma” en el cargo de violación a la Ley Federal contra la Delincuen-cia Organizada, debido a que no precisó ni las características del delito cometido ni las circunstancias “de lugar, tiempo y modo” de la conducta atribuida a cada indiciado.
La misma falla le atribuyó en las acusaciones de operaciones con recursos de procedencia ilícita y violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
El juez de distrito concedió esos dos amparos por considerar que esas fallas afectan el fondo de la acusación sobre operaciones con recursos de procedencia ilícita, por lo que el MP tendrá que fundamentar y motivar sus acusaciones.
El tercer amparo fue concedido porque en el mencionado delito, la PGR no esperó a que hubiera una denuncia de la Secretaría de Hacienda, toda vez que para cometer el delito que se les imputa, los acusados debieron utilizar el sistema financiero mexicano.
Esa deficiencia técnica, dijo el amparista, es atribuible al MP al momento de integrar la averiguación previa y representa una vulneración al debido proceso. (Agencia Proceso / Ciudad de México).

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