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Humberto Musacchio

Actitud irresponsable de la CNDH

Cuando la Comisión Nacional de Derechos Humanos emite una recomendación, la institución o dependencia pública aludida dispone de un plazo para dar la contestación que considere pertinente sobre el asunto. Se trata, como es obvio, de mantener la respetabilidad de los involucrados hasta que se demuestre que no la merecen.
La CNDH emitió la recomendación 45/2013 dirigida a la Universidad Nacional Autónoma de México por el acoso sexual que sufrió una estudiante de bachillerato de parte de un profesor. Cuando la UNAM preparaba la respuesta, inopinadamente la Comisión hizo público el asunto dando la impresión de que la Universidad solapaba al maestro agresor.
Lejos de eso, la institución procedió de inmediato a despedir al mentor abusivo, llamó a los padres de la chica, que fue llevada al servicio médico para los exámenes pertinentes y un abogado de la UNAM acompañó a la joven y su familia a presentar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público, además que se satisficieron todos los requerimientos del caso.
Pese a lo anterior, la CNDH volvió a la carga y atribuyó a la Universidad Nacional responsabilidades porque no se sancionó penalmente al profesor e incluso dijo que el día anterior (13 de noviembre), había recibido la queja de otra estudiante contra el mismo profesor, que por no ser sancionado reincidió y sus agravios habían quedado en la impunidad, abandonando a su suerte a la agraviada.
El 14 de noviembre, personalmente, el rector José Narro Robles rechazó la acusación y mencionó que se habían seguido los pasos que establece la legislación universitaria en tales casos, además de que se dijo asombrado por el hecho de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos ventilara el asunto antes de que se llegara al 20 de noviembre, cuando vencía el plazo para darle respuesta.
Fue más duro Luis Raúl González Pérez, abogado general de la UNAM, quien tachó la actuación de la CNDH de “falaz, sesgada y de mala fe” porque atribuye a la máxima casa de estudios que “el profesor no haya sido sancionado” ni detenido. Es “el Ministerio Público es el que tiene en sus manos la integración  (de la denuncia), en su caso la consignación (y) la solicitud de orden de aprehensión que pueda ser librada por un juez”. Como el caso ya se había presentado ante el Ministerio Público, el abogado general de la UNAM agregó:
“¡Que curioso y sesgado que aquí intervienen autoridades ministeriales y la recomendación sólo se dirige a la Universidad Nacional! ¿Cómo se entiende que del órgano que tiene que consignar ante un juez no se dice nada?” La Universidad –añadió– “no es ministerio público”. Hasta ahí, a grandes rasgos, la crónica de los hechos.
Lo destacable es que la CNDH pretenda poner en cuestión la honorabilidad de las autoridades universitarias, en especial del abogado general, hombre que merecidamente goza de un bien ganado prestigio. Por otra parte, a nadie se escapa que el doctor José Narro Robles está a la mitad de su segundo y último periodo y hay grupos que ya quieren darse a ver con miras a la sucesión en la Rectoría.
Otro elemento a considerar es que el año próximo termina el primer periodo de Raúl Plascencia Villanueva al frente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y González Pérez, quien contendió por el cargo hace cuatro años, es un candidato natural para el cargo. Plascencia puede ser reelegido, pero con su grosera y abusiva actitud ante una institución tan respetable como la UNAM, lo más probable es que se vaya a su casa. Patadas de ahogado, pues.

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