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El Ejecutivo determinó el traslado al Altiplano de Aruro Campos, se deslinda el juez Gorostieta

*No sabía que sería sacado de Guerrero y no sabe por qué lo hicieron, dice. No es una acción ilegal, responde al abogado de Tlachinollan

Carlos Moreno A.

El juez del Juzgado Cuarto Penal Jacobo Gorostieta Pérez negó que fuera ilegal el traslado del consejero regional de la Casa de Justicia de El Paraíso de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), Arturo Campos Herrera, al penal de máxima seguridad del Altiplano, en respuesta al abogado del Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, Vidulfo Rosales Sierra.
Luego del traslado, la directora general de Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Civil (SSPPC), María Josefina Jaime Quiroz reconoció que los detenidos que son trasladados a otros penales del país es por criterios políticos, no porque no haya garantías de seguridad en los de Guerrero.
Ayer, Gorostieta Pérez aseguró que la acción contra Campos Herrera, Gonzalo Molina González y Nestora Salgado García (los tres líderes de la CRAC) está sustentada en la Ley del Sistema de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Guerrero.
Dijo que desconocía que Arturo Campos iba a ser trasladado a otro penal y que el oficio de amparo que interpuso su abogado llegó al juzgado apenas el martes, cuando el trámite lo realizó el domingo, horas después de la detención del policía comunitario.
El domingo pasado Arturo Campos Herrera fue detenido por agentes de la Policía Ministerial en un aparatoso operativo cerca de las instalaciones de la central de las combis del servicio público de la ruta Chilpancingo-Tixtla, tras participar en un acto por la libertad de 12 integrantes de la CRAC.
Consultado en sus oficinas, Jacobo Gorostieta Pérez negó que fuera ilegal el traslado de Campos Herrera a un penal de máxima seguridad, tal como lo señaló Rosales Sierra que dijo que impugnaría esa orden.
Argumentó que la Ley del Sistema de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Guerrero justifica esa acción.
En su artículo 14 del capítulo primero se explica que “el traslado de un interno a otro Centro de Readaptación Social sólo podrá realizarse por grave y comprobados motivos de seguridad”.
“Los internos también podrán ser trasladados a cualquier Centro de Readaptación Social dentro del estado o fuera de él, cuando se encuentre en peligro su integridad física o se ponga en riesgo la estabilidad y seguridad del centro donde se encuentre recluido, previa propuesta del H. Consejo Técnico Interdisciplinario”, se lee en la ley.
Respecto a si la detención de Campos Herrera ponía en riesgo la estabilidad o seguridad del penal, a pesar de que hay policías comunitarios recluidos en la misma cárcel por el mismo delito y éstos no fueron trasladados, Gorostieta Pérez dijo  que desconocía las razones y que eso lo determinó el gobierno (estatal) sustentado en la ley en referencia.
La aplicación de esta ley, se deslindó, “compete al Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General de Readaptación Social”.
Se le recordó que el abogado defensor de Arturo Campos interpuso un amparo para evitar el traslado el cual ingresó a las 11 y media de la noche del domingo y que el acusado fue trasladado a las 12:26 de la noche y que advirtió que verificaría la responsabilidad administrativa y penal en contra de quienes dieron la orden de traslado, a lo que Jacobo Gorostieta justificó que el oficio de amparo llegó al juzgado apenas el martes.
Dijo que en ese oficio de amparo Rosales Sierra señaló que lo mantuvieron incomunicado y que no permitieron que realizará su declaración preparatoria, pero Gorostieta Pérez negó que el acusado haya estado incomunicado y acusó que el abogado defensor fue quién llegó tarde y ya  había terminado la audiencia.

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