Marcial Rodríguez Saldaña
Reforma anticonstitucional del petróleo por internet
En el proceso de entrega del petróleo de Peña Nieto, del PRI y del PAN, y de quienes firmaron el Pacto contra México, que tenía como objetivo fundamental la reforma constitucional para otorgar contratos de extracción de petróleo a particulares y el dominio de los hidrocarburos, se ha expuesto que por tratarse de un principio fundamental consagrado en nuestra Carta Magna, los legisladores federales –senadores y diputados– y los legisladores locales, no tienen atribuciones para cambiar la Constitución, sin embargo, no han respetado este mandato jurídico.
1.- La reforma legal para la cesión del petróleo a compañías extranjeras ha sido una secuencia de violaciones a los principios esenciales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Resulta que con la prisa de Peña Nieto para que se cumplimente este atraco a la nación, les enviaron por correo electrónico a las legislaturas locales el texto que se aprobó por senadores y diputados federales para que procedieran a su ratificación.
2.- De acuerdo con lo que establece el artículo 135 de la Constitución de México, una reforma a nuestro texto constitucional, además de ser aprobada por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso de la Unión presentes en la sesión respectiva, debe ser ratificada por la mayoría de las legislaturas locales. Este procedimiento de reforma constitucional debe ser respetado íntegramente, toda vez que nuestro sistema jurídico que proviene de la tradición de la familia del Derecho Romano Germánico es de derecho escrito.
3.- El procedimiento de reforma constitucional en México, debe cumplir puntualmente con cada una de las etapas formales. El decreto que contiene la entrega del petróleo debió enviarse por el presidente de la mesa directiva de la cámara federal de diputados a las legislaturas de los estados con su firma autógrafa certificada, mediante un actuario o un propio que entregara y recabara la firma de cada uno de los presidentes de las mesas directivas de los congresos locales, pero no se ha hecho así.
4.- La información pública que se expresó en la sesión ordinaria del Congreso del Estado de Guerrero, este martes 16 de diciembre, en el sentido de que al igual que las demás legislaturas locales, sólo habían recibido por internet el proyecto de decreto de la entrega del petróleo, es muy grave, ya que en nuestro sistema jurídico en donde las formalidades son esenciales para el procedimiento de reforma constitucional, lo que han hecho las legislaturas que han aprobado la reforma para ceder el petróleo a empresas extranjeras es anticonstitucional.
6.- No es admitido en el proceso de cualquier reforma constitucional que se aprueben reformas al margen de la formalidad jurídica, en razón de que los diputados locales deben estar plenamente seguros de que lo que van a aprobar o rechazar están seguros de que el texto cumple todas las formalidades del proceso de cambios a la Constitución, por ello, el hecho de que los diputados de diversos congresos locales hayan aprobado la entrega del petróleo con base en un documento enviado por internet, incurren en una violación de fondo al proceso de reforma constitucional en México.
7.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación en nuestro país ha establecido que en todo proceso de reforma a nuestra Constitución deben seguirse estrictamente todos los procedimientos tanto de fondo como de forma, y en el caso de las legislaturas locales no se ha cumplido un requisito esencial que es el de tener el decreto certificado de lo que aprobaron los senadores y diputados federales, por lo que esto abre la puerta con toda la fundamentación normativa para que la reforma de la entrega del petróleo, en una acción de inconstitucionalidad se declare por el máximo tribunal de país como una reforma de nulidad absoluta y se cancele este atraco a la nación por los traidores a la patria.
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