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…Y el TEE anula la elección

Fernando Hernández

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado de Guerrero falló a favor de la Asamblea de Principales de la comunidad de Cuanacaxtitlán y le ordenó al ayuntamiento de San Luis Acatlán repetir las elecciones en la comunidad indígena.
El TEE consideró que durante?el proceso de elección de autoridades comunitarias del 5 de enero en Cuanacaxtitlán se violentaron los derechos político electorales de la asamblea de la localidad.
En la sentencia el tribunal ordena al ayuntamiento de San Luis Acatlán que vuelva a organizar las elecciones de comisarios.
Es la primera vez que el TEEG emite una sentencia en la que solicita que se celebren de nuevo elecciones en función de los usos y costumbres que rigen la vida comunitaria de un pueblo, coincidió el magistrado César Ramos Castro, quien fue el ponente del proyecto de sentencia aprobado la tarde de este jueves.
Los magistrados decidieron revocar el nombramiento otorgado a Nicolás de la Cruz Manzano, comisario municipal que fue reelecto, así como a su suplente, cuyos nombramientos fueron expedidos por el ayuntamiento de San Luis Acatlán.
Además, en su resolución el tribunal ordena al municipio, cuna de la Policía Comunitaria y de su órgano rector la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), realizar la “elección extraordinaria de comisarios”.
El proyecto fue votado por unanimidad por el magistrado ponente, Arturo Pacheco Bedolla, Emiliano Lozano Cruz, Hilda Rosa Delgado Brito y J. Inés Betancuort Salgado.
El pasado 20 de enero los indígenas Juan Mendoza Celestino y Procopio Francisco Clemente, así como otros habitantes de la comunidad, presentaron juicios electorales mediante los cuales se inconformaron por la elección mediante la cual fue reelecto como comisario Nicolás de la Cruz.
De la Cruz Manzano, así como un grupo de habitantes de la comunidad que tiene relación política con el diputado federal Vicario Portillo, no respetaron el principio de no reelección consecutiva que norma los usos y costumbres y la vida política de la comunidad.
Nicolás de la Cruz fungía al momento de la elección del 5 de enero como comisario y rindió su “informe de actividades?en la misma asamblea de la elección, equiparándose su actuar a una autoridad”, lo que influyó en el electorado.
Así mismo se le negó el derecho de participar en el proceso electivo al habitante de Cuanacaxtitlán, Juan Mendoza Celestino, quien figura en el proyecto de sentencia como uno de los promotores de la de denuncia.
El órgano electoral integró los expedientes TEE/SSI/JEC/001/2014? y el TEE/SSI/JEC/002/2014, mismos que fueron turnados al magistrado de la Sala de Segunda Instancia.
En el examen previo, la autoridad electoral determinó que en ambos expedientes existía conexidad de la causa y mediante el recurso de acumulación fusionó los expedientes en uno solo, el cual fue resuelto ayer.
En la sentencia se indica que entre los agravios que se cometieron en contra de la asamblea? de principales se observó una? al artículo 199 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Guerrero, pues se estableció que al no haberse permitido participar en el proceso a dos habitantes de la comunidad se vulneró el principio de no reelección.
“En los usos y costumbres de esa comunidad nunca se ha presentado el supuesto de que un comisario en funciones sea electo de nueva cuenta en el periodo inmediato”, se indica en la argumentación.
Hasta ayer la comisaría de Cuanacaxtitlán tenía más de 50 días de haber sido tomada por la Asamblea de Principales y otras personas del pueblo que demandaban que se volvieran a realizar las elecciones en el pueblo.

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