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CARTAS (En las comunidades indígenas de San Luis Acatlán sí eligen a sus autoridades por usos y costumbres, aclara el CIESAS)

Señor director:
Por este medio, solicito derecho de réplica al artículo “No se eligen en San Luis Acatlán las autoridades municipales por costumbres, concluye el CIESAS” de la autoría de Fernando Hernández publicado el lunes 23 de marzo de 2014 en  el medio que usted dirige. En ese artículo se hacen afirmaciones relativas al Dictamen Pericial Antropológico sobre la vigencia de sistemas normativos en comunidades indígenas del municipio de San Luis Acatlán –realizado bajo mi responsabilidad por el Centro de Investi-gaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS)–, que no corresponden a lo que el estudio plantea. Por esta razón solicito publique en la misma sección del diario donde apareció la nota que arriba mencioné, las siguientes aclaraciones:
El artículo de Fernando Hernández incluye varias citas supuestamente recogidas del Dictamen Pericial Antropológico elaborado por el CIESAS que no reflejan lo que ahí se dice ni su conclusión. Por ejemplo, se afirma: “En el municipio de San Luis Acatlán ‘no se eligen a sus autoridades mediante los usos y costumbres, es mediante el sistema de partidos políticos; sin embargo en las comunidades que conforman el municipio se eligen a los comisarios’ mediante la vía tradicional, dice el Dictamen Pericial del CIESAS”. Niego categóricamente que esta frase, y otras incluidas en el artículo, hayan sido escritas de esa manera en el Dictamen que entregó el CIESAS al Instituto Estatal Electoral de Guerrero (IEEG). Por el contrario, las afirmaciones del artículo de Hernández están elaboradas de una manera sesgada que cambian el sentido de lo que se afirmó en el mencionado Dictamen.
El estudio antropológico en cuestión no discute las formas de elección de autoridades en la cabecera municipal, es decir el ayuntamiento municipal. Lo que sí documenta es la vigencia de los sistemas  normativos y la elección por usos y costumbres en las comunidades indígenas del municipio de San Luis Acatlán; este fue el objetivo del Dictamen que se realizó gracias a un convenio establecido entre el CIESAS y el IEEG. Por tanto, resulta profesionalmente poco serio cambiar el sentido del dictamen para afirmar algo que este estudio no se propuso investigar.
A lo largo de las 126 páginas que el CIESAS entregó al IEEG se concluye que en las comunidades indígenas del municipio de San Luis Acatlán sí están vigentes los sistemas normativos y la elección por usos y costumbres de sus autoridades.
Apelando al ejercicio del derecho de réplica que me asiste y confiando en su rigor y compromiso periodístico, espero atienda favorablemente esta petición.

Respetuosamente

Dra. María Teresa Sierra Camacho,
Profesora-Investigadora Titular del CIESAS

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