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Abrirá el Trife juicio de no ejecución de sentencia contra el IEEG sobre la elección por usos y costumbres

Abrirá el Trife juicio de no ejecución de su
sentencia para la elección de usos y costumbres

El IEEG no cumplió la orden de agotar los recursos para verificar la existencia en San Luis Acatlán de sistemas normativos que se reconozcan como válidos, dice el fallo de la Sala Superior del organismo reunida el 9 de abril

Fernando Hernández

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) acordó iniciar un juicio por “inejecución de sentencia” por la negativa del Instituto Electo-ral del Estado de Guerrero (IEEG)  a organizar elecciones por  usos y costumbres en el municipio de San Luis Acatlán.
El pasado miércoles 9 de abril  los magistrados de la Sala Superior del organismo jurisdiccional resolvieron que, “·sin prejuzgar si le asiste o no la razón a los actores”, la impugnación promovida por el dirigente de la UPOEG, Bruno Plácido Valerio, sería reencauzada al juicio SUP-JDC-1740/2012 para abrir “un incidente por inejecución de sentencia”.
Y ello es consecuencia de que no ha sido cumplida a cabalidad por el IEEG la primera sentencia en la que se ordena al órgano electoral estatal que agote los recursos para determinar la existencia de sistemas normativos que se reconozcan como válidos, para el desarrollo de elecciones por la vía tradicional de los pueblos indígenas.
Con el rencauzamiento del proceso de impugnación contra el dictamen del IEEG acordado en una sesión secreta la noche del pasado jueves 20 de marzo , el Trife deja de manifiesto que el organismo electoral estatal no ha dado cumplimiento cabal a la orden de hacer estudios para determinar las condiciones para el desarrollo de elecciones por la vía de los usos y las costumbres en el municipio de San Luis Acatlán.
Uno de los agravios contra Plácido Valerio al que dieron entrada los magistrados, consiste en que el IEEG estaría incurriendo en la violación de los derechos políticos y sociales de los pueblos indígenas de San Luis Acatlán, al no permitir el desarrollo de elecciones por la vía de los usos y las costumbres.
Otro de los agravios presentados en la sentencia, fue que el dictamen mediante el cuál el IEEG niega la posibilidade para desarrollar las elecciones por usos y costumbres, radica en que no fue lo suficientemente fundamentado.
En este sentido, los consejeros electorales no aportaron en su dictamen causas suficientes para negarle su derecho a la consulta a los indígenas del municipio de San Luis Acatlán, siendo que esta garantía de los derechos políticos y sociales está plasmado en instrumentos internacionales, como el Con-venio 169 de la Organización Internacional del Trabajo Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Una de las omisiones en las que habría incurrido el IEEG, y que fueron aceptadas por Trife para elaborar su sentencia del pasado 9 de abril, es que en su dictamen el instituto no señaló: “En qué considerandos se encuentran las razones o motivos que tuvo para emitir su determinación en la forma en que lo hizo, dejando al suscrito en completo (Bruno Plácido) estado de indefensión, debido a la arbitrariedad, ilegalidad y a la injusticia que se comente en contra nuestra”.
“En la negativa de la consulta a la ciudadanía en el municipio de San Luis Acatlán, se violaron de manera grave los derechos protegidos” en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aceptó como argumento el tribunal federal.

El IEEG cometió desacato, dice Bruno Plácido

Por su parte, el dirigente de la UPOEG, Bruno Plácido, sostuvo vía telefónica que la sentencia emitida por el Trife el 9 de abril concluye que el IEEG ha incurrido en un desacato, al no permitir el desarrollo de elecciones por la vía de los usos y las costumbres.
En su momento, el líder de la UPOEG puntualizó que en su decisión el tribunal federal, una vez más, se ha expresado a favor del derecho de los pueblos originarios al desarrollo de elecciones, por la vía de los usos y costumbres, como está expresado en la Constitución.
Plácido Valerio indicó que los consejeros han desacatado constantemente el ordenamiento del tribunal superior en matria electoral, al no permitir el desarrollo de elecciones por la vía tradicional.
El IEEG también había determinado que ya no procedería a hacer una consulta en el municipio de San Luis Acatlán, para someter a la votación de sus habitantes sobre si prefieren el desarrollo de elecciones por la vía tradicional en sus comunidades y en la propia cabecera municipal.

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