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Aun con la nueva ley, persiste la impunidad en los casos de tortura, advierte Tlachinollan

*Pide al relator especial de la ONU recomendar al gobierno del estado tipificar en el Código Penal ese delito

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan denunció  que la legislación estatal sobre tortura no se ajusta a los lineamientos mínimos establecidos por organismos internacionales y que el delito sigue impune.
En la visita del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre tortura en México, el martes pasado, el Centro Tlachinollan señaló el caso de un estudiante de la Normal Rural de Ayotzinapa, detenido en el desalojo a balazos el 12 de diciembre de 2011, de quien la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) determinó que fue torturado por agentes de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), pero fue amenazado para que se desistiera de su denuncia.
En el informe sobre la situación de la tortura en Guerrero, se explicó que en los resultados de una investigación especial sobre el desalojo a balazos de una manifestación pacífica de estudiantes en Chilpancingo, la CNDH concluyó que la víctima presentó signos y síntomas positivos de tortura, “recayendo la responsabilidad de la violación a los derechos humanos en los policías ministeriales adscritos a la PGJE que  tuvieron bajo su resguardo al estudiante”.
No obstante, no hay a la fecha ningún funcionario sancionado por este delito, ni se iniciaron investigaciones, porque la tortura no estaba tipificada en el Código Penal del estado, ni se consideró como prueba suficiente lo actuado por la CNDH; y tampoco se aplicó el Protocolo de Estambul.
“Ante la falta de diligencia del ministerio público y su omisión en el dictado de medidas de seguridad, permitió que la víctima recibiera amenazas y presiones para retirar su denuncia. Por otra parte, la PGR ha centrado su investigación en contra de los oficiales locales, no en los abusos cometidos en detrimento de los estudiantes, sino en contra de los oficiales locales que liberaron a los estudiantes que fueron detenidos arbitrariamente, estableciendo precedentes para la criminalización de los estudiantes”, señala el Centro Tlachinollan.
Subraya que el caso “pone de relieve la falta de valor probatorio a las actuaciones del sistema Ombudsman; y demuestra la persistencia de riesgos para quienes denuncian la tortura”.
Se informó que el objetivo del informe es ilustrar que Guerrero es una de las entidades con mayores rezagos en materia de derechos humanos, que se ha visto agraviado por la violencia generalizada que se vive en el país.
En uno de los puntos se refirieron a la nueva Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la tortura en el estado de Guerrero, promulgada el 28 de enero pasado, cuyo antecedente es la propuesta de iniciativa de reforma integral para prevenir, investigar y sancionar la tortura en el estado de Guerrero, que entregaron organizaciones de la sociedad civil el 31 de octubre de 2012 al Congreso local.
Denuncia que en el proyecto de ley no se tomaron en cuenta las propuestas de las organizaciones, y el delito de tortura continúa tipificado en una ley que, por su naturaleza, no es de tipo penal, pues debió ser incorporado en el Código Penal de la entidad.
Insiste en que la experiencia a nivel federal y estatal ha demostrado que tipificar la tortura en una ley especial y no en el Código Penal repercute en que los agentes del ministerio público se abstengan de invocar estas normas especiales, “llegando al extremo de ignorar su existencia, como sucedía con el delito de tortura que ya estaba previsto en la Ley que crea la Comisión de Defensa de Derechos Humanos del Estado de Guerrero (Codehum)”.
Asimismo, cuestiona que la definición del delito de tortura no se ajusta a los más altos estándares internacionales, y que la penalidad es inadecuada (cuatro años mínimo), pues permitiría que las personas sancionadas accedan a beneficios incompatibles con la gravedad del crimen.
Entre otros aspectos, también señalaron que la nueva ley de tortura no respeta el derecho a una defensa adecuada conforme a la Constitución y los tratados internacionales, porque según el artículo 13, puede tener valor probatorio una confesión obtenida en la presencia del defensor o persona de confianza del inculpado.
“Esto se aleja notoriamente de las recientes reformas constitucionales, que han eliminado la figura de la persona de confianza, de suerte que una confesión sólo puede tener dicho valor si se realiza con asistencia de un defensor de la elección de la persona imputada”, dice.
El documento también denuncia que no existe la investigación de la tortura en Guerrero, por la ausencia de un marco jurídico adecuado y la falta de capacidades forenses mínimas del ministerio público, incluyendo a peritos y policías.
“De hecho, en su reciente informe Ni seguridad ni derechos, Human Rights Watch constató que ‘En Guerrero, el Ministerio Público estatal nunca ha practicado pericias aplicando las pautas establecidas en el Protocolo’. Por ello, ante una denuncia de tortura la investigación sigue el curso ordinario común a toda investigación criminal y termina frecuentemente en la impunidad”, advierte Tlachinollan
En este sentido, denuncia que a la fecha no se ha consignado ninguna averiguación previa por el delito de tortura en Guerrero, aun cuando los organismos de la sociedad civil como Tlachinollan, a través del Monitor Civil de las Fuerzas de Seguridad de la Montaña de Guerrero, documentaron más de 60 actos de tortura y tratos crueles en los últimos tres años en la región de la Montaña, principalmente contra personas indígenas.
Añadió que la Policía Investigadora Ministerial, encargada de investigar estos delitos, también es en la mayoría de los casos la responsable de las agresiones.
Asimismo señala que los abusos cometidos por los militares, incluyendo la práctica de tortura, continúan en aumento; para corroborarlo indicaron que la CNDH recibió 415 quejas contra soldados en 12 años, pero sólo 5 han concluido en recomendaciones.
En este sentido, solicita que el relator señale la necesidad de armonizar las leyes estatales con los estándares internacionales y que recomiende a Guerrero que tipifique en el Código Penal del Estado el delito de tortura.
Además, que exprese su preocupación porque no se aplican los protocolos de de Estambul en las investigaciones conducidas en el fuero común, para determinar los casos de tortura.
Finalmente, que manifieste una posición respecto al uso de la tortura en contra de los jóvenes estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, y solicite información detallada sobre las investigaciones iniciadas respecto del uso de la tortura en estos hechos.

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