Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Ordena el Trife al IEEG consultar a pobladores de San Luis Acatlán para una elección por usos y costumbres

Reconoce el Trife el derecho indígena a elecciones por usos y costumbres en San Luis Acatlán

*Revoca la negativa del IEEG y le ordena realizar una consulta a los pobladores del municipio. Actuó indebidamente, pues hay “información más que abundante que demuestra” la existencia de un sistema normativo indígena, dice. El? instituto dejó de lado toda la referencia relacionada con el sistema normativo indígena, critica

Fernando Hernández

Chilpancingo

Los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) revocaron en su sesión de ayer la resolución que emitió el Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG), en la que determinó la inexistencia de condiciones para la realización de elecciones por usos y costumbres en el municipio de San Luis Acatlán, y ordenó que se lleve a cabo la consulta a los pobladores de ese municipio indígena, enclavado en la Costa Chica, para conocer la voluntad de sus habitantes sobre el desarrollo de comicios por la vía tradicional.
Los juzgadores votaron el proyecto de sentencia propuesto por el presidente del tribunal, José Alejandro Luna Ramos, quien criticó que el IEEG niegue el derecho de los pueblos originarios a su libre determinación, así como a la elección de sus autoridades que está garantizado en la Constitución y en instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
No es la primera vez que el Trife resuelve en favor de la demanda interpuesta por el dirigente de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), Bruno Plácido Valerio, quien junto a otros liderazgos indígenas reclamó en el proceso electoral del 2012 el legítimo derecho de las comunidades indígenas al desarrollo de elecciones por la vía de los usos y costumbres.
El acuerdo al??que llegaron ayer los magistrados es una nueva batalla que pierde el instituto estatal contra la UPOEG en el territorio del máximo órgano electoral en el país.
La sesión puede verse y escucharse por completo en la página de internet del Trife, vía empleada por el reportero.
Uno de los secretarios de acuerdos del tribunal leyó el proyecto de dictamen de sentencia.

El IEEG hizo a un lado las pruebas

En el proyecto que se sometió a la consideración de los magistrados se propone declarar que la determinación de la autoridad responsable resulta contraria a los elementos que han encontrado en los dictámenes periciales antropológicos que realizaron diversas instituciones sobre el tema de las elecciones por usos y costumbres en el municipio de San Luis Acatlán, indicó el secretario.
En la sentencia finalmente aprobada se advierte que el IEEG consideró erróneamente la indicación de la Sala Superior, y asumió que era verificar si actualmente en el municipio de San Luis Acatlán se eligen a sus autoridades municipales por un sistema de partidos??o??mediante usos y costumbres locales.
Al respecto el ponente hace énfasis en que esa no fue??la orden instruida al órgano electoral estatal, sino la de investigar y conocer si en dicha comunidad se conservan ciertos usos y costumbres, así como si cuenta con autoridades propias elegidas mediante la vía tradicional.
En la sentencia se indica que de acuerdo con los propios dictámenes que ordenó hacer el IEEG, se deduce que en el municipio existen elementos que permiten una eventual elección de acuerdo a su sistema tradicional, distinto al que actualmente rige y por ello se estima que las conclusiones a las que arribó el IEEG se sustentan en una valoración parcial de elementos probatorios que figuran en el expediente.
Lejos de valorar cada una de las pruebas en su justa dimensión, el? IEEG dejó de lado toda la referencia relacionada con el sistema normativo indígena en esa localidad, dice el proyecto de sentencia.
Luna Ramos propuso en su proyecto de sentencia concluir que existe evidencia histórica de un sistema normativo interno y su permanencia actual en múltiples aspectos de la vida cotidiana del municipio en sí.
Por lo anterior se propone revocar el dictamen impugnado para efecto de que el Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG) dicte una nueva resolución en la??que tenga por acreditada la existencia histórica del sistema normativo interno del municipio de San Luis Acatlán y por ende dé por concluida la etapa de medidas preparatorias e inicie las consultas para determinar si se aplica o no el método de usos y costumbres en la elección de sus autoridades.

Reconoce el pesidente del Trife el derecho de los pueblos

Por su parte, el presidente del Trife??reconoció y argumentó el derecho de los pueblos a la elección de sus autoridades por la vía de los usos y costumbres.
“Su lucha está acompañada por nosotros, pues las voces de este tribunal velan en sus sentencias, en su jurisprudencia y en las tesis que ha emitido, la garantía y el ejercicio absoluto de los derechos de nuestros pueblos indígenas”, dijo Luna Ramos.
“No es la primera sentencia que se emite en este aspecto desde que el primero constitucional abrió la puerta para reconocer los derechos de estas comunidades”, manifestó en su intervención.
Reflexionó que “quiero aclarar que con esto no quiero decir que el objeto del proyecto o la intención sea la de buscar la existencia de prácticas o usos y costumbres, sino que abrimos nuestros sentidos para que en ejercicio de la atención plena escuchemos seriamente esas voces ancestrales que han ordenado??la vida comunitaria en nuestro país”.
“En la sentencia del 2013 ordenamos que antes de las consultas a la comunidad de San Luis Acatlán sobre la autoridad, tendría que hacer diversas actividades para verificar que la comunidad cuenta con una narrativa histórica al respecto”, recordó.
En este sentido enfatizó que el IEEG debió escuchar las voces de la comunidad indígena de San Luis Acatlán, ya que “no se trataba de una valoración formal de las pruebas sino de un análisis detallado al compás de los criterios internacionales”.
Todos los documentos que integran el expediente de la última resolución del IEEG coinciden con que cuentan con elementos culturales de nociones sobre la importancia de la colectividad, señaló.
“Hoy en día existe una estructura de autoridades que ha sido nombrada, como es el caso de la asambleas, así como policías comunitarias”, manifestó.
Argumentó que en las comunidades indígenas “la asamblea constituye la máxima autoridad del sistema normativo interno, y rige diversas formas de la vida comunitaria en las cuales los integrantes de la comunidad participan??de manera activa, considero que dentro del municipio coexisten dos sistemas normativos y uno de carácter indígena de conformidad con los usos y costumbres”.
En sintonía con la tradición garantista del tribunal indicó que el IEEG “indebidamente concluyó que no se acreditaba la existencia histórica del sistema normativo interno en el municipio de San Luis Acatlán, ya??que se tiene información más que abundante que demuestra todo lo contrario”.

468 ad