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Por unanimidad, aprueba el Senado la reforma que acota el fuero militar

*Pasaron ocho años desde que organismos internacionales lo exigieron. El tema fundamental para lograrlo fue el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso de Rosendo Radilla, desaparecido por el Ejército en 1974 en Guerrero

Agencia Proceso

Ciudad de México

Por unanimidad, el pleno del Senado aprobó una reforma para acotar el fuero militar, es decir, para que los miembros del Ejército y la Marina sean juzgados en tribunales ordinarios cuando cometan delitos que afecten a civiles.
De ese modo, será la justicia civil y no la militar, como se realiza en la actualidad, la que juzgará a los militares si las víctimas del delito son ciudadanos.
La reforma aprobada se logró ocho años después de que organismos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Hu-manos (CIDH), y organizaciones civiles exigieran que se acotara el fuero militar. El caso fundamental para lograrlo fue el fallo de la Corte sobre el caso de Rosendo Radilla, desaparecido por un grupo de soldados en 1974.
En el 2009, la Corte Internacional ordenó al Estado mexicano modificar sus leyes militares para garantizar que los miembros de las Fuerzas Armadas sean juzgados en caso de cometer algún delito en contra de la población.
Las modificaciones aprobadas por los senadores incluyen el Código de Justicia Militar y otras cuatro legislaciones que repercuten a la Defensa Nacional, la Fuerza Aérea y la Marina.
El cambio principal se hizo al artículo 57 del Código de Justicia Militar que establece que los militares responderán ante la justicia civil cuando el sujeto pasivo de los delitos sea un civil.
También se crea la figura de jueces de ejecución de sentencias en el fuero militar y se establece que cuando los militares cometan delitos del fuero común serán ingresados en prisiones comunes, salvo que se trate de un convicto por delitos contra la salud o exista una solicitud expresa del imputado y sea aprobada por el tribunal que dictó sentencia.
La reforma acota que estos cambios aplicarán únicamente para las condenas que se emitan posteriormente a su publicación y cuando se trate de delitos cometidos también después de promulgada.
“Las modificaciones al Código de Justicia Militar modernizan el ordenamiento dando primacía al respeto de los derechos humanos y homologándolo con los tratados signados por el Estado mexicano”, afirmó el senador Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Defensa.
La minuta del dictamen aprobado fue enviada a la Cámara de Diputados, la cual debe aprobarla también para que entre en vigor.
Durante el gobierno del ex presidente Felipe Calderón se incrementaron los reclamos sobre abusos cometidos por parte de integrantes del Ejército y la Marina en contra de la población civil.
El senador Alejandro Encinas Rodríguez, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, aseguró que con estas adecuaciones se atiende uno de los temas tabú de la legislación y del régimen político mexicano.
Los cambios al Código de Justicia Militar aprobados incluyen la creación de Jueces de Ejecución de Sentencia quienes, entre sus facultades y obligaciones están la modificación o declaración de extintas las penas y/o las medidas de seguridad. Con ello se garantiza el respeto de los derechos del sentenciado durante su ejecución, siempre que se trate de penas impuestas por órganos del fuero militar.
Además, los militares que estén sujetos a prisión preventiva por delitos cometidos en agravio de civiles, podrán permanecer en prisiones militares, cuando la autoridad militar competente lo estime imprescindible para preservar los derechos del procesado o así lo requieran las necesidades del servicio de justicia.
Si la autoridad militar competente lo considera, los sentenciados podrán compurgar la pena también en centros de reinserción social del orden común o federal.

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