Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Confirma el TEE a Marcial Rodríguez como primer síndico de Acapulco

 * Declara la primera sala del TEE improcedentes dos recursos de la Alianza para Todos * Rechaza también uno de Convergencia por la Democracia contra la asignación de regidores por el Consejo Municipal Electoral

 Zacarías Cervantes, corresponsal, Chilpancingo * La primera sala del Tribunal Electoral del Estado (TEE) desechó ayer “por improcedentes” dos recursos de impugnación que presentó la alianza PRI-PVEM contra los resultados de la elección de planilla en Acapulco, así como contra la elegilibilidad del primer síndico, Marcial Rodríguez Saldaña, y uno de Convergencia por la Democracia contra la asignación de regidores por el quinto consejo distrital electoral en funciones de municipal.

En su sesión de la tarde de ayer, la sala, que preside la magistrada Olimpia María Azucena Godínez, desechó el primer recurso de inconformidad –el JIN/005/2002– por infundado. Con él, el PRI-PVEM impugnó los resultados de la elección, la declaración de validez y la constancia de mayoría a los integrantes de la planilla del PRD.

La resolución en este sentido obedeció a que en la mayoría de las 267 casillas impugnadas la Alianza no presentó recursos de protesta, y en el resto no comprobó fehacientemente sus señalamientos en el sentido de que el alcalde Zeferino Torreblanca Galindo indujo el voto, presionó a los votantes y utilizó recursos de los ramos 26 y 33 para proselitismo político a favor del PRD.

La citada sala también desechó el recurso de inconformidad de la Alianza con el que pidió declarar inelegible al primer síndico de la planilla del PRD, Marcial Rodríguez Saldaña, por no acreditar su residencia efectiva de cinco años en el municipio.

El juicio JIN/006/2002 se resolvió contra la Alianza para Todos debido a que presentó dos recursos para el mismo caso; en el primero sólo impugnó los resultados de la elección, la declaración de validez y las constancias de mayoría, y en el segundo agregó la elegibilidad del primer síndico electo.

La citada sala consideró que con base en la Ley del Sistema de Medios de Impugnación la presentación de un segundo juicio sobre el mismo particular es “inadmisible” y que es improcedente ampliar el primer recurso, como tampoco es posible adecuar un tercero de los dos presentados; “la presentación del segundo juicio es inadmisible porque no se puede volver a una etapa agotada, debido a que la parte promovente agotó su derecho de impugnación en el primer juicio”, resolvió la sala del TEE con base en la Ley del Sistema de Medios de Impugnación.

Con ello confirmó la validez de la elección y la constancia de mayoría entregada al primer síndico Marcial Rodríguez Saldaña.

Mientras tanto, con respecto al juicio JIN/0011/2002 que presentó el Partido Convergencia por la Democracia (CD), por medio del cual impugna la asignación de regidores en el municipio de Acapulco, la citada sala confirmó la fórmula y la asignación hecha por el quinto distrito electoral en funciones de municipal.

El partido Convergencia por la Democracia reclamaba una regiduría más, pero la primera sala confirmó las 25 regidurías aprobadas por el quinto consejo distrital, de las que 14 para son el PRD, siete para la Alianza para Todos, tres para Convergencia por la Democracia y una para el PAN.

La primera sala se declaró “imposibilitada” para asignar las tres regidurías pendientes, aun cuando el Código Electoral señala que para el puerto de Acapulco se podrán asignar “hasta” 28 regidurías. La instancia resolvió que “el término hasta no es imperativo para la asignación de las 28 regidurías”.En ese sentido, la magistrada Azucena Godínez confirmó la asignación de regidurías para el municipio de Acapulco que hizo el quinto consejo distrital, así como las constancias de mayoría.Nota de la Redacción: Esta información debimos haberla publicado ayer, lo que no ocurrió por un error en el proceso de cierre de edición.

468 ad