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Con el voto del PRI crea el Congreso la Auditoría General del Estado

 * Es el organismo encargado de vigilar la aplicación honesta de los recursos públicos * Sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda y su titular podrá ser elegido por una mayoría simple * Votan en contra el PRD y el PAN

 Hugo Pacheco León, corresponsal, Chilpancingo * En una sesión extraordinaria que comenzó a las 3 de la mañana de ayer, la mayoría priísta en el Congreso aprobó la Ley de Fiscalización Superior del Estado y sustituyó a la Contaduría Mayor de Hacienda por la Auditoría General del Estado como encargada de vigilar que los recursos públicos sean aplicados con honestidad y transparencia por el gobierno del estado y sus dependencias, y por las entidades públicas estatales y municipales, y cuyo titular será elegido por la mayoría simple de los diputados.

Votaron en contra los diputados del PRD y el del PAN, mientras que el del PRS no participó.

El perredista Misael Medrano Baza reconoció que la ley de fiscalización tenía avances, pero propuso regresarla a comisiones para que los diputados pudiesen conocerla más a fondo. Sin embargo, cuestionó que a diferencia de la ley federal de fiscalización que establece que el Auditor Superior de la Federación se debe elegir con el voto de dos tercios de los diputados, en la ley que en Guerrero se propone se elegirá con la mayoría simple de diputados del Congreso local.

Sin embargo, como su propuesta no la presentó Medrano por escrito no fue sometida a votación.

No obstante le respondió el priísta presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, Juan Salgado Tenorio para decir que la sesión de este miércoles 30 era especial para los guerrerenses porque el dictamen era un avance en materia de fiscalización.

Por su parte, el también priísta Ernesto Sandoval, quien elaboró el dictamen, dijo a Medrano que la Constitución federal establece que el auditor general se nombra por dos tercios de los diputados presentes en la sesión y la Constitución local dice que con la mayoría de los integrantes de la Legislatura. Para el caso de Guerrero, se necesita en la Legislatura el voto de 24 diputados para elegir al auditor general.

Es decir, que en la próxima Legislatura el PRI solamente necesitaría convencer a un diputado más para nombrar solo al responsable de vigilar las finanzas públicas.

Ya en la votación, con el sufragio del panista Angel Pasta Muñúzuri sumaron 14 votos en contra, 26 del PRI  a favor y la abstención de la perredista Olga Bazán. El diputado del PRS, Demetrio Saldivar Gómez no votó en ningún sentido y tampoco dijo por qué.

En la fundamentación que hizo el diputado priísta miembro de la Comisión de Justicia, Enrique Camarillo Balcázar, se explica que la nueva Ley de Fiscalización Superior del Estado tiene por objeto “fijar las bases y términos para la competencia, organización, funcionamiento y procedimiento de la Auditoría General del Estado; normar la fiscalización superior que realice, así como la rendición de cuentas de los poderes del estado, ayuntamientos y entes públicos estatales y municipales”.

Además pretende también esta ley “establecer el procedimiento para la determinación de daños y perjuicios causados a las entidades fiscalizadas en su hacienda o patrimonio así como la promoción o fincamiento de responsabilidades, indemnizaciones y sanciones pecuniarias, precisando los medios  de defensa correspondientes”.

Más adelante se sustenta que “los servidores públicos de la auditoría se conduzcan conforme a lo dispuesto por esta ley y demás disposiciones aplicables; además de iniciar el procedimiento correspondiente por las quejas y denuncias derivadas del incumplimiento de las obligaciones por parte de estos servidores, entre otras”.

Destaca como importante que “cuando algún ciudadano presente denuncias en contra de servidores públicos o particulares sobre presuntas irregularidades cometidas con motivo del ejercicio y aplicación de recursos federales, estatales o municipales, la Auditoría General del Estado en el caso de que la ratifique y si se considera procedente, iniciará las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de la denuncia, cumpliendo así con el objeto de esta ley”.

Esta ley establece un título  especial que regula “la determinación de daños y perjuicios y del fincamiento de responsabilidad resarcitoria a los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales que causen daño o perjuicio estimable en dinero a las haciendas públicas estatal o municipales, al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales”.

Es decir la Auditoría General del Estado podrá establecer la presunción de responsabilidades, el señalamiento de los presuntos responsables, la determinación del monto de los daños y perjuicios y fincar directamente o previo el establecimiento de la responsabilidad, las indemnizaciones y sanciones pecuniarias respectivas. Asimismo se establece la promoción de otro tipo de responsabilidades que procedan de acuerdo a la legislación vigente ante las autoridades competentes.

La Auditoría General del Estado gozará de autonomía técnica y financiera y amplias facultades para poder llevar a cabo con eficiencia y probidad la supervisión, control y evaluación del ejercicio de las finanzas públicas.

La reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo

Para adecuar la Ley Superior de Fiscalización se reformó la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para crear la Auditoría General del Estado y se faculta al Congreso del Estado para expedir la Ley de Fiscalización Superior del Estado en que se establecerá la competencia, organización, funcionamiento y procedimientos del nuevo organismo como órgano técnico auxiliar del Poder Legislativo, para el control de fiscalización de la hacienda pública del estado y los municipios.

Se indica que la Auditoría General del Estado, que conforme a la ley contará con autonomía técnica y financiera para el ejercicio de sus funciones vendrá a sustituir a la actual Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado.

En ese sentido la iniciativa de decreto contiene reformas, adiciones y derogaciones a diversos artículo de la Ley Orgánica, que tiene por objeto adecuar la denominación del órgano técnico y del titular del mismo; los periodos de la revisión y fiscalización de las cuentas públicas.

El pleno del Congreso también reglamentará la nueva competencia de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública; y la creación de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría General del Estado, que sustituye al Comité  de Vigilancia con mayores facultades; y se reubican los artículos que establecen las atribuciones de los comités de Administración y de Biblioteca e Informática.

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