Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Desde Zeferino, las reformas a la ley han sido para dar notarías a hijos y funcionarios

*Los cambios propuestos por Aguirre bajan de tres años a seis meses el requisito de separación de un cargo en el servicio público

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

Los candados que impedían que los hijos de notarios, funcionarios o recomendados de éstos se beneficiaran con las patentes de notarios, comenzaron a suprimirse de la Ley del Notariado del Estado de Guerrero desde el gobierno de Zeferino Torreblanca Galindo, quien derogó la antigua Ley 114 que no se había reformado desde hace 44 años, en el gobierno de Raymundo Abarca Alarcón.
En un comparativo que se hizo de la Ley 114 del Notariado del Estado de Guerrero con la 971 que promovió el gobernador Torreblanca, aprobada el 27 de marzo del 2009, se pudo constatar que las reformas a la citada ley han sido para facilitar que los beneficiarios de las patentes de notarios sean hijos o familiares directos de los notarios en activo, así como funcionarios o recomendados de éstos.
Por ejemplo, en la ley promovida por Zeferino Torreblanca, se suprimió el requisito de que los aspirantes a una patente de notario debieran tener cinco años ininterrumpidos laborando bajo la responsabilidad de un notario.
Mientras tanto, en la actual reforma a la Ley del Notariado que se propone al Congreso local, se baja de 3 años a 6 meses el requisito que establecía que los aspirantes no deben desempeñar un cargo en el servicio público.
Además, otro de los candados que se quita en la reciente iniciativa de reforma a la ley, es que los aspirantes que no sean beneficiados con una patente no podrán presentar ningún recurso de inconformidad, puesto que la decisión de los sinodales será inapelable, e incluso se faculta a la destrucción o incineración de los exámenes aplicados, con lo que se borran las evidencias de irregularidades en la asignación de las patentes.
Pero también desde la reforma promovida por Zeferino Torreblanca Galindo se prohibió a los abogados litigantes realizar asesorías en materia notarial, incluso no entrar a las funciones que competen a los notarios, para dejar esta actividad exclusivamente a los notarios beneficiarios de la patente.
Al respecto, en el artículo 26 de la Ley aprobada en el gobierno de Torreblanca se establece que: “se prohíbe que toda persona que no sea notario utilice anuncios dirigidos al público que induzcan a confusión, como asesoría notarial, asuntos notariales, trámites de escritura y gestoría”, y luego agrega que de lo contrario, se caerá en usurpación de funciones y será sancionado de acuerdo al Código Penal.
En la iniciativa de reformas que se propone actualmente al Congreso local se suprimió, además, el candado que establece que  uno de los requisitos de los aspirantes es no haber sido servidor público por designación, o elección popular durante 3 años inmediatos anteriores. En las reformas enviadas al Congreso local, los tres años se reducen a 6 meses.
Por otra parte, en el artículo 41 de la Ley 114 que funcionaba hasta antes del gobierno de Torreblanca Galindo, se establecía que los sinodales para aprobar a los beneficiarios de las patentes deberían ser 7, 4 representantes del gobierno del estado, es decir servidores públicos, y 3 notarios.
Pero en la ley que promovió Zeferino Torreblanca, redujo de 7 a 5 miembros los integrantes del jurado; un presidente nombrado por el gobernador, un secretario propuesto por el Colegio de Notarios y 3 vocales designados por el gobernador, “uno de los cuales deberá ser académico y los otros 2 deberán ser servidores públicos y conocedores del derecho notarial”.
Sin embargo en una reforma promovida por el actual gobernador aprobada el 19 de agosto del 2011, se suprimió “conocedores del derecho notarial” y se anotó: “profesionales del derecho”.
Además, de la ley 114 derogada por Zeferino Torreblanca, se suprimió el artículo que establecía que los notarios debían ser certificados por dos médicos autorizados por el sector salud, con el fin de garantizar que los notarios estuvieran en plenas facultades físicas e intelectuales para desarrollar sus funciones.
Por otra parte, en la iniciativa de reforma que recientemente se envió al Congreso local para su revisión, discusión y en su caso aprobación, en su artículo 49 dice: “el resultado del examen será inapelable y concluido el mismo se procederá a la destrucción de los exámenes”.
Lo anterior, en opinión del abogado Elías Fierro Rivera, uno de los aspirantes a la patente de notario, dijo que esto es grave porque se pretende que los aspirantes independientes que no resulten seleccionados no puedan promover ningún recurso de inconformidad.
“¿Y por qué se destruirán los exámenes si es eso lo que va a sostener la evidencia si en verdad se ajustaron o no a los requisitos establecidos?”, se preguntó el profesionista.
Incluso, recordó que los exámenes que se aplicaron a los aspirantes en el gobierno se Zeferino Torreblanca fueron incinerados ya en esta administración de Ángel Aguirre, cuando todavía no está establecido en la ley.
Sin embargo dijo que en la iniciativa de reformas que recientemente se envió al Congreso local ya se pretende legalizar este procedimiento que implica opacidad en el procedimiento en la entrega de las patentes notariales
El abogado confirmó que las reformas a partir del gobierno de Torreblanca Galindo han sido para quitar los candados y facilitar que quienes obtengan la patente sean los hijos o familiares directos de los notarios, así como funcionarios y recomendados de éstos, pero además incluyen candados para impedir que los aspirantes independientes puedan promover algún recurso de inconformidad, lo cual, concluyó, implica que el notariado de Guerrero recaerá en un sector “caciquil y patrimonialista”.

468 ad