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Jaime Castrejón Diez

Plebiscito sobre los segundos pisos

 Con motivo de la decisión del Tribunal Electoral del Distrito Federal de rechazar las impugnaciones de la aprobación el plebiscito sobre los segundos pisos aprobados por el Instituto Federal Electoral del Distrito Federal, hubo un voto en contra del magistrado Juan Martínez Veloz y posteriormente la apelación al Tribunal Electoral por parte de grupos ciudadanos sobre la necesidad, factibilidad o legalidad del plebiscito. Esto muestra la compleja situación de este problema. De hecho hay seis actores de la obra. el jefe de Gobierno, el Instituto Electoral del DF, el Tribunal Electoral del DF y los partidos políticos.

La decisión de hacer obra pública como los segundos pisos en realidad más que plebiscito en estos casos es necesario la opinión de expertos sobre la viabilidad de estas obras y al mismo tiempo el impacto ambiental, social, de seguridad y hasta estético que representa una obra de esa magnitud y de este estilo.

La motivación de llevar a la ciudadanía la decisión sobre esta obra tan importante y costosa a la que se está orientando el jefe de Gobierno del Distrito Federal es de legitimación personal. Esta obra se plateó con un proyecto realizado por una compañía que fue pegado por el Gobierno del Distrito Federal y en el momento de su licitación el costo de la construcción quedó muy por encima de las capacidades económicas del Gobierno del Distrito Federal. Fue en ese momento cuando planteó a la ciudadanía decidir por medio de un plebiscito si es o no es adecuado hacer los segundos pisos. Es una forma de presionar a la legislatura del DF.

De hecho el plebiscito viene haciéndose un poco a toro pasado, el primer intento fue de hacerlo sin recurrir al plebiscito y solamente se recurre al plebiscito y se empieza a manejar como un acto político en el que muchos de los que van a votar ni se benefician, ni se dañan con el segundo piso sino que es más bien una ratificación de la autoridad del jefe de Gobierno del Distrito Federal para hacer este tipo de obras. Es más por los comics y otros instrumentos de propaganda que se están utilizando tiene visos de una campaña política que de un plebiscito para realizar una obra.

En el voto de en contra del magistrado Juan Martínez Veloz, uno de sus argumentos se basa en la definición de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en el artículo 23 que dice: “Las dependencias, entidades y órganos desconcentrados podrán convocar, adjudicar o llevar a cabo obra pública, solamente cuando se cuente con recursos para asignación específica en la partida autorizada dentro del presupuesto a probar”. Obviamente no hubo fondos suficientes en el presupuesto aprobado para hacerlo y se recurre al plebiscito en cierta forma para presionar a la legislatura del Distrito Federal para aportar los recursos necesarios para realizar la obra, es decir, es una forma de coacción al Poder Legislativo del Distrito Federal para ampliar los recursos que se necesitan para construir los segundos pisos. La misma coacción en relación a sus gastos se aplicó al Instituto Electoral del DF para que aprobara el plebiscito. Esto da más la impresión de que es una forma de tratar de forzar un proyecto sabiendo que la actividad política del jefe del Gobierno del Distrito Federal para desarrollar un clientelismo casi asegura que el plebiscito sea de los que fuere lo puede ganar y con eso afirmar su posición política. Sin embargo, el Tribunal Electoral del DF le puso una condición, es necesaria la tercera parte de los electores registrados para que el resultado sea vinculatorio, es decir, que necesita 2 millones 200 mil votos a favor para que sirva a sus fines.

La apertura hacia el plebiscito, el referéndum y la iniciativa popular son medidas políticas para legitimar algunas acciones, estos es importante porque abre nuevos caminos a la llamada democracia participativa que en realidad es una democracia indirecta. Es por eso que es bueno pensar que si la democracia indirecta  llevó a la jefatura de Gobierno a una persona, esa democracia indirecta da facultades, pero dentro de los límites de la ley; en este caso la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Pero el plebiscito en esta instancia se vuelve un instrumento para ir más allá de lo que prescribe la ley y hacer de un tema de obras públicas, un tema político y al mismo tiempo mostrar fuerza en el electorado para futuras aventuras políticas.

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