Incumple Aguirre con requerimiento de juez federal y se expone a ser acusado ante el MP
Zacarías Cervantes
Chilpancingo
El gobernador Ángel Aguirre Rivero; el secretario de Gobierno, Humberto Salgado Gómez; la subsecretaria de Asuntos Políticos, Rossana Mora Patiño, y el director general de Asuntos Jurídicos, Raúl Efraín Cardoso Miranda, incumplieron un requerimiento del Juzgado Primero de Distrito y del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Acapulco, por lo que fueron apercibidos de que se dará vista al Ministerio Público federal por el delito de desobediencia.
El gobernador y los tres funcionarios fueron requeridos por el Juez Primero de Distrito con sede en esta capital para que remitan la documentación relacionada con el procedimiento de selección de aspirantes a notarios, lo cual no cumplieron con argumentos que fueron considerados como “improcedentes”.
El requerimiento está relacionado con el juicio 813/2011-III con motivo del amparo que solicitó el abogado Alfredo Rodríguez Vega por las irregularidades que se cometieron en el proceso de selección de cinco beneficiarios de las patentes de notarios en el gobierno de Zeferino Torreblanca.
El Juzgado dio un plazo de 24 horas para que la autoridad estatal diera cumplimiento aal requerimiento, contados a partir del 11 de abril, y el 13 de abril el gobierno estatal respondió a través de Alejandro Astudillo Esiquio –quien se ostentó como “delegado de la autoridad responsable”– que “en los inventarios de las diversas dependencias a cargo del Ejecu-tivo estatal no se encontró documentación alguna relacionada con la requerida por su señoría”.
En el escrito el funcionario estatal agrega que de acuerdo con el artículo 20, fracción XVIII, del reglamento interior de la Secretaría General de Gobierno del Estado, es competencia de la referida secretaría, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, integrar los expedientes de los aspirantes al ejercicio de notario, “es decir, es la única dependencia que cuenta con facultades para conocer y contar con la documentación requerida”.
Sin embargo, en su requerimiento el Juzgado de Distrito expresa que la Secretaría General de Gobierno el 6 de octubre del 2011 respondió al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito residente en Acapulco, “que no era posible acceder a lo ordenado, toda vez que los inventarios de cada una de las dependencias en cita se encuentran clasificados por la Ley Número 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como información confidencial en términos de los artículos 39, 40 y 41 de la citada Ley”.
Asimismo, adujo que las constancias relacionadas con los exámenes de los aspirantes a notarioa no se encontraban en dichos inventarios, además de que no ha tenido conocimiento de que los exámenes que le son practicados a cada uno de los aspirantes para obtener la patente, una vez que son realizados, se destruyen y son incinerados.
Y a esta respuesta, el Tribunal Colegiado respondió que “las manifestaciones de la autoridad responsable no tienen sustento legal alguno, pues la Ley Número 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública no es aplicable a los órganos del Poder Judicial de la Federación, que conoce de los juicios de garantías que requieren de documentación necesaria para resolver el fondo del asunto y que las autoridades están obligadas a proporcionarla de conformidad con la Ley de Amparo”.
En cuanto a que los exámenes, una vez realizados, se destruyen y son incinerados, el Tribunal respondió que “la interpretación literal de la disposición legal no es que se eliminan propiamente los exámenes que presentan los examinados al ejercicio del notariado, sino a los temas que éstos hayan desarrollado con motivo de ello, para que no puedan presentarse dentro de los que sirvan para nuevos exámenes”.
Derivado de esta negativa de la Secretaría de Gobierno, la autoridad judicial regresó el caso al Juzgado Primero de Distrito para que esta vez planteara el requerimiento a todas las autoridades involucradas, a quienes apercibe de que en caso de nuevamente incumplir (como finalmente ocurrió) “se dará vista al Ministerio Público de la Federación adscrito por el delito de desobediencia”.




