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Pide el gobierno a los ejidatarios someterse a la resolución judicial

* La sentencia previa –contra la que está vigente un recurso de revisión– condena a Tres Vidas a entregar los predios al ejido

 En un boletín de prensa, el subsecretario de Gobierno para Asuntos Agrarios, Esaú Tapia Abarca, llamó a los ejidatarios de El Podrido a sujetarse a la resolución del Tribunal Superior Agrario sobre el litigio que mantiene con el desarrollo Tres Vidas.El documento cita los antecedentes del conflicto:El ejido fue beneficiado con 796-99-96 hectáreas mediante resolución presidencial del 10 de octubre de 1978.El 4 de abril de 1979 la Secretaría de la Reforma Agraria ejecutó parcialmente dicha resolución, entregando al ejido 764 hectáreas.Inconformes los ejidatarios promovieron un juicio de amparo. Se dictó sentencia favorable a los campesinos a efecto de que se entregara la totalidad de la superficie.La Secretaría de la Reforma Agraria procedió a la entrega de la superficie total, en el área de la ejecución inicial de abril de 1979. Pero los campesinos no firmaron el acta de entrega por considerar que lo entregado no correspondía a los predios afectados, sino que se inconformaron alegando repetición del acto reclamado, lo cual la Corte consideró improcedente; sin embargo, ésta ordenó a la Juez de Distrito se pronunciara si la Secretaría de la Reforma Agraria cumplió la ejecutoria, a lo cual la Juez acordó que la misma no estaba cumplida y requirió su ejecución.Se ejecutó la resolución presidencial el 13 de diciembre de 1999, entregándole materialmente 750 hectáreas, aproximadamente, de las 796 que marca la resolución, ya que se excluyó la laguneta y la carretera Acapulco-El Podrido-Barra Vieja, dando cumplimiento al juicio de amparo 95/80 e incidente de ejecución número 332/99.Como consecuencia de esa ejecución se afectó al fraccionamiento Playa Encantada, así como 45 hectáreas, aproximadamente, al Desarrollo Turístico Tres Vidas en la Playa.Los representantes legales de dichas empresas presentaron juicios de amparo, recursos de revisión y recursos de queja dentro del juicio de amparo.Las resoluciones emitidas en tres casos fueron adversas a los representantes de Tres Vidas y en dos casos fueron favorables, en el sentido de que sus propiedades no formaban parte de la dotación ejidal  y, en consecuencia, hubo una ejecución indebida de la resolución presidencial.Derivado de lo anterior, con fecha 13 de junio del 2000 el Comisariado Ejidal del poblado interpuso juicio agrario contra los representantes de Tres Vidas en la Playa, demandando la restitución de 44-59-64 hectáreas que les concedió la resolución presidencial de dotación de ejido, en poder de Tres Vidas.Previo procedimiento, el magistrado agrario resolvió procedente la restitución y condenó a Tres Vidas a entregar dicha superficie. Contra esa resolución, los representantes legales de Tres Vidas, interpusieron recurso de revisión ante el Tribunal Superior Agrario, mismo que esta pendiente de resolución.El boletín señala que el gobierno del estado reitera su disposición de continuar coadyuvando con las autoridades federales competentes  para contribuir a la solución de este conflicto; y exhorta a las partes en conflicto a dirimir sus diferencias por la vía del diálogo y la concertación y a sujetarse a la resolución que habrá de emitirse sobre la seguridad jurídica del bien inmueble.

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