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Mazón debe renunciar si no está de acuerdo en la despenalización del aborto, dice el dirigente estatal del PRD

Mazón debe renunciar si no está de acuerdo en que se despenalice el aborto, dice Carlos Reyes

*La iniciativa es del gobernador, del que depende el secretario de Salud, subraya el presidente estatal del PRD. Llama a diputados perredistas a votar por el proyecto conforme a los principios del partido

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del PRD, Carlos Reyes Torres, dijo que el secretario de Salud, Lázaro Mazón Alonso, debe valorar su permanencia en el cargo, pues no puede actuar en contra de la iniciativa de despenalización del aborto que envió su jefe el gobernador del estado.
Asimismo, llamó a los diputados perredistas a tener tolerancia y prudencia en el tema y los invitó a cabildear, opinar y buscar acuerdos, pero siempre atendiendo los documentos básicos de su partido que están a favor de los derechos de las mujeres.
Consultado vía telefónica sobre la opinión de la diputada federal del PRD, Martha Lucía Micher, y de la activista por los derechos de las mujeres Rosa Icela Ojeda, en el sentido de que el secretario de Salud en el estado, Lázaro Mazón Alonso, debería renunciar a su cargo porque está anteponiendo su creencia religiosa en el tema y debe actuar como funcionario público, el dirigente dijo que efectivamente el señalado debería valorar su permanencia en la dependencia.
Insistió en el respeto a la libertad del funcionario perredista a opinar en el tema y a actuar “bajo su conciencia”.
Sin embargo, le recordó que la iniciativa para despenalizar el aborto la envió el gobernador “y él es su secretario, depende del gobernador, debiera de haber algún análisis de parte del secretario”.
Sobre todo por las responsabilidades que adquiere al ser parte del gobierno perredista, por lo que su deber es coordinarse con el Ejecutivo, “y cuando ya no estás de acuerdo con un gobierno pues se debe de valorar la permanencia, porque si no se coincide con el gobernador que lo invitó a colaborar, pues sería muy incómodo para el secretario estar en esa responsabilidad”.
Reyes Torres consideró que Lázaro Mazón debería valorar si puede continuar en un cargo donde no coincide con las propuestas del Ejecutivo estatal, “lo mínimo, debe haber buena coordinación,?no es buena señal el que por una parte el gobernador envíe la iniciativa y por otro el secretario la esté cabildeando en contra”.

Son normales las diferencias, pero hay que respetar los documentos básicos, advierte

El dirigente perredista consideró que son normales las diferencias entre los diputados de la fracción, porque “ya se conoce que hay algunos que están contra la propuesta del gobernador”, pero dijo que “seguramente” ya están platicando y saldrán unidos después de conocer todos los puntos de vista.
Reyes respondió así a la presidenta de la Comisión de Equidad y Género del Congreso, su correligionaria Ana Lilia Jiménez Rumbo, quien llamó a su coordinador de fracción, Bernardo Ortega Jiménez, a no intervenir en el trabajo de las comisiones unidas que dictaminarán la iniciativa, “y que entienda que esto no es de la Comisión de Gobierno”.
La diputada reaccionó de ese modo a Ortega Jiménez, quien había negociado una reunión entre las comisiones unidas de Equidad y Género, Salud y Justicia con la titular de la Secretaría de la Mujer, Rosario Herrera Ascencio.
Reyes consideró que el presidente de la Comisión de Gobierno al igual que todos los diputados está en su derecho de cabildear y opinar y buscar acuerdos, y los invitó a que lo hagan atendiendo los documentos básicos del PRD.
Debe haber mucha tolerancia y prudencia para que puedan hacer bien el trabajo, dijo.
Recordó que como dirigencia han dejado clara la postura del PRD a favor de la legalización de la interrupción del embarazo, que está contemplada en los estatutos del partido y en todos los documentos básicos perredistas.
Por eso les recordó a los 20 diputados perredistas que el respaldo de ese partido a la iniciativa no es una ocurrencia, sino que es la línea política de su partido de la que no deben separarse.
Les pidió que mejoren la propuesta del gobernador para que se pueda aplicar correctamente, para que en los hospitales haya el personal, presupuesto e infraestructura necesaria para aplicar la reforma.

Impedidos por la ley, actos religiosos como el del miércoles en el Congreso: abogados

*Es un delito, afirma el presidente de la Barra de Abogados del estado, Ezequiel Larumbe Radilla. Critica a la diputada priista Julieta Fernández por facilitar y participar en la ceremonia en las instalciones del Poder Legislativo

El presidente de la Barra de Abogados del estado, Ezequiel Larumbe Radilla, criticó la ceremonia religiosa realizada el miércoles dentro del Congreso con la aprobación y participación de la diputada Julieta Fernández Márquez.
“Porque como legisladora y representante popular debe guardar las formas que ella misma conoce”, dijo, y recordó que las leyes mexicanas consagran la separación del Estado y la Iglesia, la prohibición de actos religiosos en espacios públicos y que las asociaciones religiosas no pueden ejercer ningún tipo de violencia o presión a las autoridades como lo hacen en el tema de la despenalización del aborto.
Recordó que el Artículo 130 de la Constitución Política y la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público establecen claramente la separación del Estado y la Iglesia, y que las asociaciones religiosas no podrán asociarse con fines políticos, ni oponerse en reuniones públicas, actos de culto o propaganda a las leyes o sus instituciones.
Además de que todos sus actos deben realizarse dentro de sus templos o pedir permiso a las autoridades con 15 días de anticipación para realizarlos fuera de ellos.
Ayer en estas páginas se informó que unos 30 católicos y evangélicos protestaron en la puerta principal del Congreso y media hora después de que se reunieron las comisiones de Salud, Equidad de Género y Justicia, la diputada priista Julieta Fernández facilitó su entrada a las instalaciones del Poder Legislativo, donde repartieron propaganda contra el aborto en cada oficina de los diputados y después frente a la biblioteca Siervo de la Nación, dentro de la explanada del edificio, rezaron oraciones para agradecerle a Fernández Márquez.
“Nunca se deben violentar las instituciones para obtener lo que sea, aun cuando la causa sea buena, hay formas, hay medios para acceder”, señaló Larumbe Radilla, y agregó que los grupos religiosos son libres de impartir cualquier tipo de culto al interior de sus instalaciones, “mas no hacer ostentación de ellos en ningún lugar público y menos en el Congreso”.
Consultado vía telefónica, dijo que estas acciones constituyen delitos porque las leyes indican que bajo el principio de separación del Estado y la Iglesia los grupos religiosos no pueden manifestarse en lugares públicos, mucho menos la diputada, que debe conocerlas, y en lugares como el Congreso local.
Agregó que, aunque desconocía los hechos ocurridos el miércoles en el Congreso, en respeto a la Constitución no se puede ejercer ni violencia ni presión contra el Legislativo para que apruebe o no la despenalización del aborto.
“La diputada Julieta Fernández, como parte del Congreso se debe abstener, no encabezar estas manifestaciones porque se supone que conoce el procedimiento”, concluyó el presidente de la Barra de Abogados.

Ley de asociaciones religiosas

En el título 5 de la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público se establece que asociarse con fines políticos, promover conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos, ejercer violencia física o presión moral mediante agresiones o amenazas para el logro de objetivos, convertir un acto religioso en reunión política, y oponerse a las leyes mexicanas o a sus instituciones en reuniones publicas son infracciones de las asociaciones religiosas a la misma.
Aunque en diciembre de 2011 los diputados federales devolvieron a la Iglesia privilegios como la libertad de convicciones religiosas en público o en privado, en el Artículo 24 de la Constitución también se indica que “nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”, que los actos religiosos deberán celebrarse en templos y los que se hagan de forma extraordinaria se deberán sujetar a la ley reglamentaria y solicitar autorización previa de las autoridades.
“No podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios (…) No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político”, afirma el Artículo 130 de la Constitución Política.
Los artículos 1 y 2 de la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público, vigilada por la Secretaría de Gobernación, establecen la separación del Estado y las iglesias, y señalan que las convicciones religiosas no eximen del cumplimiento de las leyes.
Dice que no podrán alegarse motivos religiosos para evadir responsabilidades y obligaciones, ni tampoco impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad.
El artículo tercero subraya que el Estado es laico y deberá ejercer su autoridad en lo relativo a la observancia de la Constitución, tratados internacionales ratificados por México y legislación aplicable, por lo que “no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna”.
Las asociaciones religiosas deberán “respetar los cultos y doctrinas ajenos a su religión, así como fomentar el diálogo, la tolerancia y la convivencia entre las distintas religiones y credos”, además de “propiciar y asegurar el respeto integral de los derechos humanos”, establece el artículo octavo.
“Para actos religiosos de culto público con carácter extraordinario fuera de los templos, los organizadores deberán dar aviso previo a las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales o municipales, por lo menos 15 días antes de la fecha en que pretendan celebrarlos, y se debe indicar el lugar, fecha, hora, así como el motivo”, agrega el 22.
El artículo 25 indica que las autoridades “no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de ese tipo culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares. En los casos de prácticas diplomáticas, se limitarán al cumplimiento de la misión”. (Redacción / Acapulco).

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