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Resolverá el Cabildo los casos de las comisarías, no Ramírez Ramos: Adela

Ossiel Pacheco * El Cabildo porteño tiene la última palabra, no el secretario general del ayuntamiento Guillermo Ramírez Ramos sobre las impugnaciones en las elecciones a comisarios y delegados municipales informó la síndica Adela Román Ocampo, quien anunció que va a convocar a los ediles integrantes de la Comisión de Gobernación para dictaminar al respecto.

Entrevistada ayer en su despacho en el Palacio Municipal, Román Ocampo dijo que de acuerdo a la Ley Orgánica del Municipio Libre, es el ayuntamiento en su conjunto, no solo el ejecutivo municipal el que tiene que decidir sobre las impugnaciones que en diversas comunidades se han dado por irregularidades suscitadas en diversas elecciones vecinales ya celebradas.

Informó que la sindicatura a su cargo sólo recibió las impugnaciones de las elecciones en Puerto Marqués y La Sabana, por parte de las planillas que documentaron irregularidades, por lo cual, canalizó los casos a la Secretaría General del Ayuntamiento, recomendando que las resoluciones sean apegadas a derecho, tras un análisis exhaustivo de las pruebas aportadas.

Contrario a lo que dictaminó el secretario del ayuntamiento Ramírez Ramos, al reconocer el triunfo de la planilla Roja en La Sabana, dijo que hay causales suficientes para anular la elección, previstas en las fracciones 9 y 11 de la ley del Sistema de Medio de Impugnación dado las irregularidades cometidas por priístas que documentaron las planillas Amarilla, Verde y la Azul.

Señaló que no ha habido respeto por parte del alcalde Torreblanca Galindo, pues como representante del ayuntamiento, en el caso de las elecciones a comisario y delegados no se ciño a lo establecido por la ley orgánica del municipio libre, “no ha habido comunicación ni coordinación para resolver conforme a derecho los conflictos de las elecciones vecinales”.

Dijo no contar con información oficial sobre las impugnaciones, pese a que como sindica procuradora tiene las facultades para fungir como vigilante de que los comicios se lleven a cabo de manera adecuada, pero en este periodo de gobierno municipal que está por concluir la figura de la segunda sindicatura ha sido ignorada.

La también presidente de la comisión de Gobernación y Seguridad Pública del Cabildo porteño indicó que aunque la ley orgánica del municipio libre no prevé impugnaciones es necesario analizar los términos en que se emitió la convocatoria y que a falta de reglamentación están los usos y costumbres como fuente de derecho.

Y que en materia electoral están el código estatal electoral y sobre el caso de las comisarias y delegaciones el artículo 61 de la ley orgánica establece que será el ayuntamiento, que tiene como órgano supremo al cabildo, el que tiene que decidir sobre las impugnaciones y la obligación de calificar la elección a comisarios y delegados, así emitir la declaratoria de los respectivos nombramientos.

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