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Ratifica el TSJ por tercera vez la sentencia contra Diógenes Justo

* Emite orden de reaprehensión y lo condena a pagar 600 mil pesos a favor de Alfonso Zamudio y 115 mil pesos a Ernesto Armijo por reparación del daño * Como “un acto de perversidad”, califica el dictamen Rómulo Reza Hurtado

Alfredo Mondragón y Karina Contreras * Por tercera ocasión, la Segunda Sala Penal ratificó la sentencia de 40 años al presunto jefe de una banda de secuestradores, Diógenes Justo Herrera y emitió orden de reaprehensión a la Policía Judicial por el delito de secuestro en agravio del comerciante Alfonso Zamudio Naranjo y de Ernesto Armijo Pastrana, hijo del ganadero de Azoyú, Sulpicio Armijo López. Mientras tanto, por segundo día consecutivo, familiares, amigos y el abogado de Diógenes Justo, hermano del tres veces alcalde de Azoyú, Lauro Justo Herrera, permanecieron en plantón afuera del Palacio de Justicia en demanda de la libertad del sentenciado. El abogado particular del sentenciado, Rómulo Reza Hurtado anunció que interpondrán un amparo directo ante los tribunales federales porque la ratificación de la sentencia “es un acto de perversidad  a fin de prolongar su detención”.

La esposa del sentenciado, Eloína Martínez Figueroa, consideró que el caso “es una proceso lleno de violaciones monstruosas; confiábamos en que ahora se dictaría una resolución apegada a derecho, pero vamos a seguir en lucha, no estamos inventando nada, es inocente”. Martínez Figueroa  insistió en que las pruebas que involucran a su esposo fueron fabricadas y que los otros tres detenidos ya fueron liberados por jueces federales porque “fueron torturados por Víctor Castro Valente para que acusaran a mi esposo (…) No estamos pidiendo que le perdonen sólo que resuelva conforme a derecho”. Reza Hurtado consideró que la ratificación de la sentencia “puede ser que tengan temor o consigna de un funcionario mayor, porque sabemos que Sulpicio Armijo López (padre del secuestrado) está presionando en la PGR, Secretaría de Seguridad Pública, Cámaras de Comercio e Industrias y por eso los magistrados incumplieron en su función de dar justicia”.

El abogado aseguró que Diógenes Justo fue involucrado en ambos secuestros por el padre de la víctima, Sulpicio Armijo, debido a “tuvieron problemas” a pesar de que al inicio de la averiguación “estaban bien definidos los secuestradores” además de que la Procuraduría de Justicia no llamó a declarar a la propietaria del vehículo en que fue plagiado Ernesto Armijo. La Segunda Sala Penal consideró que Diógenes Justo es “culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de secuestro en agravio de Alfonso Zamudio Naranjo y Ernesto Armijo Pastrana y se impone una pena de 40 años de prisión y 13 mil 225 pesos a favor del fondo auxiliar para la administración de justicia”. Mediante la toca penal III/550/2001, del 3 de junio de 2002, la Sala Penal, también condenó al sentenciado al pago de 600 mil pesos a favor de Alfonso Zamudio y de 115 mil pesos a favor de Ernesto Armijo por concepto de reparación del daño y emitió la orden de reaprehensión”. El comandante de la Policía Judicial del Estado (PJE) del sector Central, Silvino Rafael Salinas Orbe informó que ayer dieron ejecutoria a la orden de reaprehensión en contra de Diógenes Justo emitida por la Sala Penal mediante el oficio 051, de la toca penal III–550, de las causas penales 28–1/98 y 156–2/94, firmada por la secretaria de acuerdos María Guadalupe Viviano Baltazar.

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