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Argumentan contra el nombramiento de Barreto Sedeño como magistrado del TSJ

De la corresponsalía, Chilpancingo * El consejero electoral suplente Salvador Pichardo Torres entregó un escrito al Congreso local donde pide que no se apruebe el nombramiento del subprocurador de Justicia, Miguel Barreto Sedeño, como magistrado supernumerario del Tribunal Superior de Justicia, y argumenta que no cubre los requisitos que establece la Constitución General de la República y la Constitución local. En el documento que va acompañado por una serie de notas periodísticas de diversos diarios donde al impugnado subprocurador Miguel Barreto Sedeño se le señala como responsable de diversas violaciones a los derechos humanos, el también abogado litigante, señala que Barreto no puede ser magistrado porque del 4 al 5 de abril fungió como procurador general de Justicia encargado de despacho.

De acuerdo con el artículo 116, fracción III, de la Constitución General de la República, “no podrán ser magistrados las personas que hayan ocupado el cargo de secretario o su equivalente, procurador de justicia o diputados local en sus respectivos estados durante el año previo al día de la designación”. Lo mismo, dice, señala el artículo 88 en su fracción V, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero. La semana que pasó, el pleno del Congreso local turnó a comisiones la propuesta que hizo el gobernador René Juárez de que se apruebe a Barreto como magistrado supernumerario del TSJ. Pichardo Torres dice que tampoco procede ese nombramiento porque los artículos de la Constitución General y la Constitución local establecen que para ocupar dicho cargo debe de haber prestado sus servicios en la administración de justicia, y Barreto no tiene carrera judicial.

Los mismos numerales señalan que de no haber trabajado en el Poder Judicial, se dará el nombramiento a quien se lo merezca por su “honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica”, supuestos que tampoco reúne Barreto Sedeño porque en primer lugar tiene emitidas tres recomendaciones (número 05/2000) emitida por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, iniciada por la detención arbitraria, entre otros, del diputado local del PRD y presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, Juan García Costilla. Indica que el impedimento constitucional para que Barreto sea nombrado, es que no ha trascurrido un año a partir de que fue designado como enrcargado del despacho de la Procuraduría General de Justicia. En el extremo de que la mayoría priísta argumentara que el hecho de haber fungido como encargado de despacho de la Procuraduría no implica en sí un nombramiento de esa naturaleza, de todos modos, el nombramiento de subprocurador equivale a secretario auxiliar del titular del Poder Ejecutivo.

Indica Pichardo Torres que en caso de que el Congreso local apruebe el nombramiento de Barreto, se violarán las disposiciones de la Constitución federal y local, tanto federal como local; esto independientemente de las actuaciones de la nulidad de las acusaciones que realice Barreto Sedeño como magistrado del TSJ. En el legajo de documentos que entregó el abogado al Congreso local, da a conocer una serie de notas periodísticas, una de ellas, la reciente marcha de colonos de esta ciudad que denuncian ante el presidente de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (Codehum), Juan Alarcón Hernández, al subprocurador Miguel Barreto Sedeño por haber dejado en libertad a Francisco Flores Adame, autor intelectual del secuestro y homicidio del panadero Faustino Romero García.

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