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Cita el MP militar al abogado de la agrupación del obispo Vera; es una violación a la ley, señalan

*Lo llaman a comparecer al cuartel de El Ticuí sobre la agresión que cometieron efectivos del Ejército contra 50 indígenas de la OPIM en Ayutla hace tres años, informan

La Red Solidaria Década Contra la Impunidad, la Red de Defensa de los Derechos Humanos, la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (OPIM) y la Unión Campesina Emiliano Zapata Independiente señalaron que el agente del Ministerio Público de la 27 Zona Militar de Atoyac violó gravemente las normas mínimas de justicia porque citó al coordinador del área jurídica y defensor de derechos humanos de la asociación que preside el obispo Raúl Vera López, Ernesto Rodríguez Cabrera, para que mañana declare sobre la agresión que sufrieron unos 50 integrantes de la OPIM en Ayutla hace tres años.
“Las autoridades militares no pueden extender su jurisdicción sobre los civiles en un Estado de derecho y con una democracia efectiva”, subrayaron al recordar que ésta no es la primera vez que defensores de los derechos humanos son citados por el MP militar, violando la Declaración sobre defensores de los derechos humanos adoptada por la ONU desde diciembre de 1998.
Responsabilizaron al Estado Mexicano por la integridad física y sicológica de Rodríguez Cabrera, su familia y los integrantes de la Red Solidaria Década Contra la Impunidad, y reclamaron que está obligado a emitir medidas de protección para los defensores y actuar en el cumplimiento estricto de los derechos humanos.
El 8 de junio de 2011, en estas páginas se informó que la noche anterior un grupo de aproximadamente 50 militares llegaron armados y encapuchados a las instalaciones de la Organización del Pueblo Indígena Mepha’a (OPIM) en Ayutla donde estaban reunidos unos 50 indígenas en asamblea para denunciar el saqueo clandestino de madera y los agredieron.
De acuerdo con declaraciones de la presidenta de la OPIM, Obtilia Eugenio Manuel, uno de los jefes militares que dijo llamarse Roberto Pérez Díaz, aparentemente en estado de ebriedad, la agredió verbalmente y con una patada porque los indígenas  negaron el acceso al inmueble a los militares y sólo pudieron revisar una camioneta de El Paraíso, a pesar de que les mostró las medidas cautelares que tenían.
En el citatorio con fecha del 28 de mayo firmado por el agente del Ministerio Público Militar, subteniente de Justicia Militar J.M. Collí de la Cruz, y enviado a Rodríguez Cabrera a las oficinas de la OPIM se le cita a las 10 de la mañana del martes 17 de junio en el campo militar ubicado en El Ticuí, Atoyac, “con fundamento” en la Constitución, el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código de Justicia Miliar.
“Lo anterior con motivo de que rinda su Declaración Ministerial dentro del Acta Circunstanciada número AC27ZM/05/2011-1, toda vez que es necesario obre en constancias su declaración ministerial y estar en condiciones de determinar lo que a derecho proceda, debiendo para tal efecto traer consigo, original y copia de su Credencial de Elector”, expone.
En un boletín de prensa, ayer los organismos defensores de derechos humanos recordaron que los integrantes de la OPIM fueron golpeados, hostigados y amenazados por los militares en esa ocasión, cuando se preparaban para ir al 13 aniversario de la masacre de El Charco.
Agregaron que por estos hechos el 18 de diciembre del año pasado la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) resolvió que se realizaran las acciones y diligencias necesarias para la integración del acta circunstanciada radicada en la Procuraduría General Militar, que se emitiera la determinación que en derecho procediera y se informara al organismo las acciones realizadas por su cumplimiento.
El documento de la CNDH firmado por el director general Víctor Manuel Serrato Lozano agrega que “en su caso, se dé vista de los actos materia de la presente al Procurador General de Justicia Militar a fin de que el agente del Ministerio Público Militar, en el ámbito de su competencia inicie la averiguación previa respectiva, se realice la investigación correspondiente y se determine lo que en derecho proceda, por las responsabilidades oficiales que se pudieran desprender de la conducta que motivó este pronunciamiento, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento”.
E indica que se giren instrucciones a quien corresponda para que se dicten las medidas para combatir la práctica de acciones como la agresión a los integrantes de la OPIM que dieron origen a la conciliación, se garantice que no se repitan y también se acrediten ante la CNDH. (Redacción / Acapulco).

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