Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Renato Ravelo Lecuona

Sentencia contra las policías comunitarias:

golpe de Estado contra el pueblo

 (Segunda y última parte)

 Los representantes que acudieron el 26 de febrero a la cita del director de Gobernación en Chilpancingo, además del informe que explica y justifica la necesidad de la Policía Comunitaria, entregaron a las autoridades de Guerrero su fundamentación jurídica en los siguientes términos.

Jurídicamente, la ley si nos reconoce tanto en la seguridad e impartición de justicia comunitarias con base en usos y costumbres de los pueblos, así como en otras distintas formas de organización social. Las normas en las cuales nos basamos son:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 2, 27, 39, 115, y 133.

Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales Constitución Política del Estado de Guerrero, Artículo 10.

Ley orgánica del municipio libre, artículos 115 y otros.

En un apartado III de su documento exponen la forma en que operan las policías comunitarias y los problemas por los que atraviesa sus sistema: tanto la seguridad y justicia comunitarias que ofrecemos los pueblos a la ciudadanía en general carecen de apoyo en recursos económicos y equipo necesario para su mejor funcionamiento. Los integrantes de la Coordinadora y el Comité Ejecutivo prestan un servicio social gratuito en sus funciones, porque es un compromiso (comunitario).

La delincuencia se siente protegida por la no aceptación por el gobierno del (sistema) de seguridad y justicia comunitarias y con ella se integran las (averiguaciones) demandas en contra de los integrantes de la seguridad y justicia comunitarias.

Es un gran sacrificio y desgaste de nuestros pueblos y comunidades, que no ven otra salida para protegerse de la delincuencia. Es una desgracia que combatir la delincuencia de manera eficaz sea considerada ilegalidad.

Ya lo dijo el Agente Titular del Ministerio Público de San Luis Acatlán: la ley protege al delincuente, y no podemos hacer más.

Pero en todo tiempo esta organización indígena ha mantenido informadas a las autoridades de sus acuerdos, ha reportado resultados, ha solicitado y a veces obtenido apoyos y promesas de ellos, han dado aviso al Ejército de algunas operaciones para evitar sorpresas.

Para la entrevista del 21 de febrero, entregaron al Gobierno de Guerrero una larga lista de acciones de coordinación con el Ejército y el propio gobierno, destacando, con el Ejército el 10 de noviembre de 1996, firman un minuta de acuerdos en la comunidad de Horcasitas, Guerrero, con el comandante Jaime Eduardo Castro Ojeda, representante de la Subsecretaria de Protección y Vialidad; el 27 de febrero de 1997 presentan una solicitud de capacitación de las policías comunitarias, al Coronel. Evaristo Chávez M., del 48 Batallón de Infantería y al día siguiente le entregan los datos de esas policías. Los días 4 de mayo, 22 de julio y 12 de agosto de 1998, invitan a una reunión al Coronel Juan Manuel Corona Armenta del 48 Batallón de Infantería y le presentan solicitudes de capacitación para las policías comunitarias. El día 14 de enero del 2000, hacen una invitación al mismo militar para que asista a su asamblea regional, cosa que también hacen con el mayor Luis León Aponte, secretario de Seguridad, de gobierno. En octubre de este año, vuelven a solicitar capacitación a personal del mismo batallón.

En vísperas de los últimos incidentes, el 15 de enero de este año, entregan una lista de las policías comunitarias solicitando impartan otro curso a un representante del General Adelfo Castillo López del mismo Batallón y el siguiente día 21 le reportan un recorrido de la policía por la comunidad de El Rincón. Todos estos reportes y buenas relaciones con el Ejército las hicieron con la conciencia de que estaban ejerciendo un derecho, reconocido de hecho, por el gobierno, con que tuvieron múltiples relaciones y también presentaron un listado de estas:

Relaciones con el gobierno: ya está dicho que para constituir su cuerpo de seguridad pública, según usos y costumbres, invitaron a su asamblea a las autoridades correspondientes, por tres veces sucesivas, sin ser atendidos. Como están seguros de ejercer un derecho, tomaron el acuerdo de instrumentarlo sin la presencia de esas autoridades, y no obstante en todo momento han buscado la coordinación y el buen entendimiento. En la documentación presentada refieren que el 14 de enero de 1997 solicitaron material para la policía al gobierno de Aguirre Rivero a través de sus secretarios de Gobierno y de Seguridad. El propio gobernador entregó armamento y prometió dotarlos de más. En abril de 1999, se giran órdenes de aprehensión contra miembros de las policías comunitarias bajo el mismo esquema de denuncias presentadas por delincuentes aprehendidos y sancionados por las policías comunitarias, acusándolas de las sanciones recibidas como si fueran delitos de particulares. El día 16 de ese mes presentaron al gobernador Juárez Cisneros la solicitud de cancelación de esas órdenes de aprehensión.

En julio del 2000 se volvieron a girar órdenes de aprehensión contra miembros de la Coordinadora Regional de Autoridades y de las policías comunitarias, se pide al gobernador su cancelación y se tiene una reunión en el Tribunal Superior de Justicia donde se firma una minuta de acuerdos. En octubre se solicita al gobernador apoyo económico y en noviembre se toman acuerdos para coordinarse con la PGJ y la Secretaría de Gobierno, al tiempo que se solicita al presidente del Congreso local su intervención para cancelar las órdenes de aprehensión. El 4 de noviembre de este año, las policías comunitarias, obtienen el reconocimiento público por parte del Cabildo de San Luis Acatlán.

En mayo de 2001 se vuelven a repetir las órdenes de aprehensión, nuevamente se negocia su cancelación y se solicita a Xóchil Gálvez la cancelación definitiva.

En resumen, han sido múltiples las gestiones y solicitudes que ha realizado la Coordinadora Regional de Autoridades Indígenas, tanto para ser reconocida su función, como la de defenderse de las reiteradas órdenes de aprehensión emanadas de delincuentes que acuden al Ministerio Público, o que son inducidos por caciques y judiciales para denunciar a su eficiente sistema de procuración de justicia, muchos de ellos sin saber y ni estar de acuerdo con ello, han desistido de las demandas que mañosamente les hacen firmar. Con estos antecendentes, se presentó el último intento gubernamental por liquidar esa institución indígena. Ellos informaron al gobierno y a la opinión pública que: el día 11 de los corrientes aproximadamente a  las 12:50, con lujo de violencia, empujones e insultos y de manera arbitraria violando todos los derechos humanos seis agentes de la Policía Judicial adscritos a la Agencia del Ministerio Público aprehendieron en el interior de nuestras oficinas y sin mostrar orden de aprehensión y/o cateo a Leandro Calleja Natividad, Valentín Laureano Arellano, Efrén Cortés Clemente, Alfonso Bello González y Celestino Bravo Carvajal, quienes hasta el día 10 de febrero fungían como integrantes del Comité de Autoridades Municipales.

El día de sus detención realizaban la entrega formal de las oficinas a los nuevos integrantes del Comité. Su detención ocurrió (según les indicaron después de detenidos) en relación a la causa penal instruida en su contra por el supuesto delito de privación de libertad personal en agravio de Constantina Morán Ramírez y su esposo Silvino Encarnación, vecinos de Yoloxóchil.

Constantina presentó la denuncia en el Ministerio Público porque su esposo se encuentra en proceso de reeducación, en trabajo social a favor de las comunidades, por haber cometido los delitos de intento de homicidio, lesiones y amenazas en agravio de sus propios familiares María Bartola Francisco (Madre), Cecilia Gabino González (Tía), Leobardo, José Luis y Eloy Encarnación Gabino (hermanos), a este individuo se le denunció varias veces antes en el Ayuntamiento y nunca lo detuvieron hasta que la policía comunitaria procedió a detenerlo y se le informó al Ayuntamiento y ahí mismo nos dijo que era sujeto de alta peligrosidad.

El día 12 por la mañana siendo las 11:30 horas concentramos un gran número de personas de diferentes pueblos, 1000 aproximadamente, para exigir
la liberación inmediata y absoluta de los cinco ex comisarios ante la Agencia del Ministerio Público, de manera pacífica y respetuosa, una comisión de ciudadanos solicitó a su titular Felipe Quintero Campos que se presentara ante la asamblea a informar de sus actuaciones a lo cual se negó de manera prepotente y con un rotundo no y arribó un grupo de judiciales a provocar a esa comisión. La asamblea propuso que se les tomara una declaración pública a los detenidos y se ordenara su liberación (pero) el Titular, el secretario de acuerdos y el defensor de oficio acudieron al Cereso a tomar la declaración y aproximadamente a las 15:30 (los detenidos) salieron del reclusorio habiéndoseles decretado la libertad provisional bajo caución.

Los comisionados se presentaron entonces a la asamblea que estaba en espera de los resultados y esta volvió a pedir que el titular del MP y el juez le tomaran una declaración publica a los ex comisarios y de nuevo se negaron y el propio Agente del MP dio inicio a un enfrentamiento al empujar a un ciudadano y provocó un clima de tensión durante 20 0 30 minutos, los agentes de la Policía Judicial comenzaron a cortar cartucho y apuntaron sus rifles R-15 en contra de la gente e incluso hicieron un disparo en el interior del MP, estuvo a punto de generarse un enfrentamiento entre la Policía Comunitaria y la Policía Judicial ya que estos quisieron proteger la huida de los funcionarios, mientras los ciudadanos (la multitud) rodeaban toda la manzana para evitar la fuga.

En ese momento la población civil desarmó a un judicial quitándole un rifle R-15 dejándolo en poder de los comisarios. Cabe sañalar que la Policía Comunitaria en todo momento se mantuvo al margen, pero en ese momento intervinieron para mantener la seguridad y afortunadamente el incidente no pasó a mayores. Esta situación se destrabó aproximadamente a las 18:30 con la presencia del subprocurador de Justicia de la región de Costa Chica, Héctor Justo y el presidente de San Luis Acatlán, C. Abdías Acevedo Rojas con los cuales pudo lograrse una negociación, que se terminó hasta la 1:30 de la madrugada del día siguiente. Se levantó un acta y se determinó citar a los diferentes agraviados para ver si en verdad los detenidos han cometido los delitos. La cita fue para el día 15 de febrero.

Este escrito dado a los medios y a las autoridades termina con sus planeamientos: A) la justicia indígena es competencia de los comisarios que integran las Coordinadora Regional de Autoridades Indígenas de la Montaña y Costa Chica de Guerrero, todos ellos electos en asamblea regional de pueblos.b) la seguridad indígena es competencia de la Policía Comunitaria, que también es electa en asamblea regional.

Conociendo estas funciones, el Congreso del Estado de Guerrero insistió en excluir a la Policía Comunitaria de la nueva ley de Seguridad Pública, argumentando que está fuera de la ley. Sin embargo estamos dentro de la ley al aplicar el Convenio 169 de la OIT que el Artículo 133 de nuestra carta magna erige como ley suprema de la nación.

Después de esos acontecimientos, el día 21 de febrero la Secretaría General de Gobierno dirige un citatorio a Bruno y Cirino Plácido Valerio y al Presbitero Mario Campos Hernández, titulándolos como asesores de la Policía Comunitaria, no lo dirige a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias. Montaña y Costa Chica de Guerrero, como debió hacerlo y señala el día 26 de febrero y el tercer piso del Palacio de Gobierno, en Chilpancingo, para una reunión con el propósito de definir la situación de la Policía Comunitaria. Se dice que deberán acompañarse de los integrantes del Consejo Regional de la Policía Comunitaria.

La coordinadora preparó este amplio informe con la idea sana de entregarlo al gobernador y al Congreso, con la idea de que se buscaría la forma de legalizar y concertar con esos pueblos su sistema de impartición de justicia.

Esperaban cuando menos la asistencia del secretario general de Gobierno pero se encontraron simplemente con el Director de Gobernación quien acompañado de un magistrado les explicaron lo ilegal que era su organización indígena y, en pocas palabras, que estaban violando la ley y que serían desarmados sus cuerpos de seguridad.

El magistrado les entregó sus razonamientos jurídicos por escrito. Días antes el Ejército realizó recorridos por la región, aunque no se atrevió a desarmar a las policías. El pasado sábado 1 de marzo, los pueblos realizaron asambleas para resolver que haría ante la amenaza del gobierno y resolvieron correr el riesgo a ejercer lo que consideran es su derecho. A este sistema de impartición de justicia indígena se sumaron dos municipios más.

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