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Aprueba el Senado la Ley General de Víctimas

José Gil Olmos / Agencia Proceso

Ciudad de México

Por unanimidad el pleno del Senado aprobó la Ley General de Víctimas que obliga al Estado a garantizar de manera integral la asistencia y protección a las víctimas de la violencia y violaciones de los derechos humanos, así como a reparar el daño tanto material como moral. Ahora este proyecto pasa a la Cámara de Diputados donde tendrá que ratificarse.
Tras varios meses de lucha, integrantes del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad presentes en la sesión, celebraron con lágrimas y gritos de “sí se pudo” la aprobación de esta ley, aunque reconocieron, junto con los legisladores, que hay daños que no se pueden reparar, como la pérdida de familiares o las agresiones sufridas.
La ley aprobada y turnada a la Cámara de Diputados prevé, además, la creación de un registro nacional de víctimas y un fondo permanente de ayuda, asistencia y reparación integral, cuya operación dependerá de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, que formará parte del Sistema Nacional de Víctimas.
En el artículo 71 de dicha ley se fija un monto de 500 veces el salario mínimo mensual para reparar el daño. En la actualidad representaría un pago de 934 mil pesos. El fideicomiso de donde saldrán los recursos será público y no será paraestatal.
La Ley General de Victimas obliga a todas las autoridades a coordinar medidas para promover, respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas. Entre estas medidas, se propone la ayuda para atender de manera inmediata las necesidades más urgentes de las víctimas.
En cuanto a las  medidas de asistencia y de atención, se establece que tienen por objeto contribuir al restablecimiento del pleno ejercicio de los derechos de la víctima y brindarle las condiciones necesarias para llevar una vida digna, como acceso a instituciones de educación, programas de crédito y de subsidio especiales para educación; cobertura plena de servicios de salud incluidas hospitalización, cirugías y provisión de medicamentos.
La ley contempla el reconocimiento público del carácter de víctima, de su dignidad, nombre y honor, ante la comunidad y el ofensor; las disculpas públicas; los actos conmemorativos; la construcción de monumentos públicos; la búsqueda de las personas desaparecidas y la identificación de los cuerpos y restos y su inhumación

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